Buenas prácticas de almacenamiento de productos farmacéuticos y afines (página 2)
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Articulo 9º.- En el envase inmediato se debe realizar:
a) Que no se observan manchas o cuerpos extraños;
b) Que no presenten grietas, rajaduras, roturas o perforaciones;
c) Que el cierre o sello sea seguro y cuando lleve la banda de seguridad, esta se encuentre intacta;
d) Que no se encuentren deformados; y
e) Que corresponda a los requerimientos del producto en caso de condiciones especiales.
Articulo 10º.- Los rótulos deben ser legibles, indelebles, en caso de etiquetas, estar bien adheridas al envase y en ellos se debe revisar:
a) Nombre del producto;
b) Concentración;
c) Forma farmacéutica;
d) Forma de presentación;
e) Numero de lote;
f) Fecha de vencimiento;
g) Registro sanitario;
h) Identificación del fabricante y del importador cuando corresponda; y
i) Condiciones de almacenamiento.
Articulo 11º.- En los productos farmacéuticos, siempre que no haya riesgo de alteración de los mismos, se debe revisar:
a) Líquidos no estériles (jarabes, elixires, suspensiones, emulsiones, soluciones y gotas).
Homogeneidad del producto;
Uniformidad en el contenido; y
Presencia de gas y otros signos que podrían indicar contaminación del producto.
b) Líquidos estériles ( inyectable de pequeño volumen, de gran volumen y oftálmicos )
– Ausencia de partículas extrañas detectables
visualmente;
– Ausencia de turbidez en la solución;
– Uniformidad en el contenido.
c) Sólidos no estériles (tabletas, polvos, gránulos. Grageas, tabletas vaginales, comprimidos, capsulas).
– Uniformidad en las características especificas
del producto (forma, color, tamaño y marcas);
– Ausencia de manchas, roturas, rajaduras,
pegajosidad o material extraño incrustado o
adherido al producto;
– Existencia de capsulas vacías, rotas o abiertas;
y
– Que los polvos para reconstruir no estén
apelmazados.
d) Sólidos estériles (polvos y liofilizados para aplicación inyectable)
Ausencia de material extraño; y
Cambios en el color u otras características físicas que podrían indicar alteración en el producto.
Articulo 12º.- En los productos afines a los productos farmacéuticos, siempre que el tipo de envase lo permita y no altere su contenido, se debe revisar la homogeneidad, presencia de cuerpos extraños, cambio de color, roturas, rajaduras o cualquier otro signo que represente una alteración del mismo.
CAPÍTULO II
DEL ALMACENAMIENTO
Articulo 13º.- Las áreas de almacenamiento deben tener dimensiones apropiadas que permitan una organización correcta de los insumos y productos, evite confusiones y riegos de contaminación y permita una rotación correcta
de las existencias.
El área de almacenamiento depende de:
a) Volumen y cantidad de productos a almacenar;
b) Frecuencia de adquisiciones y rotación de los productos; y
c) Requerimiento de condiciones especiales de almacenamiento: cadena de frió, temperatura, luz y humedad, controladas.
Articulo 14º.- El almacén deberá contar con áreas separadas, delimitadas o definidas:
a) Área de recepción: Destinada a la revisión de los documentos y verificación de los productos antes de su almacenamiento. Debe diseñarse y equiparse de tal forma que permita una adecuada recepción y limpieza de los embalajes si fuera necesario;
b) Área de almacenamiento: Destinada a mantener los productos o insumos en forma ordenada y en condiciones adecuadas para conservar sus características de calidad; cuando sea necesario se deberá contar con:
– Área apropiada para productos que requieren
condiciones especiales: temperatura, humedad y luz;
– Área para productos que requieran controles especiales
(estupefacientes), los cuales deben almacenarse en
áreas de acceso restringido, seguros y con llave;
– Área para productos en cuarentena; y
– Área para productos de baja y devueltos.
Las áreas de cuarentena y para productos de baja y devueltos, deben estar adecuadamente identificadas.
c) Área de embalaje y despacho: Destinada a la preparación de los productos para su distribución o dispensación; y
d) Área administrativa: Destinada a la preparación y archivo de documentos.
Los servicios sanitarios, vestidores y comedor, deben ubicarse fuera del área de almacenamiento.
Articulo 15º.- En el diseño del almacen se debe considerar los siguientes aspectos:
a) Ubicación: El area de almacenamiento debe estar ubicada en un lugar donde se eviten riesgos de contaminación de materiales o de productos.
b) Las paredes deben ser de facil limpieza; los pisos de concreto, de superficie lisa y lo suficientemente
Autor:
Soy
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