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La superintendencia de bancos y la contabilidad bancaria en Venezuela


Partes: 1, 2, 3, 4, 5

    1. Sistema Bancario Nacional
    2. Ley general de Bancos y otras Instituciones financieras
    3. El Consejo Bancario Nacional
    4. La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras
    5. El Fondo de Garantía y Depósitos de Protección Bancaria (FOGADE)
    6. La contabilidad bancaria en Venezuela
    7. Situación a partir de julio de 1996
    8. Fundamentos de la contabilidad bancaria
    9. La naturaleza de la contabilidad bancaria
    10. La codificación de cuentas
    11. Aspectos generales utilizados en la clasificación de las cuentas para los Bancos
    12. Bases de la Codificación
    13. La contabilidad bancaria en la legislación bancaria venezolana
    14. Balance mensual
    15. Indicadores financieros trimestrales
    16. Estados financieros de las oficinas en el exterior
    17. Asientos contables y anotaciones por procedimientos mecánicos
    18. Código de Comercio
    19. La contabilidad bancaria ajustada a los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA) hoy en día en las Normas Internaciones de Contabilidad (NIC)
    20. La contabilidad bancaria como medio de estandarización de los diversos criterios de contabilización y presentación de balances
    21. Aspectos fiscales de la contabilidad bancaria en Venezuela
    22. Aspectos generales del Manual de contabilidad para bancos y otras instituciones financieras
    23. Conclusiones
    24. Anexos
    25. Bibliografía

    Introducción

    A medida que el mundo ha evolucionado las personas han buscado la mejor manera de cuidar su dinero de hacerlo producir, de tenerlo en un lugar seguro y donde pueda ser visto. En vista de estas necesidades comenzaron a salir las diferentes instituciones financieras (BANCOS) que además de ofrecer el servicio de cuidar su dinero estas instituciones ofrecen diferentes opciones de créditos, opciones para la compra de locales, compra de títulos valores fideicomiso etc.

    Como estas instituciones fueron creciendo y la economía en el país presenta muchas variaciones se fundaron instituciones que cumplieran la labor de garantizar el dinero que el cliente otorga al banco. Este tipo de instituciones son las que se van a referir en este trabajo además de hacer una revisión bibliográfica sobre la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, la Superintendencia de bancos y otras Instituciones Financieras y el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, su incidencia en el Sistema Bancario Nacional y más específicamente en la economía nacional y su permanente búsqueda de establecer los marcos regulatorios necesarios que permitan el adecuado funcionamiento de las Instituciones financieras, además tocar el tema de la contabilidad bancaria en Venezuela tratándolo de explicar de una manera muy sencilla.

    La Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, comprometida con el interés público y en cumplimiento de su mandato legal, trabaja permanentemente para establecer un marco regulatorio adecuado. Para ello considera necesario formular, actualizar y elaborar normas prudenciales a objeto de mantener un sistema financiero sano y eficiente. En general se definen como normas prudenciales los actos oficiales (leyes, reglamentos y políticas o procedimientos sancionados por el Estado), que promueven la solidez de las Entidades Financieras a través de un control adecuado de los riesgos y un sistema eficaz de gestión interna, y proteger a los ahorristas frente al fraude y práctica dolosa velando porque los agentes financieros cumplan sus obligaciones fiduciarias.

    Ahora bien la Contabilidad Bancaria se rige por el Código de Cuentas e Instrucciones creado por la Superintendencia de Bancos orientada según los principios de Contabilidad de aceptación general. Los Bancos se encuentran en la obligación de entregar mensualmente documentación relacionada con sus Estados Financieros a la Superintendencia de Bancos, Relación de indicadores sobre su situación financiera trimestral, un Balance General y Estado de Resultado Semestral y Auditarías realizadas por Contadores Públicos en ejercicio dentro de 90 días continuos al final de cada ejercicio. Ahora bien la Relación de Indicadores y el Balance General deben ser publicados en un diario de reconocida circulación nacional, conforme lo establece el Manual de Contabilidad emanado de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras; y el Balance General y Estado de Resultados. Los Estados Financieros deberán remitirse a la Superintendencia con la periodicidad indicada.

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