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Derecho penal internacional


Partes: 1, 2

    1. Introducción
    2. Capítulo I. El Derecho Penal Internacional
    3. Capítulo II. Tribunales del Derecho Penal Internacional
    4. Capítulo III. El Estatuto de Roma y la Corte Penal Internacional
    5. Bibliografía

    Trabajo de Metodología de la Investigación:

    "Derecho Penal Internacional"

    Introducción

    El presente trabajo tiene como finalidad, contribuir al análisis del Derecho Penal Internacional, haciendo énfasis en los Tribunales Penales ad-hoc, dentro de los cuales sobresale la Corte Penal Internacional y su Estatuto de Roma. Para tal efecto se ha optado por partir de la consecución de hechos cronológicos, que motivaron la creación de los organismos internacionales de vigilancia penal, contenidos en este trabajo.

    Es cierto como sostiene Ferrajoli, que la Corte es un elemento fundamental para la constitución del Derecho Penal Internacional, pues coadyuva a que los derechos y normas de esta rama se cumplan al proporcionar garantías para hacerlos efectivos[1], se trata de un proceso de judicialización de las violaciones a derechos humanos[2] que sin embargo "es tan solo un primer y tímido paso en la lucha por el Derecho"[3]. Este trabajo constituye un paso (igualmente tímido) para conocer a cabalidad el contenido del Estatuto y su influencia en el Derecho Penal Internacional.

    Capítulo I: EL DERECHO PENAL INTERNACIONAL

    1. CONCEPTO Y CONTENIDO:

    El Derecho penal internacional es la rama del Derecho que define los crímenes internacionales y regula el funcionamiento de los tribunales competentes para conocer de los casos en los que los individuos incurran en responsabilidad penal internacional, imponiendo las sanciones que correspondan. El surgimiento de esta rama supone una importante evolución respecto del Derecho internacional clásico, que era esencialmente interestatal y no consideraba a la persona como sujeto de Derecho internacional.

    El Derecho Penal Internacional se ha ido constituyendo, afianzando y desarrollando dentro de un ambiente de plena actividad delictiva internacional, es decir; "frente a la violación por parte de los individuos de las normas del derecho internacional"[4] existe una "reacción jurídica"[5] a través de un proceso de perfeccionamiento cooperativo estatal sobre la prevención y la represión de actos delincuenciales.

    Dentro de lo que se puede llamar la internacionalización de la criminalidad, se presenta en dos aspectos: El primero funcional y el segundo tecnológico.

    a) Funcional.- Esto se asume como la internacionalización del peligro en la sociedad, producto de la realización de actos delincuenciales, entendiéndose a éstos como delitos contra la paz y seguridad de la humanidad, atentados contra la humanidad, actos que representan peligro para algunos Estados y/o quebrantamiento de las relaciones internacionales.

    b) Tecnológico.- Esto se establece como la internacionalización de las formas y los métodos de actos delictivos; es decir, el desarrollo de la organización delictiva internacional, tráfico ilícito transfronterizo de mercancías y otros valores, uso de las comunicaciones con el objetivo de concretizar actos delictivos, tráfico ilícito de personas, etc."[6]

    Dentro del Derecho penal internacional es especialmente relevante la existencia de la Corte Penal Internacional, el primer tribunal de justicia internacional permanente, creado en 1998 y con sede en La Haya, del cual ahondaremos mas adelante en este trabajo.

    2. HISTORIA

    Se encuentran algunos precedentes del derecho penal internacional antes de la Primera Guerra Mundial. No obstante, es tras esta guerra cuando se plantea la creación de un auténtico tribunal penal internacional que enjuiciaría a los responsables de crímenes cometidos durante el conflicto. Así lo previó la Parte Séptima del Tratado de Versalles de 1919 para juzgar al Kaiser Guillermo II de Alemania; pero los Países Bajos ofrecieron asilo al emperador, lo que frustró la iniciativa.

    Tras la Segunda Guerra Mundial, las potencias aliadas acordaron, en virtud de la Carta de Londres, la constitución de un tribunal que juzgaría no sólo crímenes de guerra, sino también los crímenes contra la humanidad cometidos bajo el régimen Nazi. Los conocidos como juicios de Nuremberg comenzaron el 20 de noviembre de 1945, y se dictó sentencia el 30 de septiembre y el 1 de octubre de 1946. También se creó un tribunal similar para los crímenes de guerra japoneses, el Tribunal Penal Militar Internacional para el Lejano Oriente, que operó entre 1946 y 1948.

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