Análisis sobre el juzgado de paz de la segunda circunscripción de Santiago
Enviado por Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.
OBJETIVO GENERALES *Determinar las atribuciones y competencias del Juzgado de Paz de la Segunda Circunscripción de Santiago de los Caballeros
OBJETIVOS ESPECIFICOSa) Determinar de acuerdo a la Ley 821 de organización judicial la división y estructura del juzgado de paz.b) Investigar la competencia territorial.c) Detallar la competencia en razón de financiamiento, servicios que ofrece y su funcionamiento.
*INTRODUCCION. En esta investigación sobre las Atribuciones y Competencias del Juzgado de Paz de la segunda circunscripción, de la ciudad de Santiago de los Caballeros, ha sido desarrollada con el objetivo de investigar, en el alcance de este Tribunal de excepción, a los fines de cumplir con el requisito de la asignatura Clínica Jurídica I.
*El Juzgado de Paz es la jurisdicción de menor jerarquía del estamento jurídico dominicano.*Tiene igualdad en relación con los demás tribunales.*Competencia tributiba limitada y diversa
*HISTORIA DE LA CREACION DEL JUZGADO DE PAZ Este Tribunal tiene su origen en nuestra Primera Constitución política del 6 de noviembre de 1844, la cual consagra en sus artículos 131 al 139.
*División actual de juzgado de paz En la actualidad los Juzgados de Paz se encuentran divididos en Circunscripciones. 1-Circunscripciones comunes.2-Circunscripciones especializadas, como son las de tránsito y de asuntos municipales.
ORGANIZACIÓN. -Los Juzgados de Paz están integrados administrativamente por un Juez o Magistrado titular y Dos (2) suplentes.- Una Secretaria Titular y 3 auxiliares-Un Alguacil de Estrado (Ministerial) y Dos Ordinarios-Un Magistrado Fiscalizador
JACINTO MEDINA ALGUACIL DE ESTRADO (MINISTERIAL) Mag. INGRI SORAIDA LIBERATO TORRES JUEZ DE PAZ TITULAR Mag. NELLY TORRES JUEZ DE PAZ SUPLENTE LOURDES PERALTA SECRETARIA TITULAR VICENTE GUTIERREZ ALGUACIL ORDINARIO (MINISTERIAL) RAFAEL PAULINO ALGUACIL ORDINARIO (MINISTERIAL) MARIELA MADERA SECRETARIA AUXILIAR – DIGITADORA DE ESTRADO PETRA LUCIANO SECRETARIA AUXILIAR JOSE MIGUEL RODRIGUEZ SECRETARIA AUXILIAR Mag. OTTO SORIANO FISCALIZADOR ORGANIGRAMA DEL JUZGADO DE PAZ DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION DE SANTIAGO DE LOS CABALLEROS Mag. CLARIBEL MATEO JIMENEZ JUEZ DE PAZ INTERINA
*COMPETENCIAS:1- Competencia territorial (ley 821-1927).2- Competencia en razón de la materia o atributiva(ley 848-78 mod. ley 38-98).
Ubicación del juzgado:Está ubicado entre las avenidas Circunvalación (Lado Oeste) y 27 de Febrero (Lado Este), y entre las calles Eugenio Guerrero (Lado Norte) y Ramón García (Lado Sur), en el edificio con el nombre de Licdo. Federico Carlos Álvarez. El juzgado de paz de la segunda circunscripción esta en el ala norte.
* Este tribunal está compuesto:Un juez de paz titularUn suplente de juez de pazSecretaria titular3 secretarias auxiliares1 alguacil de estrado2 alguaciles ordinariosLa limpieza está a cargo de una compañía independiente
*delimitaciones del territorio
*DIVISION DE LAS CIRCUNCRIPCIONES SUGUN LA LEY 16-26 DE 1948
*ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA1 – Juez o magistrado (Facilitador o arbitro)2 – Dos jueces Suplentes3 – Secretario(a)4 – Alguacil Ministerial5 – Fiscalizador6 – Alcalde Pedáneo
*Salarios de los funcionarios del dicho juzgado de paz1- El Juez Titular$48,000.002- Secretaria Tutular $7 a 15,000.00 (S.C.J)3- Secretaria Auxiliares $7 a 12,000.00 (S.C.J) 4-Alguacil de Estrado $7,000.00 a (S.C.J) 5-Fiscalizador $48000.00 o mas (P.G.R)
*Forma de operar :-Un libro para casos penales- Un libro para casos civiles – Un libro para casos de administración.- Un libro de entrada y salida – Un libro de manutencion- – Un libro para casos civiles
*Forma de operar :-Un libro para casos penales- Un libro para casos civiles – Un libro para casos de administración.- Un libro de entrada y salida – Un libro de manutencion- – Un libro para casos civiles
*REDIMIENTO DEL JUZGADO DE PAZ.-Se conocen aproximadamente 240 casos Mensuales aproximado (12 Casos por Día): -Se conocen aproximadamente 12 casos Mensuales penal /laboral aproximado) . -Se conocen aproximadamente 48 casos de Pensión Alimenticia Mensuales aproximado) . -Se conocen aproximadamente 180 casos Civiles Mensuales aproximado) .
CAPITULO IV: APODERAMIENTO Y ACCIONAR POR ANTE EL JUZGADO DE PAZ 1- El proceso por ante el Juzgado de Paz se inicia mediante un acto de citación, notificado por un alguacil, y debe contener los medios y fines en que se fundamenta la demanda. Entre el día de citación y la audiencia mediará por lo menos un día franco, el cual puede aumentar en razón de la distancia. Debamos recordar que un día franco equivale a tres días, dado que, no se cuenta el día de la notificación del acto, ni el día fijado para la audiencia.
2- Los jueces de paz pueden, en casos urgentes, con el objeto de abreviar los pasos, permitir la citación por medio de una cédula, y aun para el mismo día, a la hora que indique; nada impide que las partes se presentan personalmente, para que el juez decida sus diferencias en último recurso, aun en asuntos que no son de su competencia.
3- No es necesario solicitar la fijación de audiencia previa; ya que el juez celebra audiencia todos los días, inclusive los domingos, si así lo decidiere hasta en su propio hogar, siempre que se haga de forma pública y a puertas abiertas, solo se procede a citar por órgano de alguacil a la parte demandada para que comparezca en la fecha y horas indicadas.
* El Acto de Citación. El acto de citación es el acto mediante el cual se introduce una demanda por ante el Juzgado de Paz *CONTENIDO DEL MISMO: fecha del día, mes y año; los nombres profesión y domicilio del demandante; nombre, morada, domicilio y calidad del alguacil, nombre y morada del demandado; enunciará sumariamente el objeto de la demanda, y los medios en que se funda indicando el Juez de Paz que habrá de conocer la misma, así como el día y hora en que habrá de comparecerse.
* En materia mobiliaria la citación se hará para ante el Juez de Paz del domicilio del demandado; y en caso de no tenerlo, para el Juez de Paz de su residencia.
* Representación de las Partes. Debido a la complejidad del proceso civil, se hace necesario que las partes se hagan representar por un abogado, aunque las partes pueden comparecer personalmente o hacerse representar por apoderados
CONCLUSIÓN. Al concluir se quiere dejar establecida la satisfacción del deber cumplido en el entendido que se cumplieron los objetivos planteados en la introducción y a la vez resaltar que la realización de esta investigación ha constituido una experiencia enriquecedora y gratificante, ya que, los resultados logrados plasmaron en el universo de conocimientos de la actuante las herramientas necesarias mínimas para continuar el proceso de aprendizaje en el transcurso de la carrera en lo concerniente a las figuras i jurisdicciones tratadas.