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Aplicacion de factura conformada (Perú)

Enviado por Saul Manz


  1. Características esenciales

  • 2. Contenido de una factura conformada

  • 3. Requisitos no esenciales

  • 4. Importancia de la factura conformada

  • 5. Modelo de factura conformada

  • Es un título de valor que fue reconocido en nuestro ordenamiento jurídico a partir del año 2000, representa bienes entregados y no pagados, debidamente suscrita por el deudor en señal de conformidad en cuanto a la entrega de los bienes allí precisados, su valor y la fecha de pago de la factura. Es emitida por el acreedor, y puede ser endosada a terceros.

    Debemos resaltar que es un documento con distinta finalidad de los comprobantes de pago razón por la cual debe de ser utilizado de modo independiente. En consecuencia, desde el punto de vista estrictamente tributario, los deudores tributarios no pueden utilizar el referido título de valor como sustento de costo o gasto, crédito fiscal o crédito deducible.

    Una factura Conformada, resulta ser una mescla de letra de cambio más garantía prendaria (Contrato de prenda). Se le llama "conformada", porque con la firma del comprador, este expresa su conformidad y declara recibir conforme las mercaderías y el saldo del precio que constituye el crédito a su favor.

    La factura conformada es, sin duda alguna, parte importante de conglomerados instrumentos modernos, la particularidad de su derecho de crédito, intrínsecamente ligado a las operaciones mercantiles, puede consentir su movilización y su liquidez, incluso en mejores condiciones que otros valores negociables.

    Características esenciales

    Siendo la factura conformada un valor negociable en la categoría de título valor, es evidente que la primera característica esencial a resaltar es el cumplimiento de los principios fundamentales de los valores negociables: Incorporación, Literalidad y Legitimidad.

    Otras características:

    a) Se origina en la compraventa u otras modalidades contractuales de transferencia de propiedad de mercaderías, o en la prestación de servicios, en las que se acuerde el pago diferido del precio o de la contraprestación del servicio;

    b) El objeto de la compraventa u otras relaciones contractuales antes referidas, debe ser mercaderías o bienes objeto de comercio, o servicios, que generen la obligación de expedir Comprobantes de Pago;

    c) Los bienes y mercaderías pueden ser fungibles o no, identificables o no;

    d) La conformidad puesta por el comprador o adquirente del bien o usuario del servicio en el texto del título, demuestra por sí sola y sin admitirse prueba en contrario, que éste recibió la mercadería o bienes o servicios, descritos en la Factura Conformada, a su total satisfacción;

    e) La Factura Conformada es un título valor a la orden, transmisible por endoso;

    f) Desde su conformidad, representa el crédito consistente en el saldo del precio o contraprestación señalado en el mismo título.

    Contenido de una factura conformada

    La Factura Conformada deberá expresar cuando menos lo siguiente:

    a) La denominación de Factura Conformada;

    b) La indicación del lugar y fecha de su emisión;

    c) El nombre, número del documento oficial de identidad, firma y domicilio del emitente, que sólo puede ser el vendedor o transferente, o el prestador del servicio, a cuya orden se entiende emitida;

    d) El nombre, número de documento oficial de identidad y domicilio del comprador o adquirente del bien o usuario del servicio, a cuyo cargo se emite;

    e) El lugar de entrega, en caso de tratarse de mercaderías o bienes descritos en el título;

    f) La descripción del servicio prestado, y en su caso, de la mercadería entregada, señalando su clase, serie, calidad, cantidad, estado y demás referencias que permitan determinar su naturaleza, género, especie y valor patrimonial;

    g) El valor unitario y total de la mercadería y, en su caso, del servicio prestado;

    h) El precio o importe total o parcial pendiente de pago de cargo del comprador o adquirente del bien o usuario del servicio, que es el monto del crédito que este título representa;

    i) La fecha de pago del monto señalado en el inciso anterior, que podrá ser en forma total o en armadas o cuotas. En este último caso, deberá indicarse las fechas respectivas de pago de cada armada o cuota; y,

    j) La indicación del lugar de pago y/o, en los casos previstos por el artículo 53°de la ley 27287, la forma como ha de efectuarse éste.

    Requisitos no esenciales

    a) A falta de indicación del lugar de entrega de las mercaderías, se entenderá que fue hecha en el domicilio del comprador o adquirente.

    b) A falta de indicación del lugar de pago, éste se exigirá en el domicilio del obligado principal, salvo que se hubiera acordado realizar el pago conforme al artículo 53° de la ley 27287.

    c) De haberse dejado constancia de la conformidad sin indicar su fecha, se considerará que ésta fue hecha en la misma fecha de la emisión del título

    VENCIMIENTO

    El vencimiento de la Factura Conformada puede ser señalado solamente de las siguientes formas

    a) A fecha o fechas fijas de vencimiento, según se trate de pago único, o en armadas o cuotas;

    b) A la vista;

    c) A cierto plazo o plazos desde su conformidad, en cuyo caso deberá señalarse dicha fecha de conformidad; y,

    d) A cierto plazo o plazos desde su emisión.

    En caso de haberse pactado el pago de la Factura Conformada en armadas o cuotas, la falta de pago de una o más de ellas faculta al tenedor a dar por vencidos todos los plazos y a exigir el pago del monto total del título; o, alternativamente, exigir las prestaciones pendientes en las fechas de vencimiento de cualquiera de las siguientes cuotas o, inclusive, en la fecha de la última armada o cuota, según decida libremente dicho tenedor. Para ese efecto, bastará que, de ser necesario, logre el correspondiente protesto o formalidad sustitutoria en oportunidad del incumplimiento de cualquiera de dichas armadas o cuotas, sin que afecte su derecho no haber efectuado tal protesto o formalidad sustitutoria correspondiente a las anteriores o cada una de las armadas o cuotas. La cláusula a que se refiere el artículo 52° de la ley 27287, que se hubiera incorporado en estas Facturas Conformadas surtirá efecto sólo respecto de la última armada o cuota.

    OBLIGACIONES DEL COMPRADOR O ADQUIRENTE DEL BIEN O USUARIO DEL SERVICIO

    El comprador o adquirente del bien o usuario del servicio que haya dejado constancia de su conformidad, tendrá la calidad de obligado principal del pago de la acreencia que representa la Factura Conformada. En tanto la Factura Conformada no cuente con la conformidad del comprador o adquirente del bien o usuario del servicio, la calidad de obligado principal recae sobre el emitente.

    RELACIONES CAUSALES ENTRE VENDEDOR Y COMPRADOR

    El comprador o adquirente del bien o usuario del servicio podrá oponer las excepciones personales que le correspondan por vicio oculto o defecto del bien o servicio sólo contra el vendedor o transferente o prestador del servicio o contra su endosatario en procuración, sin tener derecho a retener, respecto a terceros, los bienes ni el precio pendiente de pago, ni demorar el pago según la fecha o fechas señaladas en la Factura Conformada.

    PLAZO

    El plazo de pago o pagos del saldo del precio que se consigne en la Factura Conformada podrá ser mayor de un (1) año.

    Importancia de la factura conformada

    Muchos empresarios en algunas ocasiones ven trabadas sus operaciones comerciales por engorrosos trámites administrativos y, en otros casos, ven desamparadas sus expectativas de cobro por no utilizar títulos valores. La utilización de la factura conformada permitirá tener celeridad y seguridad en las operaciones comerciales al crédito lo que propiciara un buen clima en el tráfico comercial peruano. Encontrar un instrumento que, al mismo tiempo haga rápidas las operaciones al crédito, permita darles una seguridad jurídica a las mismas, hará que las empresas se beneficien sustancialmente en tanto que podrán hacer en efectivo su cobro con celeridad y además podrán recurrir a mecanismos ágiles y cómodos de financiamiento que vayan de acuerdo a sus posibilidades.

    Por otro lado y más específicamente, en el marco nacional, existe la necesidad de apoyar a las empresas peruanas, que en su mayoría son MYPES que, si bien es cierto, están incrementándose con el paso de los años, tienen ciertos problemas para acceder a fuentes de financiamiento tradicionales, en ese sentido el éxito de la utilización de las facturas conformadas hará posible que estas micro y medianas empresas puedan verse provistas de liquidez para su desarrollo y expansión.

    En conclusión, se puede decir que la factura conformada tiene dos funciones esenciales: a) el fortalecimiento de la cadena de pagos, otorgando al vendedor o al prestador del servicio un instrumento útil que le permita la seguridad de cobrar el saldo del precio del bien o la contraprestación del servicio, sirviendo también como un medio de prueba de que se ha entregado el bien o realizado el servicio y b) la de permitir el financiamiento empresarial, especialmente a las MYPES.

    Modelo de factura conformada

    edu.red

    Autor:

    SAUL YOEL MANZANO QUISPE

    PUNO – PERÚ

    2014