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Alicia: un caso de conflicto normativo


Partes: 1, 2, 3

    1. El derecho a la tutela judicial efectiva
    2. El derecho a la igualdad ante la ley
    3. Derecho a no ser víctima de violencia moral psíquica o física, ni ser sometido a tortura o tratos inhumanos o degradantes
    4. Derecho a la libertad y seguridad personales
    5. El derecho a la salud integral
    6. El derecho a la libertad de expresión
    7. El derecho al honor y la buena reputación
    8. El derecho a la autodeterminación
    9. El derecho a contratar
    10. El derecho al trabajo
    11. El derecho a la paz y tranquilidad
    12. Sociedad, sistema jurídico y sistema sexual
    13. Necesidad de un enfoque filosófico de la cuestión
    14. Aproximación al tema desde la perspectiva filosófica de la moral y ética: el conflicto valorativo
    15. ¿Es posible un conflicto normativo?
    16. Propuestas y salidas viables
    17. Consideraciones finales
    18. Bibliografía

    «¡Estaré tan calentita como en mi propio salón! –pensó Alicia–. O más caliente aún, porque aquí nadie se va a meter conmigo si me acerco mucho al fuego… ¡Qué divertido va a ser cuando me vean a través del cristal y no puedan alcanzarme!» Lewis Carroll. A través del Espejo y lo que Alicia encontró del otro lado.

    L

    a Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y nuestra Constitución Política de 1993, establecen Derechos Fundamentales (llámese también Constitucionales o simplemente Principios) aplicables a todos los peruanos y peruanas -como también extranjeros(as) en territorio peruano- sin discriminación alguna.[1]

    Ocurre que en el caso de algunos colectivos humanos, estos Derechos Fundamentales[2]parecen no aplicarse o acaban siendo ignorados por los órganos estatales.

    Tal es la cuestión del colectivo "Alicia"[3], donde se presenta un claro conflicto normativo (sobre todo de principios)[4] en los espacios en que discurre la polémica -"prohibición, reglamentación y abolición de la prostitución"[5]– que ocasiona conflictos (o colisiones) de Derechos Fundamentales contenidos tanto en la Declaración de los Derechos Humanos, como a los referidos en el Convenio de las Naciones Unidas para la represión de la trata de personas y de la explotación de la prostitución ajena suscrito por 72 estados[6]los mencionados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica); y por ende a los contenidos en nuestra Carta Magna.[7]

    Tales conflictos o colisiones suelen presentarse recurridamente (y de manera dinámica) entre los derechos y libertades contenidos en los artículos de nuestra Constitución Política. Que generan diversos enfoques ideológicos sobre el problema (pero que no es pertinente desarrollarlos en este contexto).[8]

    Primeramente dilucidamos las interrelaciones de estos Derechos Fundamentales con el tema en cuestión.

    El derecho a la integridad de la persona

    Todo ser humano tiene derecho a su dignidad,[9] la cual posee muchas manifestaciones, siendo una de ellas su integridad moral, psíquica y física; que está estrechamente relacionado con el derecho a la vida y es primordial para disfrutar del resto de derechos, por lo que nuestra Constitución los trata conjuntamente en el Art. 2° inc. 1ro.

    Las personas (mujeres "en prostitución" o trabajadoras sexuales) que están inmersas en esta actividad de comercio sexual, son especialmente vulnerables a sufrir agresiones tanto físicas como psicológicas, a través de amenazas u ofensas por parte de clientes, delincuentes comunes, policías, funcionarios estatales y personas o proxenetas que las extorsionen. Y esta también el hecho de que no acostumbren a denunciar las agresiones que sufren, que origina que aquellos que atentan contra ellas queden impunes, lo que equivale a la falta de reconocimiento del derecho a su integridad como personas. También se presentan otras formas:

    Partes: 1, 2, 3
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