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DERECHOS Y OBLIGACIONES


     

    Indice1. Introducción 2. Salario 3. Obligaciones de trabajadores. 4. Trabajo de las mujeres. 5. Trabajo de los menores. 6. Trabajadores de confianza.

    1. Introducción

    • Cumplir las disposiciones de las Normas de trabajo aplicables con sus empresas.
    • Pagar a los trabajadores los salario e indemnizaciones.
    • Proporcionar a los trabajadores, los útiles instrumentos y materiales necesarios para la ejecución del trabajo.
    • Proporcionar local seguro para la guarda de los inst y útiles de trabajo pertenecientes al trabajador.
    • Mantener el número suficiente de Asicatos para que dispongan los .
    • Guardar a los trabajadores absteniéndose de un maltrato de palabra o de otra.
    • Expedir cada 15 días constancia exenta de los días trabajados.
    • Conceder a los trabajadores c/tiempo necesario para el ejercicio del vota, en las elecciones.
    • Permitir a los trabajadores faltar a su trabajo y de Educación al fin de lograr la alfabetización de trabajadores.
    • Proporcionar capacitación y adiestramiento a sus trabajadores.
    • Instalar, seguridad e higiene, prevenir riesgos de trabajo.
    • No realizar propaganda política y religiosa.
    • Disponer de medicamento y material de curación para primeros auxiliares.
    • Contribuir al fomento de las actividades culturales.
    • Proporcionar a las mujeres embarazadas la protección que establezcan los reglamentos.

    2. Salario

    Concepto de salario: Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo.

    El salario puede fijarse por Unidad de tiempo < por el que los podrá a disposición del trabajador, sin que pueda exigir cantidad. Unidad de obra < Alguna por concepto del desgaste natural que se hace constar la cantidad y la calidad del material, el estado de la herramienta y útiles del patrón. Plazo de pago 8 días 15 días

    Salario Mínimo Es la cantidad menor que debe recibir en efectivo el trabajador por los servicios prestados en una jornada del trabajo.

    3. Obligaciones de trabajadores.

    • Cumplir las Normas de trabajo que les sean aplicadas.
    • Observar las medidas preventivas e higiénicas que acuerden las autoridades.
    • Desempeñar el servicio.
    • Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos.
    • Dar aviso inmediato al patrón, salvo caso fortuito o fuerza mayor de las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo.
    • Restituir al patrón los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y útiles, que les hay dado para el trabajo.
    • Observar buenas costumbres durante el servicio.
    • Integrar los organismos.
    • Poner en conocimiento del patrón las enfermedades, contagiosas que padezcan.
    • Comunicar al patrón las deficiencias que advierten a fin de evitar daño o perjuicios a los intereses.
    • Guardar escrupulosamente los secretos técnicos y comerciales y de fabricación de los productos.

    Queda Prohibido A Los Trabajadores

    • Ejecutar cualquier acto que pueda poner en peligro su propia seguridad y la de sus compañeras de trabajo.
    • Faltar al trabajo sin causa justificada o sin permiso del patrón.
    • Sustraer de la empresa útiles de trabajo o materia prima elaborada.
    • Presentarse al trabajo en estado de embriagues.
    • Presentarse al trabajo bajo la influencia de un narcótico o droga enervante.
    • Portar armas de cualquier clase durante las horas de trabajo.
    • Suspender labores sin autorización del patrón.
    • Hacer colectas en el establecimiento o lugar de trabajo.
    • Usar útiles y herramientas suministrados por el patrón para objeto distinto de aquel que están destinados.
    • Hacer cualquier clase de propaganda en las horas de trabajo, dentro del establecimiento.

    4. Trabajo de las mujeres.

    • Disfrutar de las mismos derechos y tienen las mismas obligaciones que los hombres.
    • Protección de la maternidad.
    • No se podrá utilizar su trabajo en labores insalubres y peligrosas, trabajo nocturno Industria en establecimiento comercial o de servicio después de las diez de la noche.

    Derechos de las mujeres.

    • No realizaran trabajos que exijan esfuerzos considerables y signifiquen un peligro para la salud en relación con la gestión.
    • Disfrutarán de un descanso de 6 semanas anteriores, y seis semanas posteriores al parto.
    • Al regresar al puesto que desempeñaban siempre que no haya transcurrido mas de un año de la fecha del parto.
    • A los servicios de guardería infantil otorgado por el IMSS.

    5. Trabajo de los menores.

    • Menores de 16 años tienen derecho a disfrutar de un período anual de 18 días de vacaciones laborales pagadas.
    • Proporcionarles capacitación y adiestramiento.
    • Jornada de 6 horas.

    Queda prohibida la utilización de trabajo a menores de 16 años .

    1. Expendio de bebidas embriagantes de consumo
    2. Trabajo que afectan su moralidad a sus buenas costumbres
    3. Trabajo ambulantes, salvo autorización.
    4. Trabajos subterráneos o submarinos.
    5. Trabajos superiores a sus fuerzas y los que puedan impedir o retardar su desarrollo físico moral.
    6. Establecimiento, no industriales, después de las 10 de la Noche.

    18 años Trabajos nocturnos Industriales.

    6. Trabajadores de confianza.

    • Los trabajadores de confianza no podrán formar parte de los sindicatos.
    • El patrón podrá rescindir la relación de trabajo si existe un motivo razonable de perdida de la confianza aun cuando no coincida con las causas justificadas.
    • El trabajador de confianza hubiese sido promovido de un puesto de planta, volverá a él salvo que exista causa justificada para su separación.

     

     

     

     

     

    Autor:

    Lic .Gabriela Villalobos MontealegreLabtech Instrumentacion S.A. de C.V