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Tutela judicial y pretensión


Partes: 1, 2

    1. Nociones previas
    2. El derecho a la tutela jurisdiccional efectiva
    3. Pretensión y oposición como declaraciones de voluntad

    Nociones previas

    Una vez concluidos los estudios universitarios de Derecho nos percatamos que los conocimientos adquiridos muchas veces son insuficientes para sustentar un grado y evidentemente para desarrollar el ejercicio profesional de la abogacía; creo, por propia experiencia, que esto se debe a dos factores: uno, por la falta de sistematización de los temas tratados, muchas veces anclados en lecturas codigueras, y otro porque los conceptos de dogmática procesal son desarrollados estérilmente sin ligazón con la práctica, generando la falsa impresión que son temas sin utilidad y por tanto objeto sólo de discusiones especulativas sin un referente material. Ambas limitaciones obviamente no motivan ni permiten el estudio sistemático del derecho procesal y por el contrario generan apreciaciones respecto a que el derecho procesal es un derecho "adjetivo" sin importancia y que sólo el derecho material (civil, penal, laboral, etc.) tiene los merecimientos para ser objeto de un concienzudo estudio; es menester enfatizar que el derecho procesal tiene por objeto de estudio temas de importancia central -como el derecho a la tutela jurisdiccional, el debido proceso, la jurisdicción- que posibilitan apreciar las relaciones entre los ciudadanos y el Estado. Frente a esa postura reductiva es necesario relievar la importancia de la dogmática procesal, pero desde un enfoque distinto, en este caso desde la perspectiva de lo que Peyrano denomina eficientismo procesal (salvando obviamente el contenido utilitarista que subyace en esa concepción).

    Precisamente lo expuesto nos obliga a advertir que el íter de nuestro desarrollo temático es heterodoxo en dos aspectos fundamentales: uno, frente a la trilogía tradicional de acción, jurisdicción y proceso conforme, hasta ahora, se ha enfocado el estudio del derecho procesal, proponemos una nueva trilogía que comprende: el Derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva, la jurisdicción y el proceso; dos, tomaremos como piedra angular de nuestra exposición a la pretensión procesal; ello entre otras cosas porque modernamente todas las categorías del proceso son tratadas desde la perspectiva de la pretensión; en efecto la descomposición analítica de la pretensión en sus elementos objetivos y subjetivos facilita la intelección de los presupuestos procesales (y las condiciones para un pronunciamiento válido sobre el fondo); no es sino sobre la base de la pretensión que se da contenido a los presupuestos de validez del proceso. La pretensión es, que duda cabe, el eje sobre el gira toda la estructura del proceso.

    Con relación a la nueva trilogía procesal propuesta es necesario establecer previamente que la doctrina tradicional consideró como una trilogía los conceptos fundamentales a: la acción, jurisdicción y el proceso; estos tres conceptos sólo podían comprenderse mutuamente implicados; en efecto, no es posible concebir un derecho a la acción de los ciudadanos sin su correlato de jurisdicción como poder – deber, como tampoco se podría considerar, de manera compartimental, a la jurisdicción sin su correlato con el derecho a la acción; ambos conceptos implicados configuran una relación jurídica (deber – derecho), idea fundamental para comprender el concepto del proceso.

    De los tres conceptos el de acción es el más problemático, porque su elucidación doctrinariamente es controversial y diversa. Consideramos que en su lugar se debe incorporar el concepto del Derecho a la Tutela Jurisdiccional Efectiva, por las razones siguientes: El concepto de acción es unilateral pues sólo permite apreciar la relación del justiciable accionante con el órgano jurisdiccional, prescindiendo de la relación del justiciable demandado con el órgano judicial; la situación jurídica del demandado (o el imputado) al ser vinculado a un proceso supone un derecho a la contradicción, análogo al derecho a la acción; el derecho a la contradicción es subjetivo, abstracto y autónomo, características que constituyen el contenido esencial del derecho a la acción; el Derecho a la tutela Jurisdiccional Efectiva es un concepto más omnicomprensivo y permite la integración lógica de los conceptos de acción y contradicción y facilita comprender la idea de relación (jurídica) de los justiciables, demandante y demandado, con el órgano jurisdiccional.

    Sobre la base de esta nueva trilogía: derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, jurisdicción y proceso, en ese orden, que desarrollaremos el contenido de cada uno de estos conceptos. La preferencia es sólo por criterio didáctico.

    El derecho a la tutela jurisdiccional efectiva

    Los hombres primitivos no reconocían ente superior alguno que los proteja de las agresiones, opresiones o violencias y por tanto tenían que defenderse por sí mismos. Sin embargo, muchas veces no estaban en capacidad de hacerlo o excedían los límites que pueden considerar razonables desde la perspectiva del derecho actual.

    Partes: 1, 2
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