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Transparencia y responsabilidad política en México


Partes: 1, 2

    1. Justificación
    2. Objetivos
    3. Transparencia
    4. Rendición de Cuentas
    5. Ley Federal de transparencia y acceso a la información pública gubernamental
    6. El Pleno del IFAI
    7. Estructura de apoyo al Pleno
    8. Visión sintética de la Ley de Transparencia
    9. Conclusión
    10. Bibliografía
    11. Anexos

    Introducción

    Si bien desde 1977 se incorporó al texto constitucional, el derecho a la información, nunca se elaboró la ley reglamentaria correspondiente, por lo cual el manejo de la documentación había quedado al arbitrio de la autoridad en turno, hasta la promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información, en junio de 2002.

    El ifai no puede ser considerado formalmente como un órgano jurisdiccional debido a su peculiar naturaleza jurídica de organismo descentralizado de la administración publica federal; es un órgano administrativo facultado para conocer, por la vía del recurso de revisión, sobre las negativas a las solicitudes de acceso a la información publica gubernamental, es valido afirmas que se trata de un órgano capaz de resolver una controversia jurídica y emitir resoluciones, ya que por la ley tiene autonomía de decisión, que debe garantizar la independencia en su forma de resolver las cuestiones que se le presenten, por lo anterior, resulta imperativo que el organismo especializado guarde autonomía e independencia frente al poder ejecutivo y garantice un ejercicio imparcial y objetivo frente a las disputas jurídicas que en torno a los alcances de la LFTAIPG se produzca entre un solicitante y alguna entidad o dependencia gubernamental.

    El ifai esta obligado a emitir sus resoluciones cubriendo los requisitos constitucionales de fundamentaciòn y motivación a efecto de robustecer la fuerza de sus determinaciones en materia de acceso a información en los casos de solución a los de revisión que se le presenten.

    Objetivo general.- distinguir la forma en que estén reguladas las garantías individuales y sociales así como la estructuración en las distintas constituciones políticas y su vinculación con los derechos humanos para poder aplicarlas a la practica y en nuestra defensa y para obtener un conocimiento global de la materia.

    Objetivo especifico.-

    Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos

    Transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información que generan los sujetos obligados

    Garantizar la protección de los datos personales en posesión de los sujetos obligados

    Favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados

    Mejorar la organización, clasificación y manejo de los documentos

    Contribuir a la democratización de la sociedad mexicana y la plena vigencia del Estado de derecho

    JUSTIFICACIÓN

    Realizar una investigación acerca de la ley federal de transparencia y acceso a la información pública gubernamental, para así tener conocimiento de ella para nuestro futuro uso.

    "TRANSPARENCIA Y RESPONSABILIDAD

    POLÍTICA EN MÉXICO"

    La rendición de cuentas actualmente es un termino utilizado, por toda la ciudadanía o el "pueblo"; ya que al parecer desde la primera acta Constitutiva de 1917, los ciudadanos mexicanos tienen derecho, de pedir cuentas a sus gobernantes representativos, en todas la jerarquías existentes, para esto como ciudadanos tenemos que estar enterados e informados sobre como se puede llevar a cabo este derecho que por ley tenemos desde hace mucho tiempo.

    En todos los debates parlamentarios desde 1917 hasta 1997 ha sido utilizado el termino de "Rendir Cuentas", pero verdaderamente jamás aplicado y respetado, a partir de 1997, el presidente Zedillo fue retomando el termino, pero; el presidente Vicente Fox propuso una ley Transparencia y Acceso a la Información, que fue aprobada en México D.F. a 30 de abril de 2002, Beatriz, Paredes Rangel, Presidenta…en el cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Articulo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia , expido el presente decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los diez días del mes de junio del dos mil dos. Vicente Fox Quesada. Rúbrica. El Secretario de Gobernación, Santiago Creel Miranda. Rúbrica. Publicada en el Diario Oficial de la Federación.

    Con la creación de el IFAI (Instituto Federal de Acceso a la Información Pública), es un órgano de la Administración Publica Federal, con autonomía presupuestaria y de decisión, encargado de promover y difundir el ejercicio del derecho a la información; resolver sobre la negativa a las solicitudes de acceso a la información, y proteger datos personales en poder de dependencias personales en poder de dependencias y entidades. Esto quiere decir que las expectativas que parecían nulas, después de tanta lucha y tantos años de exigir democracia en este país. México tiene ya una democracia electoral, y exige ahora una rendición de cuentas que por medio del electorado han sido elegidos, ahora el "pueblo" quiere saber que es lo que están haciendo nuestros gobernantes.

    Partes: 1, 2
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