- Fundamento constitucional
- Descripcion del minimo vital y movil
- Diferencia entre salario basico y salario minimo vital
- Remuneracion minima vital y movil, proporcional a la cantidad y calidad del trabajo
- La igualdad y oportunidades para los trabajadores
- Ordenamiento nacional
- Bibliografia
INTRODUCCION
Los constituyentes del 91 dejaron muy claro su deseo de establecer y garantizar los derechos de la clase obrera mediante las normas establecidas en la constitución política, que propenden por una vida digna y un trabajo bien remunerado; estableciendo en esta los principios mínimos que deben contener el estatuto del trabajo(articulo 53 C.P).
Siendo dos de ellos remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad del trabajo; igualdad y oportunidades para los trabajadores, siendo estos básicos para garantizar una vida digna, permitiendo gozar de los mínimos derechos de la persona.
Además nos permite mirar los alcances que tiene dicho ordenamiento pues Colombia a ratificado varios acuerdos con la OIT (organización internacional del trabajo).
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL
Los principios mínimos que debe contener el código sustantivo del trabajo se encuentra consignado en el artículo 53 de la Constitución Política, que además es concordante con el artículo 25 ibídem que consagra al mismo como un derecho.
DESCRIPCION DEL MINIMO VITAL Y MOVIL
Definición.
Mínimo. Significa que es la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia por su jornada laboral.
1El salario mínimo básico en Colombia lo establece el concejo nacional Laboral por consenso fijara salarios mínimos de carácter general o para cualquier región o actividad profesional, industrial, comercial, ganadera, agrícola o forestal de una región determinada. En caso de que no haya consenso en el Consejo Nacional Laboral, el Gobierno, por medio de decretos que regirán por el término que en ellos se indique, puede fijar dichos salarios.
Vital. Quiere decir que debe asegurarle al trabajador la satisfacción de sus necesidades básicas, esto es alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y cobertura previsional.
Móvil. Implica que debe ajustarse periódicamente de acuerdo a las variaciones del costo de la vida.
El salario mínimo vital tiene por objeto, asegurar al trabajador y a su familia, alimentación adecuada, vivienda digna, vestuario, educación, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión. Actúa en realidad como garantía mínima salarial en todo el país, aplicándose en la práctica: a) cuando las convenciones colectivas de trabajo
1 articulo 147 Código sustantivo del trabajo
fijen salarios inferiores; b) cuando se trate de una actividad que no esté regida por convenciones colectivas de trabajo o estatuto especial.
El salario mínimo vital se expresa en montos mensuales, y horarios, y es susceptible de actualización periódica (móvil).
DIFERENCIA ENTRE SALARIO BASICO Y SALARIO MINIMO VITAL
El salario básico es aquel establecido por consenso en el consejo nacional laboral o por el gobierno, y el salario mínimo vital seria aquel con el cual el trabajador podría suplir todas sus necesidades esenciales.
REMUNERACION MINIMA VITAL Y MOVIL, PROPORCIONAL A LA CANTIDAD Y CALIDAD DEL TRABAJO
A trabajo igual, salario igual
2A trabajo igual desempeñado en puesto, jornada y condiciones de eficiencia también iguales, debe corresponder salario igual.
Así lo ha entendido la Corte Constitucional, quien en Sentencia C-1433 de octubre de 2000 con ponencia del Dr. Antonio Barrera Carbonell expresa:
"Estima la corle que el ajuste del salario, desde la perspectiva señalada, no corresponde propiamente a su incremento, pues, para que exista un incremento en la remuneración, verdadero y efectivo, se requiere que ésta so revise y modifique, aumentándola, luego del ajuste de inflación, teniendo en cuenta los factores reales de carácter socioeconómico que inciden en su determinación y. específicamente, la necesidad de asegurar el mínimo vital y la equivalencia con lo que corresponde al valor del trabajo Esta equivalencia debe ser real y permanente, conseguirla supone necesariamente mantener actualizado el valor del salario, ajustándolo periódicamente en consonancia con el comportamiento de la
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