Indice1. Introducción 2. Salario 3. Obligaciones de trabajadores. 4. Trabajo de las mujeres. 5. Trabajo de los menores. 6. Trabajadores de confianza.
- Cumplir las disposiciones de las Normas de trabajo aplicables con sus empresas.
- Pagar a los trabajadores los salario e indemnizaciones.
- Proporcionar a los trabajadores, los útiles instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo.
- Proporcionar local seguro para la guarda de los inst y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador.
- Mantener el número suficiente de Asicatos para que dispongan los .
- Guardar a los trabajadores absteniéndose de un maltrato de palabra o de otra.
- Expedir cada 15 días constancia exenta de los días trabajados.
- Conceder a los trabajadores c/tiempo necesario para el ejercicio del vota, en las elecciones.
- Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo y de Educación al fin de lograr la alfabetización de trabajadores.
- Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores.
- Instalar, seguridad e higiene, prevenir riesgos de trabajo.
- No realizar propaganda política y religiosa.
- Disponer de medicamento y material de curación para primeros auxiliares.
- Contribuir al fomento de las actividades culturales.
- Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos.
Concepto de salario: Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.
El salario puede fijarse por Unidad de tiempo < por el que los podrá a disposición del trabajador, sin que pueda exigir cantidad. Unidad de obra < Alguna por concepto del desgaste natural que se hace constar la cantidad y la calidad del material, el estado de la herramienta y útiles del patrón. Plazo de pago 8 días 15 días
Salario Mínimo Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada del trabajo.
3. Obligaciones de trabajadores.
- Cumplir las Normas de trabajo que les sean aplicadas.
- Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades.
- Desempeñar el servicio.
- Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
- Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso fortuito o fuerza mayor de las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo.
- Restituir al patrón los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles, que les hay dado para el trabajo.
- Observar buenas costumbres durante el servicio.
- Integrar los organismos.
- Poner en conocimiento del patrón las enfermedades, contagiosas que padezcan.
- Comunicar al patrón las deficiencias que advierten a fin de evitar daño o perjuicios a los intereses.
- Guardar escrupulosamente los secretos técnicos y comerciales y de fabricación de los productos.
Queda Prohibido A Los Trabajadores
- Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad y la de sus compañeras de trabajo.
- Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón.
- Sustraer de la empresa útiles de trabajo o materia prima elaborada.
- Presentarse al trabajo en estado de embriagues.
- Presentarse al trabajo bajo la influencia de un narcótico o droga enervante.
- Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo.
- Suspender labores sin autorización del patrón.
- Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo.
- Usar útiles y herramientas suministrados por el patrón para objeto distinto de aquel que están destinados.
- Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del establecimiento.
- Disfrutar de las mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres.
- Protección de la maternidad.
- No se podrá utilizar su trabajo en labores insalubres y peligrosas, trabajo nocturno Industria en establecimiento comercial o de servicio después de las diez de la noche.
Derechos de las mujeres.
- No realizaran trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro para la salud en relación con la gestión.
- Disfrutarán de un descanso de 6 semanas anteriores, y seis semanas posteriores al parto.
- Al regresar al puesto que desempeñaban siempre que no haya transcurrido mas de un año de la fecha del parto.
- A los servicios de guardería infantil otorgado por el IMSS.
- Menores de 16 años tienen derecho a disfrutar de un período anual de 18 días de vacaciones laborales pagadas.
- Proporcionarles capacitación y adiestramiento.
- Jornada de 6 horas.
Queda prohibida la utilización de trabajo a menores de 16 años .
- Expendio de bebidas embriagantes de consumo
- Trabajo que afectan su moralidad a sus buenas costumbres
- Trabajo ambulantes, salvo autorización.
- Trabajos subterráneos o submarinos.
- Trabajos superiores a sus fuerzas y los que puedan impedir o retardar su desarrollo físico moral.
- Establecimiento, no industriales, después de las 10 de la Noche.
18 años Trabajos nocturnos Industriales.
- Los trabajadores de confianza no podrán formar parte de los sindicatos.
- El patrón podrá rescindir la relación de trabajo si existe un motivo razonable de perdida de la confianza aun cuando no coincida con las causas justificadas.
- El trabajador de confianza hubiese sido promovido de un puesto de planta, volverá a él salvo que exista causa justificada para su separación.
Autor:
Lic .Gabriela Villalobos MontealegreLabtech Instrumentacion S.A. de C.V