Algunos supuestos de recepción jurídica y de derecho comparado
Enviado por Fernando Jesús Torres Manrique
- Recepción
- Derecho comparado
- Recepción de un objeto jurídico
- Características de estas recepciones
- Clases de Derecho comparado
- Derecho comparado de dos objetos jurídicos
- Derecho comparado de más objetos jurídicos
Introducción
El derecho comparado es muy importante en el estudio del derecho por ello, queremos dedicarle estas líneas a efecto de destacar su enorme importancia, la cual trasciende a otras disciplinas jurídicas, como por ejemplo el derecho civil, penal, administrativo, constitucional, procesal, registral, notarial, aduanero, tributario, de comercio internacional, de Internet y las tics, informático, global, entre otras tantas.
El derecho comparado contiene diversos temas que deben merecer estudios por parte de los comparatistas o comparativistas, por lo tanto, hemos querido brindar en la presente sede conocimientos mas amplios del tema materia de estudio, ya que el tema resulta obvio y harto conocido, sin embargo, pocos lo conocen, lo cual nos ha motivado a desarrollar el presente en forma un tanto pormenorizada, lo que debe ser materia de otros estudios mas amplios, sobre todo con mayor número de ejemplos.
En todo caso uno de los temas que queremos explicar es que los supuestos de la recepción es sólo una parte de los supuestos del derecho comparado, es decir, la recepción es un tema mas pequeño que el derecho comparado, o dicho de otra forma el derecho comparado es un tema mas extenso que la recepción.
La recepción es un tema mas reducido que el derecho comparado, por ello, al estudiar el último también estudiamos el primero.
Si un abogado conoce la recepción, es claro que sólo conoce una parte del derecho comparado, porque deja de lado otros temas, dentro de los cuales podemos citar la comparación, microcomparación, macrocomparación, armonización, unificación, fusión y escisión de derechos, inspiraciones, transplantes, entre otros tantos temas del derecho comparado, los cuales en el derecho peruano han alcanzado escaso desarrollo.
Recepción
La recepción es cuando se acoge un objeto jurídico, pudiendo ser del mismo derecho o de otro, por ejemplo puede ser del derecho peruano al derecho español, o del derecho peruano del siglo XIX al derecho peruano del siglo XXI, lo cual hemos desarrollado en otra sede, por lo tanto, es claro o resulta claro que no queremos repetir conocimientos vertidos en otras sedes u oportunidades.
Derecho comparado
El derecho comparado consiste en comparar fuentes del derecho, es decir, entre la misma fuente del derecho o entre diferentes fuentes del derecho. Por ejemplo en el primer supuesto puede ser comparar la ley alemana con la ley peruana. Y en el segundo supuesto es por ejemplo comparar la jurisprudencia con las ejecutorias sobre un determinado tema o totalmente.
Recepción de un objeto jurídico
La recepción de un objeto jurídico es cuando por ejemplo se recepciona una ley u otra fuente del derecho.
5. RECEPCION DE VARIOS OBJETOS JURIDICOS
La recepción de varios objetos jurídicos puede ser de:
1) De dos objetos jurídicos.
2) De tres objetos jurídicos.
3) De cuatro objetos jurídicos.
4) De cinco objetos jurídicos.
5) De seis objetos jurídicos.
6) De siete objetos jurídicos.
7) De ocho objetos jurídicos.
8) De nueve objetos jurídicos.
9) De diez objetos jurídicos.
10) De mayor número de objetos jurídicos.
6. RECEPCION DE DOS OBJETOS JURIDICOS
La recepción de dos objetos jurídicos es cuando se recepciona dos leyes u otras fuentes del derecho. Por ejemplo la recepción de dos jurisprudencias o de dos ejecutorias, entre otras tantas posibilidades.
7. RECEPCION DE TRES OBJETOS JURIDICOS
La recepción de tres objetos jurídicos es cuando se recepciona tres leyes u otras fuentes del derecho. Por ejemplo la recepción de tres costumbres.
8. RECEPCION DE CUATRO OBJETOS JURIDICOS
La recepción de cuatro objetos jurídicos es cuando se recepciona cuatro leyes u otras fuentes del derecho. Por ejemplo la recepción de cuatro ejecutorias.
9. RECEPCION DE CINCO OBJETOS JURIDICOS
La recepción de cinco objetos jurídicos es cuando se recepciona cinco leyes u otras fuentes del derecho. Por ejemplo la recepción parcial de cinco códigos civiles.
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