- Factores de violaciones en DD.HH en la crisis medio ambiental que vivimos
- El derecho a la información
- Caso Potreros de los Funes
- El diagnóstico socioambiental de Potreros de los Funes
- Anteproyecto de Ley de Ordenamiento territorial en cumplimiento de la Ley Nacional Nº 26.331
- Contaminación Municipio de Juan Jorba. Provincia de San Luis
- Bibliografía
Factores de violaciones en DD.HH en la crisis medio ambiental que vivimos
a) Participación de la sociedad civil en los derechos humanos de tercera generación.
En San Luis durante los últimos 10 años surgieron una serie de instituciones de la sociedad civil, una de las mas antiguas con presencia y reconocimiento social es la Fundación Inti Cuyum, y Equilibrio Vital. Posteriormente, surgen las ONGs Pircas, Samay Huasi, Apeyus, la ONG Braislosky, FOAPRA, (federación que integra a casi la mayoría de las ONG de San Luis Capital), y por último en el año 2007 nace Ecocultura.
Algunas de estas ONG, surgieron del seno de la UNSL, y de profesionales que allí se desempeñan es el caso de Samay Huasi, Pircas, y Apeyus.
Las características de estas ONG son disímiles, cada una de ellas se dedican a actividades diferentes, y tienen poco involucramiento social, existen contrastes organizacionales bien marcados, que las podemos categorizar del siguiente modo:
ONG Profesionalizada pero sin mayor involucramiento social.
ONG Profesionalizada y con involucramiento social.
ONG Sin estructuración.
La gran mayoría de las ONGs ambientales de San Luis tienen demasiado objetivos generales, y mal definidos sus objetivos específicos, como del mismo modo carecen de estrategias efectivas en los trabajos concretos en políticas ambientales por estar falto de formación y capacitación en las mismas, no poseen sistematizadas sus acciones en cuanto a archivos de prensa, archivos de notas, comunicaciones institucionales, instrumentos de medición y/o análisis de FODA institucional, del mismo modo carecen de conocimientos del impacto de su actividad .
También se observa que el voluntarismo de estas asociaciones es escaso, hay casos de instituciones que poseen un alto número de socios y solamente participan algunos miembros de la comisión directiva, otros puntuales en donde solamente figuran algunos dirigentes y se encuentran en total acefalía y es sostenida la institución por dos o tres personas. Y en casos puntuales donde la ONG es presidida por una sola persona, legalmente inscripta con socios que nunca participan.
Entre estas organizaciones ambientales suelen darse intercalación de políticas, algunas carecen totalmente de marcos teóricos y metodologías de trabajos, y en caso de las que tienen también se observa que algunas compiten para obtener subsidios, se observa una carencia metodológica para articular políticas publicas con el gobierno provincial.
En cuanto a las políticas de DD. HH. que estas instituciones dicen defender, nos encontramos con que varias de ellas poseen estatutos copiados, sus objetivos no dejan claramente definidas sus políticas, sus metas no están lo suficientemente delineadas. Del Mismo modo se observa que en la mayoría de estas ONG, no tienen incluidas en sus estatutos la defensa jurídica de los derechos humanos a proteger, puntualmente nos referimos que si una ONG no esta facultada para presentar un recurso de amparo, o presentar una demanda judicial, cualquier tribunal puede desechar este petitorio, por no estar incluido en sus estatutos.
Las principales dificultades de estas instituciones es que no poseen subsidios, y las posibilidades de que le aprueben un proyecto a nivel provincial son escasas, ya que el principal competidor de estas instituciones son los grupos de servicios de la UNSL, que poseen el capital humano, tecnológico, laboratorios, espacios físicos de una institución pública al servicio de las políticas ambientales provinciales, especialmente en lo que se refiere a evaluaciones de impacto ambiental. Las ONGs no pueden ofrecer estos servicios por los costos que ello implicaría.
Por otro se suma a esto la falta de reconocimiento del estado provincial sobre el rol y la función de las instituciones de la sociedad civil.
Al menos 4 ONGS de San Luis, surgieron frente a las políticas ambientales desatinadas del gobierno provincial de San Luis, caso de Samay huasi, Braisloky, Foapra y Ecocultura, las que usualmente son tildadas de "opositoras".
La mayoría de las ONGs ambientales perciben una total falta de interés del Gobierno Nacional en promover los derechos humanos ambientales, no existen proyectos de capacitación, ni proyectos que estimulen esta área de defensa de los derechos civiles.
b) Políticas ambientales y Derechos Humanos.
Las competencias de Provincias, municipios y comunas en materia ambiental en primer lugar, se ubican intrínsecamente en el sistema jurídico ambiental nacional, ello quedó plasmado en la Constitución Nacional de 1994 y con él, la relación entre dos niveles de gobierno: el de la Nación y el de las provincias. Recuérdese que en nuestra carta magna se declara un principio internacional al establecer en su artículo 41 que: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo".
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