- Historia sobre la extradición
- Definición
- Fuentes del Derecho de extradición
- Los principios del Derecho de extradición
- Procedimiento de extradición
- Jurisdicción
- Delitos que dan lugar a extradición
- Proceso de Extradición en El Salvador
- La Extradición en la Legislación de la República de El Salvador
- Instrumentos Internacionales suscritos y ratificados por El Salvador en materia de Extradición
- Artículos de la Constitución de la República de El Salvador (1983) referentes a la Extradición
- Principios de Cooperación Internacional en la Identificación, Extradición y Castigo de los Culpables de Crímenes de Guerra, o de Crímenes de Lesa Humanidad
- Asilo
- Protección y asistencia
- El Derecho de asilo
- Requisitos
- Clasificación
- La diferencia entre asilo político y refugio en El Salvador
- Conclusión
Introducción
En la edad media los soberanos se comprometían a entregarse recíprocamente los delincuentes súbditos del Estado Peticionario y éste se comprometía a "tratar con indulgencia a los entregados" (Jiménez de Asúa) Un artículo de ese Tratado señalaba "Tanto ellos como sus bienes, mujeres, hijos y sirvientes deberán ser devueltos completamente intactos. No hay que ajusticiarlos, ni dañar sus ojos, sus bocas o sus pies"
Jiménez de Asúa aclara que en realidad los primeros convenios fueron en interés exclusivo de los soberanos, citando además el celebrado en 1174 entre el Rey de Inglaterra Enrique II y Guillermo de Escocia en el que se "estipulaba la entrega de los individuos culpables de felonía que fuesen a refugiarse en uno u otro país"
En los siglos XVII y XVII el objeto de la extradición fueron los delitos políticos. Jiménez de Asúa explica: "eran tiempos de absolutismo y los gobiernos consideraban a los reos políticos como los más peligrosos delincuentes. Por lo tanto las primeras extradiciones fueron ejecutadas contra aquellos que más tarde, en el siglo XIX habían de ser exceptuados de la entrega".
La Edad Contemporánea, trae como consecuencia una nueva visión del derecho internacional, que se va a caracterizar, entre otros, por la universalidad, en oposición al regionalismo y por la codificación de los principios de derecho internacional
En la actualidad, la internacionalización de la delincuencia, la complejidad de las nuevas figuras delictivas y el apremio de una mayor coordinación entre los Estados han incentivado –como lo expresa un documento de las Naciones Unidas– el estudio de la conveniencia de concertar convenciones multilaterales.
La extradición es el acto por el cual un Estado (Estado requerido) entrega una persona que se encuentra en su territorio a otro Estado (Estado requirente) que la busca, bien para juzgarla por un delito que se le imputa, bien para cumplir una pena impuesta previamente por los tribunales de este último Estado.
Se trata de trasladar ante el Tribunal a una persona encausada inicialmente por un tribunal nacional, en virtud del principio de la primacía del Tribunal sobre las jurisdicciones nacionales para el enjuiciamiento de los delitos que se sitúan en su ámbito de competencias, la entrega, según está definida por la Unión Europea en la orden de detención europea, que tiene por objeto la eliminación de las formalidades de extradición y la adopción del principio de reconocimiento recíproco de las sentencias penales.
El contenido de las leyes relativas a la extradición es muy diverso. Estas pueden, por ejemplo, tener por objeto el establecimiento de la normas de procedimiento de extradición, definir las condiciones que figurarán en los tratados de extradición que se concertarán en el futuro.
Como veremos a continuación existen ciertos principios que deben regir una extradición, y nuestro país no es la excepción, esto en cuanto a la extradición y al asilo político.
El asilo político es el derecho que tiene una persona a no ser extraditado de un país a otro que lo requiere para juzgarle por delitos políticos.
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