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Bonos: Caso Duff & Phelps del Perú (DCR)

Enviado por juanca_fernandez


Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6
Monografía destacada

    1. Planteamiento del problema
    2. Marco teórico
    3. Marco practico
    4. Conclusiones
    5. Bibliografía
    6. Anexos

    I. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

    1. PROBLEMÁTICA

    La agrupación de las áreas de pensiones, valores, seguros y la creación de un solo ente regulador, para estás tres áreas, han creado una visión de conjunto y efectos sinergicos, que han convertido a esté sector financiero no bancario, en un actor importante de la economía de nuestro país.

    La reforma de pensiones, que se implementó a partir de 1997 con la participación de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y los aportes obligatorios de los trabajadores para la jubilación, ha permitido generar un ahorro interno que supera los 840 millones de dólares .

    De los recursos que administran las AFP, ciento ochenta millones de dólares americanos pertenecientes al Fondo de Capitalización Individual (FCI), deben invertirse anualmente en valores de largo plazo emitidos por el Tesoro General de la Nación, con el fin de financiar el pago de las Rentas en Curso de Pago y la Compensación de Cotizaciones, del anterior sistema de pensiones, por un periodo no mayor a quince años.

    Las recaudaciones anuales de las AFP en el FCI han superado los 180 millones de dólares anuales, a partir de la gestión 1999, con recaudaciones que alcanzan los 220 millones de dólares anuales. Las AFP han manifestado su intención de invertir en los sectores productivos del país. Por mandato de la Ley de Pensiones, las AFP solo pueden invertir en valores calificados (se exceptúa de la calificación a los valores emitidos por el Estado).

    Muller (2000) afirmó que existe el marco legal y los recursos para invertirlos en el Mercado de Valores, pero que el sistema no funciona debido a que las empresas bolivianas son sociedades cerradas y no son transparentes. Lupo (2001) corrobora esta opinión indicando que para desarrollar un mercado de valores se requiere de mucha transparencia en el sector productivo. En 1999 el gobierno anunció que 180 empresas estaban en condiciones de ingresar en el mercado de capitales; sin embargo, se aprecia que ni el uno por ciento de ellas ha mostrado interés en captar recursos de este mercado.

    El sector productivo, en algunos casos, asume costos financieros más altos por no ser transparente. Si las empresas bolivianas no acceden al mercado de valores, parte del ahorro interno generado en nuestro país podra invertirse en valores de mercados extranjeros. Perdiendo el país estos recursos que ayudarían a dinamizar la economía.

    La Ley 1832: "Ley del Mercado de Valores" que contempla el Mercado de Valores bursátil y extrabursátil, norma la oferta pública y la intermediación de Valores, incorpora a las Entidades Calificadoras de Riesgo, con la finalidad de calificar los Valores por el nivel de sus riesgos.

    El 4 marzo de 1999, la Superintendencia de Pensiones Valores y Seguros (SPVS), en uso de las facultades y atribuciones conferidas por Ley, emitió el Reglamento de Entidades Calificadoras de Riesgo. Posteriormente este reglamento fue ampliado y se emitió uno nuevo el 27 de junio de 2000. Estas normas permiten que Entidades de Calificación de Riesgos extranjeras y nacionales puedan registrarse y operar en Bolivia. También establece que en los valores representativos de deuda, la calificación es obligatoria.

    El 2 de agosto de 1999, inició sus actividades en Bolivia la primera Calificadora de Riesgos: Duff & Phelps del Perú (DCR), firma que tenía su casa matriz en Estados Unidos, la cual era la tercera Calificadora de Riesgos del Mundo.

    La calificación de riesgos para Valores en Bolivia comenzó aproximadamente ochenta años después, de que se iniciara la época moderna de la calificación de riesgos en el ámbito mundial.

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