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Vendetta judicial o venganza a la italiana

Enviado por dicataldo


     

    Me pregunto y me repregunto de donde ha surgido esta idea, que tantos adeptos ha logrado en tan poco tiempo de que quien inicia un juicio debe preveer que a quien demanda (el malo), se vengará y retrucara con otra demanda (peor), cual juego de Truco o Pocker, y esta vez, peor que la nuestra, yendo contra todo nuestro patrimonio dejándonos en la calle, por lo que lo mejor es no iniciar ningún juicio (¿?)

    Nunca falta un primo, una vecina, o una historia contada por alguien, que no se sabe bien de donde surgió, y que aconseja no hacer juicio, a pesar de que ese juicio sea reclamar como pacientes, o como victima, o porque nos atropellara un colectivo o reclamáramos ni mas ni menos que lo que nos corresponda, en cualquier caso, el miedo esta latente, como el cuco de los chicos, y la realidad es que esta venganza, no existe. (Griten conmigo: No existe!)

    Ya no sé como explicarlo, cuando el cliente, que se ve culto, formado, con educación, sale con esta creencia, este mito, que aunque la desconozcamos desde todo lugar como insólita, no creen que el abogado lo este diciendo sin mas convencimiento que el de mentir para que iniciemos el juicio igual, por tanto nuestro criterio queda por debajo de el del vecino o el primo, a quien se le vio perder la casa, el negocio, y todo porque lo chocaron con una motito ¡!

    No sé bien quien fue el que hizo andar esta historia, que ni en la facultad la he escuchado, posiblemente hayan sido los que no tienen ningún interés en que se los demande, pero aún así, ha cobrado tanta fuerza que es casi igual a la cantidad de gente que cree que cuando se pierde el juicio el abogado no debe cobrar.

    Quien inicia un juicio con justa causa, porque le deben plata, porque el medico fue negligente con el y al operarse una pierna quedó ciego, o quien como hijo del fallecido reclama a la línea de colectivo que lo dejara morir, o bien quien pretende que se cumpla con el contrato o la venta o el alquiler que no cumplió, está amparado por el código civil, comercial o penal, y es absolutamente legítimo su reclamo.

    Legítimo no es legal, es legítimo, es genuino, es con causa, es con razón, es como víctima, como quien fue dañado y por tanto se busca la reparación de tal perjuicio y agravio.

    Y de ninguna manera posible, el otro (el demandado, el vengador) se podrá valer de tal sentencia desfavorable para él y REENJUICIAR ¡!.

    Porque entonces…cual sería su legítimo reclamo para vengarse, para reenjuiciar???, que se lo demandó? Que se le gano el juicio? Que debió pagar? Eso no era ni mas ni menos que lo que debía hacer sin juicio y debió demandárselo porque de buena gana no lo hacia.

    Para recordar: el juez interviene cuando no se pueden poner de acuerdo las partes entre ellas, entonces, una de estas, dice: -"a ver Ud V.S, que tiene criterio objetivo y sabe del tema…que le parece? Como debemos arreglar esto?"– y el juez resuelve, trabaja de eso, su excelso criterio lo avala.

    Sí es cierto que si se pierde el juicio y no se tramitó, o tramitado no se concedió el Beneficio de litigar sin gastos, (ver en www.estudio-dicataldo.com.ar) entonces los honorarios del perito, del abogado y los demás gastos serán solicitados a la parte "perdidosa", además de los honorarios de nuestro abogado, quien cobra a pesar de perder, sí, el abogado trabajó dos o tres años, y no por su culpa, sino por riesgos y variables judiciales el juicio se perdió, pues el trabajo esta hecho, y a pesar del resultado, cobrara menos, pero cobra por trabajar.

    Pero si se ganó el otro paga, y si se perdió con el beneficio otorgado, entonces solo pagaremos los honorarios de nuestro abogado, y nada mas…

    Quienes leen mis artículos/notas saben que muchos nacen a partir de la consulta, sea personal, sea telefónica, sea en una reunión social o por mail, y esto lo escucho cada vez mas…Y SI ME CONTRADEMANDAN?….??????,

    es tan insólito como suponer que el juez de la causa venga a casa a comer, o que el abogado de la otra parte cuando ganemos el juicio venga a felicitarnos…así de insólito, no existe posibilidad ninguna que ocurra, ninguna, creánme.

    Imaginen además, de ser cierto, la cantidad de clientes que uno perdería por mentirles y embarcarlos en juicios destinados a perder su patrimonio y eventualmente a que los contrademanden, y la cantidad de contrademandas o venganzas judiciales que nos perdimos! (Quien invento esto?)…no olvidemos que como abogados estamos de los dos lados…y nunca contrademandé.

    Las historias que se cuentan en los pasillos, en los casamientos, en los bares, son historias irresistibles y que solo valen si fueron contadas por el protagonista, expte en mano y con el abogado presente, porque digo esto?, porque no siempre las cosas son como se cuentan, y como se dicen.

    Nadie que pierde una uña en un accidente se lo indemniza con un millón de pesos, nadie, sin embargo me han contado esa historia

    Nadie que hace un juicio con buena praxis de su abogado puede perder su casa e irse del país, menos si ganó el juicio.

    Hay algo que se cuenta mal, detalles importantes que se pierden de boca en boca y que al llegar al final, cual teléfono descompuesto, llega como esto que relato, inverosímiles relatos….

    Y los sonados "calumnias e injurias" son aquellos juicios penales en los que quienes se sienten injuriados o calumniados públicamente, (en un medio radial, televisivo o publico de cualquier manera), se los ha difamado, se dijo al público cosas inciertas de él que afectan tanto su reputación, prestigio u hombría que esto le ha causado un daño.

    El daño deberá probarse (por Ej., que pierda su trabajo).

    La calumnia deberá probarse (si fue dentro de su casa y sin testigos, no será calumnia), la que se transforma en tal cuando trasciende lo privado.

    Un juicio no es calumniar ni injuriar, menos cuando lo que le dio origen fue un hecho probado, por justa causa (accidente de auto, choque, mala praxis, despido, etc.)

    El juicio es una forma justa de resolver un conflicto particular con intervención de un juez, y no se basa en dichos, sino en hechos, que probados acreditarán nuestros dichos en la demanda….

    Espero se hayan convencido…y sino, espero jurisprudencia en contrario…

     

     

    A su disposición

    Estudio Jurídico Di Cataldo

    Especialista en Daños

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