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Distribución de los recursos del sistema general de participaciones provenientes del crecimiento real de la economía superior al 4% de la vigencia 2006

Enviado por Jorge Bustamante


Partes: 1, 2, 3

     

    Documento

    Conpes

    115

    Social

    Consejo Nacional de Política Económica Social República de Colombia

    Departamento Nacional de Planeación

    DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES PROVENIENTES DEL CRECIMIENTO REAL DE LA ECONOMÍA SUPERIOR AL 4% DE LA VIGENCIA 2006

    Ministerio de Hacienda y Crédito Público Ministerio de Educación Nacional Ministerio de la Protección Social

    Instituto Colombiano de Bienestar Familiar DNP: DDTS- DDS

    Versión aprobada

    Bogotá D.C., 23 de junio de 2008

    INTRODUCCIÓN

    El presente documento somete a consideración del CONPES para la Política Social la distribución de los recursos para educación y la atención integral de la primera infancia para la vigencia 2008, correspondiente a las liquidaciones del mayor valor del Sistema General de Participaciones por crecimiento real de la economía superior al 4% de la vigencia 2006.

    • ANTECEDENTES

    La Ley 1176 de 2007, en su artículo 14, establece que los recursos de que trata el parágrafo transitorio 2º del artículo 4º del Acto Legislativo 04 de 2007 se destinarán a la financiación de las acciones en primera infancia, definidas como prioritarias por el Consejo Nacional de Política Social en desarrollo del artículo 206 de la Ley 1098 de 2006, siempre que dichas acciones no generen gastos recurrentes. Así mismo, en su artículo 15, determina que las liquidaciones del mayor valor del Sistema General de Participaciones por crecimiento real de la economía superior al 4% correspondientes a las vigencias 2006 y 2007, se destinarán a educación y a la atención integral de la primera infancia conforme con la distribución definida por el Conpes Social.

    El Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio radicado en el DNP el 28 de enero de 2008, con el número. 2008-663-001701-2, certificó la incorporación en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia 2008 de $270.240 millones, correspondientes al valor de la liquidación por crecimiento del PIB superior al 4% durante el año 2006.

    De acuerdo con los recursos certificados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por concepto de crecimiento de la economía por encima del 4% en el año 2006, el Departamento Nacional de Planeación elaboró la propuesta de distribución de estos recursos.

    • UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS

    Los recursos distribuidos en este documento serán destinados por los municipios, los distritos y las áreas no municipalizadas de los departamentos de Amazonas, Guainía y Vaupés a la financiación de las acciones definidas como prioritarias por el Consejo Nacional de Política Social (Ley 1098 de 2006 – artículo 206) 1 .

    A continuación se presentan las actividades financiables, que deben priorizarse en el orden presentado, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF- y el Ministerio de Educación Nacional –MEN-, y el monto de recursos asignado a cada distrito, municipio y área no municipalizada de los departamentos de Amazonas, Guainía y Vaupés.

    • Construcción de infraestructuras adecuadas para la atención integral a la primera infancia.

    • Adecuación de la infraestructura de los Hogares Infantiles y/o Hogares Agrupados pertenecientes a los programas del ICBF o adecuación de infraestructuras municipales de programas de atención a la primera infancia.

    Es importante tener en consideración que los recursos objeto de la presente priorización no podrán financiar gastos recurrentes2 , como la atención directa de los niños y niñas, por cuanto estos recursos no son permanentes, debido a que están sujetos al crecimiento de la economía por encima de 4%, y no son crecientes en cada vigencia.

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