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Omisión a la asistencia alimentaria


Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. Marco teórico
    3. Análisis y comparación de los resultados con las hipótesis
    4. Conclusiones
    5. Recomendaciones
    6. Bibliografía

    RESUMEN

    El derecho a recibir alimentos se encuentra legalmente establecido en la Constitución Política, y en varios Tratados Internacionales y leyes de la República. Comprende lo que es sustento, habitación, vestido, asistencia médica, educación, recreación, transporte y otros que requiera el titular del derecho para su normal desarrollo como ser humano.

     Existe la posibilidad de acudir a los Tribunales reclamando la intervención del Estado para obligar al cumplimiento del deber de brindar alimentos. La Defensa Pública brinda asesoría legal gratuita a los acreedores alimentarios que no puedan costearla, y deseen iniciar el procedimiento judicial tendiente a cobrar la cuota alimentaria a quienes la ley imponga ese deber. El aumento de la pena no cumple con el objetivo central, que es, proveer de asistencia alimentaria suficiente para cubrir las necesidades de los alimentistas. Por ello resultaría más productivo pensar en mecanismos que a la vez que sancionen el delito, aseguren que la asistencia alimentaria se haga efectiva.

    La omisión de la asistencia familiar además de ser un delito, por las consecuencias que tiene en la vida de los directamente afectados –además de su repercusión en el entorno social- se hace merecedora de una sanción ejemplar. Esta problemática afecta no sólo a los hijos/as en su calidad de alimentistas sino también a las mujeres, que en nuestro país son quienes generalmente en situaciones de abandono asumen toda la carga familiar.

    II INTRODUCCIÓN

    El trabajo de investigación tiene como delimitación el Distrito de Pueblo Nuevo, básicamente la periferia, donde hay hogares con el padre ausente, siendo la madre la que aporta al sostenimiento del mismo. Este problema trae consigo una serie de implicancias en el aspecto psicológico, educativo, social, etc. de los hijos, incluyendo a las madres.

    En el marco teórico se encuentran los conceptos de la pensión alimentaria, como derecho reconocido por la ley, también todo lo que implica alimentos., el pago de alimentos, quienes están obligados a prestar alimentos y quienes pueden recibirlos, también se abarca los tramites a seguir, ya que es un factor importante porque muchas de las encuestadas no saben el tramite a seguir.

    También se ha considerado las citas bibliográficas de investigaciones anteriores sobre esta problemática.

    En el capítulo de la verificación y comparación de las hipótesis se validan las mismas. La técnica empleada en el recojo de información da como resultado la validación de las hipótesis.

    En el capitulo de las conclusiones se ha tenido en cuenta que las personas no confían en la justicia, la corrupción judicial inmersa en muchos casos es uno

    de los factores y que este problema influye de manera negativa en los acreedores alimentarios, entre otros

    Se recomienda que las autoridades competentes vean el caso y den solución para que los afectados recobren la confianza en su desempeño y al mismo tiempo se solicita ayuda de instituciones especializadas en tratamiento psicológico ya que este problema atenta con el desarrollo integral de los acreedores alimentarios.

    Se ha tenido en cuenta la bibliografía que permitió ver otras investigaciones referentes al problema.

    El capitulo de los anexos incluye modelo de encuesta que se utilizó y algunos casos

    III MARCO TEÓRICO

    3.1 origen de la palabra "Alimentos" Es importante saber que el origen del vocablo "alimentos" el mismo que proviene del latin "alimentum" o "ab alere" que significa alimentar.

    Es importante decir de que a pesar de que en este siglo la Humanidad ha dado enormes pasos a muchos niveles de su desarrollo hacia una civilización, especialmente en el campo científico, aún sigue sin resolver las necesidades más básicas de un enorme porcentaje de sus pobladores, y miles de niños y niñas y adolescentes aún siguen siendo víctimas vulnerables de estas incivilizaciones que aún no hemos podido superar.

    En el tema de la Inasistencia Alimentaria es el padre el que juega el rol de victimario,

    En el delito de la Inasistencia Alimentaria hay un acto, inconsciente o no, de Abandono de una humano para con su consanguíneo más cercano: Su hijo

    3.2 La Pensión Alimentaria Es un derecho reconocido por la ley, que le otorga a una persona la posibilidad de recibir una cantidad de dinero por parte de otra persona, que esté o haya estado unida a ella por lazos de parentesco o por haber mantenido una relación de pareja reconocida judicialmente.

    3.3 ALIMENTOS Se entiende por alimentos todo aquello que necesita un niño o un adolescente para su sustento, alimentación, vestido, educación, instrucción y capacitación para el trabajo, asistencia medica, vivienda y recreación. También los gastos de embarazo, desde la concepción hasta el posparto.

    3.4 Pago de Alimentos Es el trámite tendiente a obtener un reconocimiento judicial que disponga el pago de una pensión alimenticia a favor de un alimentista (cónyuge, hijo, padre, hermano). También puede solicitarse el aumento, reducción, prorrateo, exoneración, extinción o cambio en la forma de prestar la pensión alimenticia.

    3.5 Competencia Juez de Paz Letrado: Niños Reconocidos si se tiene prueba documentada que acredite, en forma indubitable, el vínculo familiar o que acredite el entroncamiento familiar, como partida de nacimiento con firma de ambos padres. Juzgado de Familia: Niños No Reconocidos Si no se tiene prueba documentada que acredite de forma indubitable el vínculo familiar o que acredite el entroncamiento familiar, como partida de nacimiento con firma de ambos padres.

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