Tratado de la Empresa y su derecho aplicable: Otras areas y tendencias contemporáneas del derecho empresarial
Enviado por Fernando Jesús Torres Manrique
- Contabilidad
- Régimen único simplificado (RUS)
- Régimen especial de renta (RER)
- Calidad total
- Reingeniería
- Marketing
- Globalización
- Administración
- Economia
Generalidades
En este capítulo se desarrollan temas de otras áreas del conocimiento, tales como contabilidad, calidad total, reingeniería, marketing, globalización, administración y economía.
Estos temas son de vital importancia para el abogado corporativo y también para el abogado dedicado al quehacer empresarial.
En tal sentido, esperamos que estas herramientas se pueda obtener un conocimiento mas amplio del derecho empresarial y del derecho corporativo.
Por lo cual, podemos afirmar que un abogado no puede aspirar al dominar el derecho empresarial ni el derecho corporativo, sino conoce estos temas extrajurídicos, sin embargo, es claro que a lo largo de otras parte del libro también se desarrollan estos temas.
Contabilidad
Para Walter Andia Valencia la contabilidad es una ciencia de la información de la gestión empresarial que mide, controla y evalúa la gestión, cuyo propósito básico es proveer información financiera útil acerca de la entidad económica para facilitar la toma de decisiones para sus diferentes usuarios (accionistas, acreedores, inversionistas, clientes). La contabilidad es un reflejo de la realidad en que está inmersa la entidad cuya situación financiera (naturaleza y valor del activo, pasivo y capital así como también los efectos que la operación mercantil ha causado) pretende presentar.
Las información contable también es de importancia para los participacionistas, socios y posibles contratantes.
En el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española existen dos definiciones de contabilidad por la primera se precisa que es la aptitud de las cosas para poder reducirlas a cuenta o cálculo.
Por la segunda definición se define que la contabilidad es el sistema adoptado para llevar la cuenta y razón en las oficinas públicas y particulares
Para Robert Meigs, Mary Meigs, Mark Brettner y Ray Whittington la contabilidad es el medio por el cual medimos y describimos el resultado de una actividad económica.
Para estos autores la contabilidad es llamada el lenguaje de los negocios debido a que es muy usada en la descripción de todo tipo de actividades comerciales. El uso de la información contable no está limitado sólo al mundo de los negocios.
Para estos autores el propósito de la contabilidad es suministrar información valiosa para la toma de decisiones económicas a las personas encargadas de tomarlas.
La contabilidad sirve para analizar y registrar los movimientos de las empresas, sin embargo, es necesario destacar que la contabilidad no sólo es de importancia para las empresas privadas sino también para las personas jurídicas de derecho público, por ejemplo las oficinas registrales llevan contabilidad.
La contabilidad clasifica los ingresos y egresos de la empresa en diferentes cuentas contables.
Cuando una empresa no lleva contabilidad se encuentra en desventaja frente a otra empresa que si lleva contabilidad, por que esta última puede determinar mas fácil y técnicamente cuales son partes débiles y partes fuertes, y también las partes que debe mejorar.
La contabilidad no la llevan de igual manera todas las empresas que llevan la misma, por ejemplo algunas empresas llevan contabilidad completa, a diferencia de otras que llevan otro tipo de contabilidad.
La contabilidad permite elaborar los estados financieros de la empresa, para lo cual se tiene en cuenta la labor de los contadores principalmente.
La empresa debe llevar una sola contabilidad, siendo ilegal llevar doble contabilidad o contabilidad paralela, sin embargo existen auditorías con las cuales puede revisarse el proceso contable. El Código Penal Peruano de 1991 establece en su artículo 199 que el que con la finalidad de obtener ventaja indebida, mantiene contabilidad paralela distinta a la exigida por la ley será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de un año y con sesenta a noventa días multa. Es decir, este delito no tiene una pena muy alta, con lo cual no estamos de acuerdo por que los que cometen estos delitos son contadores, los cuales son profesionales debidamente capacitados en universidades que tienen conocimientos que pueden colocar en aprietos a terceros como son socios, contratantes y terceros. En tal sentido somos del criterio que este delito debería tener una pena mayor que la estafa por que tiene una mayor gravedad.
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