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Luis Recasens Siches y su aporte a la filosofía del derecho


Partes: 1, 2

    1. Luis Recasens Siches
    2. La doctrina de Luis Recasens Siches
    3. Bibliografía

    La Filosofía es siempre pervivencia y renovación, continuidad y creación de ideas, saber teórico objetivo-subjetivo, porque va de suyo, implícita la persona del filósofo y su contexto social, cultural e histórico y como no podía ser de otro modo, la Filosofía del Derecho participa de la esencia, función y destino de la Filosofía General.

    La Filosofía del Derecho que hoy vivimos, pensamos y profesamos, está ligada al pasado y se proyecta sin duda hacia el futuro. En este contexto, la Filosofía del Derecho ha pasado por tres momentos bien marcados en su devenir histórico y cultural concreto, primero una etapa en la que era necesario elaborar una Teoría General o Fundamental del Derecho, segundo, una etapa en la que los estudios se orientaron hacia la Estimativa Jurídica o Axiología Jurídica, vale decir, dirigida hacia los valores y tercero una etapa de Política Legislativa o de Interpretación Legal que Luis Recaséns Siches describe como una Filosofía no académica que surge de la interpretación judicial o hermenéutica de las normas que el Juez realiza cuando aplica la ley en sus sentencias.

    El presente estudio tiene como objeto saber cual ha sido el aporte del distinguido Filósofo, Abogado e Historiador guatemalteco don Luis Recaséns Siches a la Filosofía del Derecho.

    Luis Recasens Siches

    Nació en 1903 y murió en 1977, Filósofo, Abogado e Historiador, hijo de padres españoles, pero nacido en Guatemala.[1] Estudió en Barcelona, Madrid, Roma y Berlín y fue catedrático de Derecho de las Universidades de Santiago de Compostela, Salamanca y Valladolid. Fue discípulo de José Ortega y Gasset en Madrid, exilado retornó a América en 1,936 para radicar en México en 1,937, fue profesor de Filosofía en la Universidad Nacional Autónoma de México, después de su formación y autoformación en Filosofía y Ciencias Jurídicas en Madrid. Así como en Filosofía del Derecho en Berlín con Rudolf Stammler, en Roma con Giorgio del Vecchio y en Viena con Hans Kelsen.[2] Fue docente de Filosofía en su patria hasta que la circunstancia de la guerra civil le forzó a emigrar a México donde la hospitalidad de Lázaro Cárdenas le permitió vincularse a la UNAM. Allí inició y llevó a cabo una intensa y fructuosa actividad docente, investigativa y publicitaria. Sus discípulos le escuchaban y admiraban como si fuera un oráculo. Una de sus joyas doctrinarias es el logos de lo razonable aplicado a la interpretación de normas, a las decisiones administrativas y a las sentencias judiciales. Una exposición y defensa vehemente de ese logos puede ser leída en su libro Nueva Filosofía de la Interpretación del Derecho (1,956). Su especialidad fue la Filosofía del Derecho, que desarrolló aplicando algunos de los principios esenciales del vitalismo de Ortega. Recaséns pensaba que es fundamental realizar una adecuada integración entre la teoría de los valores y la esfera de la existencia humana para que aquéllos no tengan el carácter de principios abstractos. Destacar el valor histórico de la existencia humana es, en consecuencia, un presupuesto para elaborar una teoría de los valores que posea un carácter universal apropiado.

    Escribió, entre otras obras, La Filosofía del Derecho de Francisco Suárez (1927), Estudios de Filosofía del Derecho (1935), Vida humana, Sociedad y Derecho (1939), y más tarde, Nueva Filosofía de la Interpretación del Derecho (1973) y un monumental Tratado General de Sociología (1977).

    Luis Recaséns Siches ha sido sin duda alguna, el mas ilustre iusfilósofo de habla castellana hasta hace muy poco tiempo, que influenciado por las ideas de José Ortega y Gasset, ha elaborado una concepción jurídica de notable fecundidad.

    La doctrina de Luis Recasens Siches

    2.1.- ELEMENTOS POSITIVOS.

    Recaséns siguiendo a su maestro Ortega, reafirma que la Filosofía busca un punto de partida radical y primario, sin supuestos anteriores, sin dejar atrás implicaciones previas no resueltas, esto es autónomo. Pero tal punto de partida debe ser algo más: una instancia reguladora de todos los demás conocimientos, criterio justificativo de las otras verdades, pantónomo. Dentro de estas características, la Filosofía del Derecho "convierte lo jurídico en problema total, es decir, lo enfoca sin partir de supuestos jurídicos previos" [3]

    En la opinión de Recaséns Siches, el Derecho se inserta en esa realidad primaria y radical que es la vida humana. Esta constituye "nuestra propia existencia, la de cada uno; todo cuanto hacemos, deseamos, pensamos y nos ocurre".[4] Pero al lado de la vida humana "auténtica" encontramos las obras que el hombre ha realizado (utensilios, procedimientos técnicos, cuadros, estatuas, composiciones musicales, teorías científicas, reglas morales, ejemplos de virtud, letreros, cartas, altares, códigos, magistraturas, formas de trato, etc.) que vienen a adquirir "una especie de consistencia objetiva" y se llaman por eso "vida humana objetivada".

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