- Normas relacionadas con las pequeñas y medianas empresas
- Características de las pequeñas, medianas y micro empresas
- Gestión efectiva de las pequeñas y medianas empresas
- Control efectivo de las pequeñas y medianas empresas
- Optimización de las pequeñas y medianas empresas
- Bibliografía
Las pequeñas y medianas empresas, además de las microempresas han existido desde siempre en el Perú. Su dedicación ha sido el comercio, industria y servicios. La mayoría se ha iniciado con capitales mínimos y poco a poco han ido consolidándose en el mercado.
Estas empresas siempre han tenido normas que han regido sus diferentes aspectos, pero ninguna ha logrado favorecer al sector en la dimensión que este requiere. Más adelante en el numeral se trata la Base legal, en donde se detalla la cronología de las normas y el papel que han desarrollado.
Las estadísticas del INEI 2005, indican que estas empresas son generadoras de empleo (más de 300 mil cada año). Requieren poca inversión por unidad de empleo generado (3 mil dólares frente a los 20 mil de la gran empresa). Tienen una alta contribución al PBI (entre 42% y 50%). Constituyen el principal número de unidades empresariales (98% del total). Se caracterizan por estar conformadas principalmente por grupos familiares donde las relaciones laborales no se rigen por acuerdos contractuales. Generalmente utilizan tecnología tradicional con pocos insumos importados. Los activos suelen ser de las personas naturales que la conforman y no de las empresas, gran parte de sus equipos se pueden constituir, por lo general, con materiales disponibles en la localidad.
Estas empresas requieren menos habilidad técnica, su sistema de distribución es simple porque sirven a mercados reducidos, etc. En su mayoría es informal.
Estas empresas carecen de una acción promocional eficiente por parte del Estado que haga más coherente las iniciativas que estén a cargo de los Ministerios y entidades públicas.
La constitución reconoce la importancia de este tipo de empresas para el desarrollo económico y social del país, por eso, determina que ellas deben tener tratamiento promocional.
Normas relacionadas con las pequeñas y medianas empresas
1) Decreto Ley No. 21435, Decreto Ley 23189 y Ley 23407. Según Pérez Figueroa, E.[1] la pequeña empresa ha estado a partir de 1976 sujeta a diversos dispositivos legales que establecieron, entre otros: su definición, alcance, régimen laboral y participación de la renta, régimen crediticio y financiero, régimen tributario y formas societarias. El Decreto Ley No. 21435, según Pérez[2]estableció específicamente un status legal para las pequeñas empresas, tipificando sus alcances, definiéndola para los diferentes sectores económicos en función a ingresos brutos anuales. Se mantiene esta definición hasta julio de 1980, en donde la Ley de Pequeña y Mediana Empresa (Decreto Ley 23189) determina que los Ingresos Brutos anuales no excedan de 100 Sueldos Mínimos Vitales y para las medianas empresas, se establece que el monto bruto de sus ingresos no supere los 900 Sueldos Mínimos Vitales. Luego la Ley General de Industrias (Ley 23407) la define como aquella cuya venta neta, sin excluir impuestos no exceda los 720 Sueldos Mínimos Vitales de Lima Metropolitana. Luego la Ley de la Pequeña Empresa Industrial (Ley no. 24062) incrementa este monto a 1,500 Sueldos Mínimos Vitales de Lima Metropolitana. En lo relativo a las formas societarias a ser adoptadas exclusivamente por la pequeña empresa, destaca el de la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, además de las contenidas en la Ley General de Mercantiles (hoy Ley General de Sociedades). Respecto al régimen crediticio y financiero, dice Pérez, es contemplado por primera vez en el D. Ley No. 23189, creándose en el Banco Industrial el Fondo de la Pequeña Empresa (FOPE). El régimen laboral y participación de los trabajadores en su renta fue considerado desde el D. Ley No. 21435; en este dispositivo se establece que los trabajadores podrán participar hasta en 25% de la renta neta. En 1980, el D. Ley No. 23189 establece que las pequeñas empresas no están obligadas a otorgar participación en la renta neta, pero si las medianas empresas, las cuales debían distribuir hasta el 15% de su renta neta. En la Ley General de Industrias, en su Art. 107 establece que la participación económica de los trabajadores de las pequeñas empresas industriales será del 15% de la renta neta antes de impuestos.
2) LEY DE PROMOCION DE MICRO EMPRESAS Y PEQUEÑAS EMPRESAS-DECRETO LEGISLATIVO No. 705.-Teniendo en cuenta que la micro empresa y la pequeña empresa brindan un acceso masivo al empleo, sobre todo a la mano de obra no calificada, y con un costo por puesto de trabajo significativamente menor que el de otros sectores productivos; además teniendo en cuenta que la micro empresa y pequeña empresa constituyen un sector dinámico de la inversión y por ende del crecimiento de la economía nacional, es que el gobierno promulga esta norma, la misma que a la fecha ha sido derogada. Esta norma contenía la definición de microempresa y pequeña empresa, la atención y apoyo prioritario por parte del Estado, lo referido a las licencias de funcionamiento municipal, registros y otros permisos de operación para la micro empresas y pequeñas empresas, los requisitos de contabilidad, la amnistía administrativa, el procedimiento para acogerse a la Ley. Esta norma nunca se reglamentó y en la práctica sólo operó para fines de trámites ante los Municipios y el Registro Unificado.
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