- Aspectos generales
- Evolución de las teorías sobre el conflicto de leyes en el derecho internacional privado
- Teoría de la personalidad
- Conclusiones
- Bibliografía
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo, aborda el tema del derecho de la personalidad en el Derecho Internacional Privado, especialmente en las normas establecidas en el Código Civil Peruano de 1984; para ese efecto y, a fin de alcanzar una óptima comprensión del mismo, se ha dividido la investigación de tal manera que nos ayude a esclarecerlo y comprenderlo de manera sintética y resumida.
En el primer capítulo se tocan aspectos generales de la personalidad y de la persona, cuyas definiciones y conceptos resultan necesarios, para la delimitación y determinación del tema estudiado.
El segundo capítulo trata sobre la evolución histórica del conflicto de leyes en el Derecho Internacional Privado, a través de las diversas teorías expuestos por los autores de diferentes países, con relación a la territorialidad y la personalidad.
El tercer capítulo, se ocupa de la teoría personalidad propiamente dicho, y de sus aplicaciones en la doctrina moderna y en el Código Civil Peruano de 1984, fijando los elementos materiales y los factores de conexión en cada uno de los derechos de la personalidad.
CAPÍTULO I:
ASPECTOS GENERALES
1. LOS SUJETOS DE DERECHO
1.1 CONCEPTO Y DEFINICIÓN
Es todo aquel individuo o entidad, que tiene la posibilidad de ser titular de derechos, obligaciones y deberes.
Es la contribución más importante que hace el codificador peruano a la legislación contemporánea.
Fernández Sessarego, sostiene que, se trata de un distingo (entre sujeto de derecho y persona) de carácter lingüístico en tanto que siempre, y con cualquiera de ambas expresiones, aludimos a un mismo ente, es decir, a la vida humana. No obstante, dicho recurso lingüístico permite sistematizar con toda amplitud, a nivel normativo, la dimensión sociológico-existencial que integra el fenómeno jurídico, obteniéndose así evidentes ventajas de orden práctico.
2. CLASES DE SUJETOS DE DERECHO
- SUJETOS DE DERECHO INDIVIDUAL
- EL CONCEBIDO
- PERSONAS NATURALES O FISICAS
- LAS PERSONAS JURÍDICAS
- ORGANIZACIÓN DE PERSONAS NO INSCRITAS
- SUJETOS DE DERECHO COLECTIVO
3. OBJETO DE DERECHO
3.1 CONCEPTO Y DEFINICION
Son aquellas que tienen un valor económico, es decir, bienes materiales e inmateriales. Los derechos de la persona están excluidos. Se encuentran bajo el poder jurídico de los sujetos de Derecho, son susceptibles de que sobre ellos reciba la titularidad de un Derecho real.
4. EL NASCITURUS
Clases De Nasciturus:
Concepturus: El que habrá de ser concebido.
Conceptus o concebido
4.1 EL CONCEPTURUS O EL QUE HABRÁ DE SER CONCEBIDO
Es una designación técnica, con la que se expresa la idea de la posibilidad del nacimiento de una persona, que no está concebida en el momento de la creación de un acto jurídico que se produce para el caso de su nacimiento.
La naturaleza jurídica, reside en la vinculación de un bien jurídico a un titular futuro, por lo cual, existe el acto de disposición del que quiere atribuir un determinado derecho a un futuro ser humano.
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