- Emancipación
- Ausencia
- El derecho de familia
- Los alimentos
- Matrimonio
- Divorcio
- Filiación
- Adopción
- Patria potestad
- Tutela
- El registro civil
- Patrimonio de familia
- Objetivos particulares y específicos dentro del temario de Derecho de las personas y de la familia
- Bibliografía general
Conjunto de normas jurídicas que regulan la familia, las relaciones familiares y patrimoniales que existen entre sus miembros.
Físicas 18
Personas Públicas 168
Jurídicas 161
Privadas 169
PERSONA.- Todo ser capaz de tener obligaciones y derechos.
PERSONAS FISICAS.- Son los hombres considerados individualmente.
PERSONAS JURIDICAS.- Agrupamientos de individuos que constituyen seres colectivos que persiguen finalidades comunes y lícitas.
Atributos de las Personas físicas.
Goce 21, 48
Capacidad 20 Ejercicio 23, 46, 47
Sobrenombre
Nombre 61, 66 Seudónimo 67
Estado Civil 77, 80 Familia
Económico 42
Patrimonio Moral 43
41 Social 44,45
Voluntario 73
Domicilio Legal 74, 75
72 Convencional 76
ATRIBUTOS DE LA PERSONALIDAD.- Son las cualidades que desde el punto de vista jurídico, deben tener los individuos y los distinguen unos de otros.
CAPACIDAD JURIDICA.- Aptitud que tiene el individuo para ser sujeto de derechos. (20) CAPACIDAD DE ACTUAR.- Aptitud del individuo para realizar actos jurídicos, ejercer derechos, y contraer obligaciones.
Natural 48, 49 frac. I
Incapacidad 21
Legal 49 frac. II y III
INCAPACIDAD NATURAL.- Es el estado especial en que se hayan las personas privadas del ejercicio de su capacidad de actuar.
INCAPACIDAD LEGAL.- Es el estado especial en que se haya la persona que a pesar de ser capaz naturalmente tiene prohibido por la ley actuar en derecho.
NOMBRE.- Es la denominación verbal o escrita de la persona, sirve para distinguirla de los demás que forman el grupo social, haciéndola en cierto modo inconfundible.
SOBRENOMBRE.- Es la designación que los extraños dan a una persona, tratando de ridiculizar o caricaturizar algún defecto o cualidad.
SEUDONIMO.- Nombre con el que se conoce públicamente a una persona con motivo de la actividad que desempeña.
ESTADO CIVIL.- Es la relación en que se hayan las personas respecto a los demás miembros del agrupamiento social.
PATRIMONIO.- Conjunto de bienes, cargas y derechos pertenecientes a la persona y apreciables en dinero.
DOMICILIO.- Lugar donde reside una persona con el propósito de establecerse en el, a falta de este, el principal asiento de sus negocios, a falta de uno y otro, el lugar en que se halle.
DOMICILIO VOLUNTARIO.- el que adopta la persona por decisión libre, pudiendo cambiarlo cuando mejor le parezca.
DOMICILIO LEGAL.- El lugar que la Ley fija a una persona para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.
DOMICILIO CONVENCIONAL.- El que designa la persona para el cumplimiento de determinadas obligaciones.
DERECHOS DE LA PERSONALIDAD.- Son los que corresponden a determinadas cualidades o atributos físicos o morales de la persona humana.-
Derecho a la vida
Derecho sobre el cuerpo humano
DERECHOS DE LA Derecho sobre el Cadáver
PERSONALIDAD Derecho a la libertad personal
Derecho a la individualidad Nombre
Derecho a la consideración Social
Al honor y a la fama
A la intimidad personal
A la propia imagen
Esenciales.
Personalísimos. Originarios.
Innatos.
Características de los Sin contenido Patrimonial
Derechos de Absolutos.
Personalidad 24 -26 Inalienables.
Instransmisibles.
Imprescriptibles.
Irrenunciables.
UNIDAD II
EMANCIPACION.- Terminación de la Patria Potestad que conforme a la ley opera cuando un menor contrae nupcias o demuestra los aspectos legales para que se decrete.
1.- El emancipado no retorna a la Patria Potestad 56, 57.
2.- Libre administración de Patrimonio 58.
Consecuencias 3.-Autorización Judicial para enajenar, gravar ó hipotecar 58.
4.- Tutor para negocios judiciales 281.
5.- Consentimiento del que lo emancipó para contraer matrimonio.
UNIDAD III
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