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Pornografía y delincuencia organizada


Partes: 1, 2

    1. Aspectos básicos del régimen penal venezolano
    2. Delincuencia organizada y pornografía
    3. Elementos del tipo penal de pornografía
    4. Concurso de personas en el delito de pornografía
    5. Formas imperfectas de realización del delito de pornografía
    6. Conclusión
    7. Referencias bibliográficas

    INTRODUCCIÓN

    La pornografía no es un hecho reciente en Venezuela, pues ha estado presente a lo largo de nuestra historia con mayor o menor tolerancia de la población.

    A pesar que desde el siglo pasado, la pornografía ha estado tímidamente regulada en nuestro ordenamiento jurídico a través del Código Penal, sus disposiciones parecen letra muerta, al extremo que desde hace unos cuantos años la exhibición y venta de dibujos, fotos, revistas y videos de sexo explicito o implícito se realizan sin restricción alguna, en cualquier lugar del país dentro y fuera de los establecimientos comerciales.

    La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, vino a tratar de regular la situación planteada con respecto a la explotación sexual de los niños y adolescentes en el negocio de la pornografía, pero el comercio ilegal de la pornografía sigue en auge.

    Por otra parte, el avance de la ciencia y la tecnología ha permitido la creación de nuevas formas de comunicación entre los seres humanos lo que no sólo ha originado el progreso de la civilización sino también, como todo descubrimiento, la aparición de nuevas tipologías delictivas.

    La propagación de Internet y del correo electrónico ha representado una revolución en los sistemas de telecomunicaciones y ha operado como nueva forma delincuencial, a tal efecto el uso de Internet ha aumentado vertiginosamente en nuestro país, en la actualidad las revistas o vídeos donde tradicionalmente se difundía pornografía han quedado obsoletas y aparcadas frente a las nuevas técnicas de producción del referido material.

    Hoy día la constante utilización de la red para la difusión de mensajes de carácter delictivo y, en particular, para la propagación de pornografía es un hecho.

    Ante la gravedad de la utilización de las tecnologías de información para la divulgación de pornografía y la comisión de otros delitos, la Asamblea Nacional decretó la Ley Especial Contra los Delitos Informáticos, regulando en los artículos 23 y 24, la difusión o exhibición de material pornográfico y la exhibición pornográfica de niños o adolescentes, para posteriormente ampliar el espectro de persecución contra las asociaciones delictivas encargadas de realizar entre otras las referidas actividades, mediante la creación de Ley Contra la Delincuencia Organizada.

    Sin embargo las críticas no se han hecho esperar, por una parte se dice que la Ley Contra la Delincuencia Organizada, vino a enrarecer el ordenamiento jurídico al introducir normas que violan principios y garantías constitucionales, situación ésta que analizaremos de seguidas en el presente ensayo.

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