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Ley antiterrorista: contrainsurgencia preventiva (página 2)

Enviado por Juan Chaneton


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Aquel atentado a las Twin Towers operó la mise en scène. Como quería Brzezinski, se trató de una "agresión externa" devenida amenaza permanente, generalizada y así considerada por la mayoría del pueblo de los Estados Unidos que, entonces, aceptó, atemorizado, el terror jurídico que le impuso la "patriot act". Y aceptó, asimismo, ir a morir y a matar a Irak.

El interrogante que debemos contestarnos a nosotros mismos aquí, en el sur, es si siempre vamos a adoptar como hipótesis de trabajo libretos escritos por otros, en otra parte.

 

 

Autor:

Juan Chaneton

27/12/2011

[1] Ver Defensa nacional y seguridad; Tte. Gral. J. C. Mugnolo, en La Nación, 27/11/02, p. 17.

[2] Los instrumentos internacionales en la materia suscriptos hasta hoy por la Argentina son: Convenio para la represión del apoderamiento ilícito de aeronaves; La Haya, 16/12/1970, ratificado por ley 18.730. Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil; Montreal, 23/9/1971, ratificado por ley 17.793. Convenio sobre la prevención y el castigo de delitos contra personas internacionalmente protegidas, inclusive los agentes diplomáticos. Aprobado por la Asamblea General de la ONU el 14/12/1973, ratificado por ley 22.509. Convención Internacional contra la toma de rehenes. Aprobada por la Asamblea General de la ONU el 17/12/1979, ratificada por ley 23.956. Convenio sobre la protección física de los materiales nucleares; Viena, 3/3/1980, ratificado por ley 23.620. Protocolo para la represión de actos ilícitos de violencia en los aeropuertos que prestan servicios a la aviación civil internacional, complementario del Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la aviación civil; Montreal, 22/2/1988, ratificado por ley 23.915. Convenio para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima; Roma, 19/3/1988, ratificado por ley 24.209. Protocolo para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental; Roma, 10/3/1988, ratificado por ley 24.209. Convenio internacional para la represión de los atentados terroristas cometidos con bombas. Asamblea General de la ONU, 15/12/1997, ratificado por ley 25.762. Convenio Internacional para la represión de la financiación del terrorismo. ONU, 9/12/1999; en consideración para su ratificación. También se halla en consideración para su ratificación la Convención Interamericana contra el Terrorismo firmada por nuestro país en Barbados el 3 de junio de 2002.

[3] Guy Sorrman, en La Nación, 8/9/2003. p. 17.

[4] Thierry Meyssan, Red Voltaire, Revista Contralínea.

[5] James Wolsey; en La seguridad internacional en el año 10 D.G. (después de la guerra fría), de Mariano César Bartolomé; Instituto de Publicaciones Navales, Buenos Aires, 1999, p. 203.

[6] Mariano César Bartolomé, op, cit., p. 280.

[7] Zbigniew Brzezinski, asesor de seguridad nacional del presidente James Carter, tiene dicho en su libro El gran tablero mundial, que tanto el Banco Mundial como el FMI son organismos que forman parte del sistema de dominación global de los EE.UU. Es una afirmación que data de 1998, pero habida cuenta de la función que se halla jugando el Grupo de Acción Financiera Internacional, no resulta desatinado considerar que también éste es una ficha importante en la geoestrategia mundial estadounidense.

[8] Sherman Kent: Inteligencia estratégica; Pleamar, Buenos Aires, 5º edición, 1994, p. 57.

[9] Zbigniew Brzezinski: El gran tablero mundial, Paidós, Buenos Aires, 1998, p. 213.

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