EL CONTRA EXAMEN El abogado en el contraexamen debe tener control del testigo, necesita superponer su propia teoría del caso a ese testimonio, toda vez que el testigo es reticente a la nuestra y cree firmemente en la suya! El contra examen se construye desde y para el alegato final La lógica del contra examen es la pregunta ¿ que quiero estar en condiciones de decir en el alegato final? Con esta pregunta se determina la estrategia de contraexamen
Guía para la realización del Contraexamen Ser breve, dependiendo de la estrategia Preguntas sencillas Preguntas sugestivas No ir de pesca No pelear con el testigo
Cont… No permitir que el testigo explique; No repetir el directo; Saber cuando preguntar y cuando terminar;
ESTRUCTURA – No tiene que ser cronológico; – Contenido temático;
TIPOS DE PREGUNTAS Sugestivas de un solo punto: permiten dirigir la respuesta Pregunta capciosa: formulada de manera compuesta, que induce a dar más de una respuesta al mismo tiempo. ¿De dónde sacó la llave con la que abrió la puerta y robó el radio que vendió a José? Pregunta impertinente: la innecesaria, porque nada aporta o porque tiende a acreditar un asunto que está fuera de la controversia
Causas de Impugnación en el Contraexamen Impugnación por omisión; Impugnación por inconsistencia; Impugnación por parcialidad: Positiva y negativa; Impugnación por percepción; Impugnación por antecedentes; Impugnación por falta de calidad habilitante (peritos);
EJEMPLO CONTRAEXAMEN SRA. GUEVARA Objetivo. Desacreditar su credibilidad personal 1ra. Línea. Ella lo denunció cuando le dijo que la iba a dejar Preguntas: Primera noticia de los supuestos abusos 4 supuestas veces en que Ana le dijo Anuncio de su marido de irse con otra Denunció el día siguiente
Objetivo. Desacreditar la credibilidad del testimonio 1ra. Línea. La abuela nunca vino a cuidar a Ana ya que trabajaba el mismo horario que la madre Preguntas: Horario del turno del señor Guevara Horario del turno de la señora Guevara Horario de la llegada de Ana del colegio Trajeron a la abuela para cuidar a Ana Fecha de llegada de la abuela Fecha en que empezó a trabajar la abuela Horario de la abuela en el negocio EJEMPLO CONTRAEXAMEN SRA. GUEVARA
OBJECIONES CONCEPTO: Mecanismo disponible a las partes durante una audiencia para manifestar la oposición legalmente fundamentada a la introducción de elementos probatorios, comportamientos inadecuados de los sujetos procesales y cualquier otra actuación contraria a la reglamentación procesal.
OBJECIONES A LA PREGUNTA Sugestiva; Capciosa; Impertinente; Compuesta; Repetitiva; Pide una Contestación en forma de narración;
OBJECIONES A LA RESPUESTA Por ser narrativa; Por emitir opiniones (exceptos peritos); No esta siendo responsivo (carnadas);
OBJECIONES Objeciones Objetables vs Lealtad Procesal Finalidad: Quitar el efecto que se esta logrando; Hacer perder el hilo; Instruir al testigo; Molestar a la parte contraria; Dilatar el proceso;
Cont… Argumentativa; Cita mal a un testigo; Pide una opinión al testigo; Es hipotética;
OBJECIONES A LA PRUEBA No es pertinente; Testigo no es competente; Constituye prueba de referencia; No se han sentado las bases; Es prueba sobreabundante; Indebidamente inflamatoria; Conducta impropia; No fue admitida por el juez de la Instrucción;
Guía para objetar Actuar rápidamente Verbalizar Objeción Fundamentar la objeción Replicar si es necesario
RECOMENDACIONES PARA LA OBJECION Ser cortes; Conocer al tribunal; Objetar cuando sea necesario; Conocer la parte contraria; Conocer la norma relativa a la prueba;
AUTENTICACION DE OBJETOS Y DOCUMENTOS ART. 220 CPP Elijo un testigo idóneo para reconocer el objeto. Mostrar el objeto o documento a identificar o reconocer a la contraparte. Mostrar el objeto o documento marcado como medio de prueba al testigo. Establecer las bases probatorias o evidenciarias a los fines de reconocimiento. Luego de la identificación por parte del testigo o perito se le da utilización o publicidad al objeto o documento. (Insertar el objeto en el relato)
ACREDITACION DE DOCUMENTOS 1ro: Eligo un testigo idóneo 2do. Le exhibo el documento que ha sido marcado con el no. xxxx 3ro. Reconoce usted este documento? 3to. Cómo lo reconoce? 4to. Utilizamos el documento leyendo una parte respectiva
PRUEBA “REAL” Y PRUEBA “DEMOSTRATIVA” PRUEBA “REAL”: Aquella que efectivamente forma parte de los hechos del caso. La pistola con que supuestamente mataron a la victima PRUEBA DEMOSTRATIVA: Aquella que, sin formar parte de los hechos del caso, aclaran o ilustran Una pistola del mismo calibre que la que utilizó el imputado, para demostrar que los disparos tienen un determinado alcance Maqueta de una casa, mapa de las calles, un croquis, unas fotos. etc.
LA PRUEBA PERICIAL Art. 204 CPP Se utiliza cuando se necesiten conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o técnica. Los peritos los designa el Ministerio Público durante la etapa preparatoria. En otra etapa son designados por el tribunal a petición de parte. Las partes pueden proponer otro perito en reemplazo del ya designado.
REQUISITOS DEL PERITAGE ART. 212 Debe estar fundado. Debe contener una relación de las operaciones practicadas. Debe establecer la metodología utilizada. Debe contener conclusiones de cada caso estudiado Deben tener un dictamen. Debe estar firmado y fechado por el perito
PROPOSITO DEL PERITAGE El testimonio pericial puede ser aprovechado para establecer nuestras proposiciones fàcticas a través de preguntas hipotéticas, en tales casos a través de estas hipótesis el perito puede llegar a una conclusión o interpretación lógica del asunto planteado.
TEORIAS DE EXCLUSION PROBATORIA El Art.. 167 establece la imposibilidad de que sea valorada la prueba ilegal ni la que sean obtenida como consecuencia directa de ella. PRINCIPIO DE LEGALIDAD DE LA PRUEBA: El valor de la prueba dependerá de la legalidad en cuanto a la forma de su obtención e incorporación al juicio o audiencia de que se trate. (ver arts. 26 y 166 de la Ley 76-02). La Teoría de Exclusión Probatoria quiere decir que aquella prueba que resulta consecuencia directa del quebrantamiento de una garantía legal o constitucional, no tendrá eficacia jurídica en el proceso penal.; el juez no podrá aprovecharse de ella y debe desecharla..
ESTO QUIERE DECIR Que la existencia de un cauce investigativo diferente que permite obtener pruebas por una vía distinta de la empleada para colectar los elementos de prueba considerados ilegales, deben ser admitidos.
DOCTRINA DEL FRUTO DEL ARBOL VENENOSO Establece que no solo se excluirá del proceso penal aquella prueba obtenida directamente de manera ilegal, sino que también las pruebas que deriven, aun indirectamente de la primera ilegalidad
Discusión doctrinal acerca de las teorías de exclusión y Fruto del árbol envenenado Estas Teorías de exclusión en cuanto a la prueba tienen sus detractores y seguidores. Los que se oponen estas, afirman que no se trata más que de tecnicismos jurídicos y que al momento de ser planteadas las mismas debe hacerse un balance entre los intereses particulares y los del bien común y de la sociedad en general. Los doctrinarios que apoyan las indicadas teorías afirman que no se trata de meros tecnicismos, sino de mecanismos a los fines de hacer respetar derechos de carácter constitucional y garantías de los ciudadanos al momento de ser intervenidos por la autoridad judicial. (indicar algunos autores que apoyan y detractan las indicadas teorías)