- Introducción
- La norma ISO-15189 y el personal
- Organización del trabajo y política del personal
- Las motivaciones humanas
- Propuesta parala gestión de reemplazos
- El futuro del reemplazante
- Bibliografía
"Es de la mayor importancia que el hombre conozca su propio valor" Maimónides, guía de los perplejos I-51.
Introducción
Dentro del recurso humano en el Laboratorio existen los reemplazos.Después de un período de formación y capacitación.están listos para realizar una guardia.Sus orígenes son diversos,desde un residente hasta un profesional que desea iniciar sus prácticas.
Es su labor en equipo el que posibilita su inserción futura y el desarrollo de sus aptitudes.
En la siguiente figura se revela la inserción del mismo,al mismo nivel de los titulares(1):
Dentro del desarrollo de un método de prueba en el Laboratorio existe la selección de un método analítico y para ello existen características;una de ellas la de aplicación y es alli donde se apunta al personal en el cual se incluye a los reemplazos(1).
La norma ISO-15189 y el personal
Una vez reconocido que el reemplazo posee la funcionalidad del resto del personal,se revisa la norma para ver su competencia.
Recordemos que la norma posee requisitos de gestión y requisitos técnicos.
REQUISITOS DE LA GESTIÓN (APARTADO 4 DE LA NORMA)
Organización y gestión(apartado 4.1 de la norma):
-4.1.5 c) El laboratorio documentará el compromiso del personal del laboratorio de respetar las medidas tomadas por el laboratorio para asegurar la confidencialidad y seguridad
de las informaciones y resultados obtenidos,y que todo el personal está exento de cualquier presión e influencia interna o externa que pueda mermar la confianza en su
competencia,imparcialidad,juicio o integridad.
-4.1.5 e) El laboratorio dispondrá de un organigrama actualizado que refleje claramente su organización,los niveles de responsabilidad y dependencias de su personal.
El organigrama debe incluir a todo el laboratorio y no sólo el área técnica que solicite la acreditación.
Cuando el laboratorio pertenece a una organización superior debe existir asimismo un organigrama general en el que se refleje la posición del laboratorio.
-4.1.5 f ) El laboratorio deberá disponer de documentos que reflejen las funciones y responsabilidades de las personas que realizan actividades que afecten a la calidad
de las pruebas.Debe quedar claramente definida la responsabilidad para todas las actividades requeridas en la norma,ej:validación de métodos,autorización de
personal,emisión de "comentarios profesionales" en los informes de laboratorio, etc(2).
Las siguientes figuras definen otros aspectos referidos al personal(3):
REQUISITOS TÉCNICOS (APARTADO 5 DE LA NORMA)
Personal(apartado 5.1 de la norma):
-5.1.1 El laboratorio debe definir,la sistemática para la formación de todo su personal y para la autorización del personal en la realización de tareas específicas.
-5.1.2 El laboratorio deberá disponer como mínimo de los siguientes registros:
– Currículum vitae profesional que justifique el cumplimiento de los requisitos establecidos.
– Registros de actividades formativas,de las actividades realizadas en proceso de cualificación,registro de las autorizaciones y evaluación de la competencia.
(Véase 5.1.11).
-5.1.5 El personal del laboratorio debe disponer de una relación contractual con el laboratorio o con la organización a la que pertenece.
-5.1.11 Las actividades de formación inicial y continuada deberán ser relevantes para las actividades para las que el personal está autorizado y para las características de las
actividades técnicas que llevan a cabo(ej:actividades de carácter subjetivo,como puede ser el estudio al microscopio de una preparación de sangre o técnicas sometidas a cambios científico tecnológicos acusados)(2).
Otro enfoque sobre el punto lo vemos en la siguiente figura(3):
Procedimientos preanalíticos(apartado 5.4 de la norma):
-5.4 El personal ha recibido la formación adecuada.
Informe de laboratorio(apartado 5.8 de la norma):
-5.8.3 l) y n) En el informe debe quedar identificada la/s persona/s que asume/n la responsabilidad técnica del informe(2).
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