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Lineamientos Policiales en Control de Multitudes y Disturbios Civiles


Partes: 1, 2

  1. Finalidad
  2. Principios
  3. Técnicas
  4. Organización y constitución de las Unidades de Servicios Especiales (USE)
  5. Organización y/o constitución del grupo de control de multitudes y disturbios civiles
  6. Armamento, munición, material y equipo que debe poseer el grupo de control de multitudes y disturbios civiles
  7. De las formaciones del grupo de control de multitudes y disturbios civiles
  8. Planeamiento policial adoptado para control de multitudes y disturbios civiles por la Unidad de Servicios Especiales de la Policía Nacional

Finalidad

Establece lineamientos para la preparación especializada e intervención del personal de la policía nacional del Perú, en control de multitudes y disturbios civiles, para lograr uniformidad en los procedimientos y respeto irrestricto de los derechos humanos, que permitan un eficaz y eficiente servicio policial de garantizar, mantener y restablecer el orden público.

OBEJTIVOS

Las unidades de servicios especiales adoptarán procedimientos para garantizar, mantener y restablecer el orden público, impidiendo reuniones tumultuosas que evidencien amenaza de violencia contra la vida y propiedad pública, privada y patrimonio personal, contraviniendo disposiciones constitucionales, legales o medidas dictadas por las autoridades competentes.

Principios

  • 1. Proteger la vida e integridad física de la persona humana.

  • 2. Garantizar, mantener y/o restablecer el orden público y la paz social.

  • 3. Proteger bienes y/o patrimonio público y privado.

  • 4. Respeto irrestricto de los derechos humanos.

NORMAS

  • 1. Las unidades de control de multitudes y disturbios civiles deben contar con un reglamento y/o directiva propia para su aplicación en el cumplimiento de sus funciones; incluye la responsabilidad del comandante y el empleo del personal a sus órdenes, así como las técnicas y procedimientos que deben adoptarse en el servicio policial.

  • 2. El jefe de unidad adoptará las medidas pertinentes para disponer el uso de armamento no letal y/o letal, material logístico, equipo complementario, unidades móviles y otros, indispensables para la intervención policial.

  • 3. El personal de las unidades de servicios especiales (use) sin excepción, debe ser instruído oportunamente para conocer la normatividad legal y el reglamento y/o directiva, para intervenir conforme al ordenamiento jurídico vigente.

  • 4. El actuar del personal policial use, se orienta básica y elementalmente garantizar, mantener y/o restablecer el orden público, proteger la vida e integridad física de los manifestantes, así como de aquellos que no participen en la acción, sin descuidar la protección del patrimonio público y privado.

Técnicas

  • 1. Exhibir fuerzas organizadas y disciplinadas, debidamente equipadas e instruidas para impactar psicológicamente en la multitud, observando la legalidad y derechos y libertades fundamentales de la persona acorde con la constitución política del Perú y tratados internacionales en materia de derechos humanos.

  • 2. Empleo de fuerzas y equipo necesarios, utilizándose acorde a las circunstancias caballos y perros policías, vehículos motobombas y agentes químicos, en forma gradual y proporcional a la situación presentada.

Organización y constitución de las Unidades de Servicios Especiales (USE)

La compañía use encargada del control de multitudes y distrubios civiles debe mantener la organización que a continuación se detalla:

  • 1. Uno (01) compañía está constituida por dos (02) o más secciones.

  • 2. Uno (01) sección está constituida por dos (02) o más grupos.

  • 3. Uno (01) grupo está conformado por nueve (09) efectivos use PNP.

El personal policial deberá permanecer concentrado (acuartelados) en la sede de los locales use; durante su permanencia recibirá constante instrucción técnico profesional, táticas y estrategias de formaciones de control de multitudes, uso de la vara de goma, máscara antigas, uso de agentes químicos, escopeta lanza gas, escopeta de caza, defensa personal, detenciones y otros.

Organización y/o constitución del grupo de control de multitudes y disturbios civiles

  • Uno (01) oficial del grado de alférez y/o teniente, como jefe de grupo (nº 01)

  • Seis (06) granaderos del grado de suboficiales (Nºs. 02, 03,04, 05, 06 y 07)

  • Dos (02) tiradores con escopeta lanza proyectiles (lanza gas y de caza) del grado de suboficiales (Nºs. 08 y 09).

El grupo control de multitudes y disturbios civiles es la unidad elemental de empleo para garantizar y controlar con éxito una determinada multitud; el armamento, equipo y material que posee, le permite capacidad para definir una acción con gran maniobrabilidad; las formaciones que adopte le permitirá:

  • Dividir multitudes

  • Efectuar detenciones

  • Desalojar una calle bloqueada

  • Cubrir servicios en puntos estratégicos

  • Impresionar psicológicamente a la multitud

  • Proteger dignatarios y autoridades competentes acorde las circunstancias

Armamento, munición, material y equipo que debe poseer el grupo de control de multitudes y disturbios civiles

  • 1. El oficial jefe de grupo (nº 01) llevará:

  • Pistola de puño cal. 9 mm. Más (30) cartuchos

  • Partes: 1, 2
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