En el campo de la auditoría la noción de apariencia está presente en toda su normatividad. En las Normas de Auditoría de la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) se afirma "Las entidades de fiscalización superior (EFS) deben ser objetivas y parecerlo" (punto 2.2.40), y en la Declaración de México sobre Independencia en el Principio No. 3, dice "Las EFS deben asegurar que su personal no desarrolle una relación demasiada estrecha con las organizaciones que audita, de modo de ser y parecer objetivas"; la Government Accountability Office (GAO) en las Normas de Auditoría Gubernamental, revisión 2003, capítulo I, Introducción, establece "Los auditores también deben ser independientes en los hechos y en la apariencia".
Y la norma distingue claramente, a la independencia en dos vertientes "La independencia de hecho (su independencia mental, que es evidentemente una cuestión relativa al fuero interno), y la independencia de apariencia (que el público crea que el profesionista es independiente)"[1].
De tal forma que el Director del Instituto de Auditores Censores Jurados de Cuentas de España, señala "Nos encontramos, entonces, con que la auditoría debe ser la única profesión que cumpla con la independencia exigida en la ley y apariencia de independencia establecida por los legisladores para que la sociedad, en general, tenga esa percepción"[2], en pocas palabras, se concibe que no basta que el auditor sea independiente, sino que el público crea que es independiente.
Pero creer es dar por cierto una cosa que no está demostrada, o también, dar completo crédito prestado a un hecho. La primera acepción linda con la anticiencia, y en eso caen las afirmaciones no científicas que se hacen sin conocer la forma de su demostración o cuando se apela al principio de autoridad intelectual de las importantes instituciones normativas, como: la INTOSAI, la Internacional Federation of Accountants (IFAC), o el Institute of Internal Auditors (IIA) entre otras, ante la ausencia de validación metodológica. En la segunda, la palabra crédito proviene de la raíz latina credo, que significa "yo creo", de esta palabra se ha derivado el concepto de credibilidad, que se define como la capacidad de ser creído, y "la credibilidad se compone de dos dimensiones principales: capacidad de generar confianza y grado de conocimiento, donde ambas poseen componentes objetivos y subjetivos. La capacidad de generar confianza es un juicio de valor que remite al receptor basado en factores subjetivos" (Wikipedia).
La independencia constituye un pilar fundamental de la auditoría, y se reconoce como condición necesaria que garantiza la objetividad e integridad de esta actividad. Esto representa el pensamiento que ha dominado nuestra época, sin embargo, problematizar los términos que se encuentran implícitos pareciera un ejercicio ingenuo e inútil para la práctica docente, profesional, y de investigación, dado que históricamente la auditoría pública o fiscalización ha sido determinada por la auditoría privada, es decir, por la auditoría surgida para el sector privado, y ha marcado una profunda influencia en la visión o concepción de la auditoría que ha oscilado entre la apariencia y la verdad, en una distinción donde lo aparente resulta más importante que la propia realidad, en un reflejo que expresa "la independencia aunque en realidad exista, si no parece que existe, no sirve para nada".
El Director del Instituto de Auditores Censores Jurados de Cuentas de España, lo ejemplifica "Sin temor a estar muy de la realidad podemos señalar que hay dos tipos de independencia, una económica formal y otra de pensamiento. La primera puede medirse y es objeto de normas éticas de regulaciones en cada país que pueden ser modificadas. La segunda es, posiblemente, la que nos atañe más íntimamente , aquel aspecto psicológico que se aprende a través de la experiencia y que puede realmente, influir en la actividad profesional en una forma mucho más significativa que la primera ya que no puede ser vista, se mantiene escondida y no puede ser medida"[3].
En forma similar, otro estudio señala la diferencia entre la independencia real y la aparente "Real: la independencia real es inobservable y se sitúa en los planteamientos más personales e internos del auditor, rozando cuestiones relativas a su posición ante el desarrollo de una profesión y a su propia concepción de la ética profesional. Pero ¿cómo adentrarnos en las entrañas de los auditores para conocer si sus actuaciones están respondiendo a planteamientos éticos?
La respuesta podría ser contundente: es imposible. Por ello, debemos utilizar algún signo que nos ayude a mostrar de forma más clara la posición de independencia del auditor. Dicho signo suele ser la independencia aparente. Aparente: en ocasiones resulta doloroso para los propios auditores pedirles que parezcan independientes, pero con ello lo que se intenta es dar una solución a la propia realidad. ¡No basta con ser independientes hay que parecerlo! Los signos externos permiten hacer valoraciones sobre si la independencia del auditor está o no comprometida"[4].
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