Sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo (Powerpoint) (página 2)
Enviado por IVÁN JOSÉ TURMERO ASTROS
Contenido del Programa de SST: Descripción del proceso de trabajo (producción o servicio) Identificación y evaluación de los riesgos y procesos peligroso existentes. Planes de trabajo para abordar los diferentes riesgos y procesos peligrosos, los cuales deben incluir como mínimo:
Contenido del Programa de SST. Información y capacitación permanente a los trabajadores y trabajadoras. Procesos de inspección y evaluación en materia de seguridad y salud en el trabajo. Monitoreo y vigilancia epidemiológica de los riesgos y procesos peligrosos. Monitoreo y vigilancia epidemiológica de la salud de los trabajadores y trabajadoras.
Contenido del Programa de SST. Reglas, normas y procedimientos de trabajo seguro y saludable. Dotación de equipos de protección personal y colectiva. Atención preventiva en salud ocupacional. Planes de contingencia y atención de emergencia.
Contenido del Programa de SST. Personal y recursos necesarios para ejecutar el plan. Recursos económicos precisos para la consecución de los objetivos propuestos. Las demás que establezcan las normas técnicas. Identificación del patrono o patrona y compromiso de hacer cumplir los planes establecidos.
4. SERVICIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
4. Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. (Artículos 39 LOPCyMAT, Articulo 22 RPLOPCyMAT ) Los empleadores y empleadoras deben organizar un servicio propio o mancomunado de Seguridad y Salud en el Trabajo, conformado de manera multidisciplinaría, de carácter esencialmente preventivo.
4. Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. (Artículos 39 LOPCyMAT, Articulo 22 RPLOPCyMAT ) Deberá estar registrado ante el INPSASEL, art. 28 del RPLOPCyMAT. Deberá estar acreditado por el INPSASEL, art. 30 del RPLOPCyMAT. El Servicio de SST será supervisado por el INPSASEL, art. 33 del RPLOPCyMAT.
4. Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. (Artículos 40 LOPCyMAT, Articulo 24 RPLOPCyMAT ) Promover y mantener el nivel más elevado posible de bienestar físico, mental y social de los trabajadores y trabajadoras. Identificar, evaluar y proponer los correctivos que permitan controlar las CMAT. Vigilar la salud de los trabajadores en relación con el trabajo.
4. Servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo. (Artículos 40 LOPCyMAT, Articulo 24 RPLOPCyMAT ) Desarrollar y mantener un Sistema de Vigilancia Epidemiològica. Organizar los sistemas de atención de primeros auxilios, transporte de lesionados, atención medica de emergencia y respuesta y planes de contingencia. No realizar actividades distintas a las debidamente acreditadas.
ORGANIZACIÓN SSST Los patronos, y patronas deberán organizar un SSST propio cuando: Cuenten con más de 250 trabajadores o trabajadoras, o asociados y asociadas Cuando se encuentren entre 50 y 250 trabajadores o trabajadoras, asociados o asociadas y desarrollen una actividad económica en los sectores: Construcción, Manufactura, Petróleo, Eléctrico, Salud, de Servicio y Agroindustrial. Las Normas Técnicas establecerán el numero, titulo de Educación Superior, requisitos y funciones de las personas que lo integran, así como los equipos, instrumentos y las diferencias de los SSST en función de la actividades económicas.
5. SISTEMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
Epidemiología Definiciones: epi sobre demo pueblo logos estudio Disciplina de síntesis e inteligencia para la compresión integral de la salud. Estudia las relaciones entre condiciones de vida, trabajo y salud.
Epidemiología Definiciones: Es la disciplina que estudia al proceso salud-enfermedad, su frecuencia, distribución y determinantes en grupos humanos… Salud-enfermedad Frecuencia Condicionantes-determinantes Grupos humanos
Uso de la Epidemiología Diagnóstico de la situación de salud Vigilancia epidemiológica Estudios causales Evaluación de servicios, programas
Uso de la Epidemiología en la salud ocupacional Diagnóstico de la situación de salud de grupos de trabajadores (de sus problemas de salud y de los factores de riesgos a los cuales se exponen). Investigar causa (s) de accidente (s) y enfermedad (es). Identificar grupos de trabajadores de alto riesgo. Evaluar el impacto de intervenciones y medidas preventivas. Vigilar las condiciones de trabajo peligrosas y los trastornos a la salud de los trabajadores (as).
Vigilancia Epidemiología Es el proceso regular y continuo de observación, registro y análisis de la frecuencia y distribución de la morbilidad y/o mortalidad de un grupo humano (comunidad, colectivo de trabajadores/as), evaluando los riesgos que determinan su ocurrencia, para la formulación de medidas de control.
5. Sistema de Vigilancia Epidemiológica. (Artículos 40 numeral 8° LOPCyMAT, Articulo 34 RPLOPCyMAT ) De acuerdo a la Organización Mundial de la Salud (OMS), “constituye la construcción ordenada y sistemática de programas y acciones destinados a la prevención y el control de los problemas de salud”
(Articulo 119 numeral 18° de la LOPCYMAT)
5. Sistema de Vigilancia Epidemiológica. (Artículos 40 numeral 8° LOPCyMAT, Articulo 34 RPLOPCyMAT ) Permite establecer prioridades para dirigir las acciones preventivas. Evaluar progreso y éxito de intervenciones. Identificar posibles soluciones de controlar exposición por observar los que son de bajo riesgo. Generar hipótesis para investigaciones.
(Articulo 119 numeral 18° de la LOPCYMAT)
5. Sistema de Vigilancia Epidemiológica. (Articulo 119 numeral 18° de la LOPCYMAT) (Gp:)
(Gp:) CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (Gp:) RECOLECCIÓN DE INFORMACIÓN (Gp:) PROCESAMIENTO DE LA INFORMACIÓN (Gp:) RESULTADOS (Gp:) TOMA DE DECISIONES (Gp:) INTERVENCIÓN
5. Sistema de Vigilancia Epidemiológica. (Artículos 40 numeral 8° LOPCyMAT, Articulo 34 RPLOPCyMAT ) Deberán ser desarrollados por los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo, los cuales presentaran informes trimestrales ante el INPSASEL.
(Articulo 119 numeral 18° de la LOPCYMAT)
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