Descargar

Consideraciones referentes al Derecho Laboral Cubano desde la perspectiva de Ciencia, Tecnología y Sociedad


Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. Desarrollo
    3. Conclusiones
    4. Bibliografía

    Resumen

    El presente trabajo es el resultado del análisis del Derecho Laboral Cubano desde la Perspectiva de Ciencia, Tecnología y Sociedad, partiendo de que El valor de la  Ciencia y la Tecnología para la educación de los ciudadanos es algo que hoy no se discute, asimismo la educación en valores no es menos importante para el desarrollo del individuo que la adquisición de saberes y destrezas. Por tanto Ciencia, Tecnología y Valores (saber, hacer y juzgar), son elementos básicos de la propia definición de educación en nuestros tiempos. Visto los valores en tres dimensiones para establecer elementos de juicio, lo ético, estético y lo político.

    En tanto el Derecho como regulador de las relaciones sociales que surgen en una esfera determinada, en la formación de las distintas normas que lo integran inciden intereses políticos, socioeconómicos, de valores y exigencias sociales predominantes, en tanto condicionan una determinada voluntad política y jurídica dominante que se hace valer a través de normas del Derecho.

    Permitiendo el trabajo arribar a conclusiones tales como: que al surgir El Derecho Laboral en el sistema capitalista como resultado de la lucha de clases y en consecuencia como proceso social históricamente contextualizado constituye un fiel ejemplo de la misión central perseguida por los estudios de CTS, de interpretar a la Ciencia y la Tecnología como procesos sociales, y que existe estrecha vinculación entre el Derecho Laboral como disciplina del conocimiento dentro del Ordenamiento Jurídico y el movimiento de CTS, pues entre los fines del Derecho Laboral Cubano está el establecimiento de garantías jurídicas para la realización de los derechos de los trabajadores, la elevación del nivel de vida y cultural y el cumplimiento de sus deberes, así como contribuir al desarrollo de las relaciones laborales socialistas, y de manera específica en las instituciones jurídicas que lo integran, se aprecia su correlación con el bienestar del trabajador, y por ende su connotación social .

    Introducción

    En las formaciones socioeconómicas durante el desarrollo de las relaciones sociales entre los individuos, estos contraen vínculos en el proceso de trabajo, que tienen su base en las formas de propiedad sobre los medios de producción, porque según lo señalado por Marx al respecto:

    "En la producción los hombres no actúan solamente sobre la naturaleza, sino que actúan también los unos sobre los otros, no pueden producir sin asociarse de un cierto modo, para actuar en común y establecer un intercambio de actividades." [1]

    En tanto en el proceso del propio trabajo, los hombres han establecido ciertas relaciones personales y de producción y estas últimas se han ido transformando al cambiar las fuerzas productivas.

    El capitalismo se basa en la propiedad privada sobre los medios de producción, la ley de la plusvalía y la explotación del trabajo asalariado se producen grandes transformaciones al sustituir la coerción física o personal hacia el trabajador, por la coerción económica. Constituyendo así el trabajo asalariado la base de las relaciones laborales entre el capitalista y el obrero.[2]

    De esta forma la propia clase obrera inicia sus luchas en aras de regular la jornada laboral de 8 horas y posteriormente se centraron en otras cuestiones relativas al descanso semanal; el nivel de los salarios; la protección de los menores y mujeres; las condiciones de trabajo; entre otras. Todo ello determinó otras intervenciones del estudio burgués, mediante disposiciones jurídicas, estableciendo regulaciones para cuyo cumplimiento también tuvo que luchar la clase obrera.

    El Derecho Laboral surge en el sistema capitalista como resultado de la lucha de clases, instrumento legal para regular las relaciones jurídicas laborales contradictorias entre los capitalistas y los obreros, siendo la propia clase obrera la gestora de esta rama del Derecho.

    En tanto en el Socialismo al materializarse el paso de los medios fundamentales de producción a propiedad de los trabajadores se manifiesta un cambio en las relaciones sociales y jurídicas entre los trabajadores y la administración. El Derecho Laboral Socialista está encaminado a regular las relaciones de carácter laboral que surge entre los trabajadores y las administraciones con motivo de la participación de dichos trabajadores en la actividad laboral como obreros o empleados de los centros de trabajo.

    El Derecho Laboral constituye una de las ramas autónomas del Derecho Socialista, pues como rama independiente tienen un objeto de regulación propio: las relaciones laborales que surgen con motivo de la admisión al trabajo del individuo en calidad de obrero y empleado y los mecanismos de acción que le corresponden.

    Partes: 1, 2
    Página siguiente