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Algunas reflexiones en torno al embargo preventivo de bienes en el proceso económico


Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. El embargo de bienes incidental: Mecanismo de Tutela Judicial. Defensa jurídica del derecho de crédito. Presupuestos procesales
    3. El Embargo preventivo de bienes en el proceso económico: antecedentes y similitudes con el proceso civil
    4. Conclusiones
    5. Bibliografía

    Reflexiones en torno al embargo preventivo de bienes en el proceso económico: similitudes con el civil y óptica de aplicación en Granma

    Resumen

    El presente artículo, preñado de la crítica científica en pos del perfeccionamiento del ordenamiento jurídico cubano, también hace centro de la exposición científica de la doctrina nacional más selecta, para de conjunto y con particulares puntos de vista lograr que el destinatario del mismo, en particular cualquier otro operador jurídico en cualquier ordenamiento, pueda apropiarse de los conocimientos presentados y si así lo considera llegar al debate y consenso de la misma índole científica. Así, se hace imperante por la dinámica en la conformación y aplicación del derecho el análisis intersistemático de los principales fenómenos de este, máxime cuando referimos un mecanismo garantista de la satisfacción de los intereses personales de la parte actora de un proceso, en particular económico, y que este mecanismo de embargo preventivo encuentra una dimensión civil en cuanto a la regulación procesal y las lagunas mismas que en su búsqueda casuística pueden encontrarse al intentar aplicarlo. Téngase en cuenta que para nuestro Estado la propiedad que tiene una legitimación y fundamento constitucional es debidamente protegida y con ello existe una mínima interferencia de las normas citadas en la esfera de la limitación al ejercicio del derecho fundamental a la propiedad. De cualquier manera, como bien indica el título, se logran ilustrar algunas reflexiones sobre la regulación y posibilidades de aplicación del mismo en el proceso económico desde la óptica de los antecedentes y similitudes con el proceso civil.

    Introducción

    La particular relación obligatoria que protege de forma manifiesta la norma jurídico-positiva cubana[1]en tanto se le otorga su pertinente regulación y protección, se torna eje central involuntario en un acercamiento al estudio de cualquiera de los mecanismos de tutela en pos de la satisfacción de la expectativa latente de un acreedor respecto a sus intereses y a la no lesión de su persona (espiritual o materialmente, implicándose al unísono la satisfacción de sentimientos personales de carácter invaluable y bienes susceptibles de la indispensable patrimonialidad).

    El sujeto activo de dicha relación jurídica obligatoria –luego de inmiscuirse de facto y de iure en la típica causa generadora de la obligación- ha de sentir plena seguridad material y jurídica para que en ese período prudente o con cierto grado de permanencia en el tiempo en que la prestación será cumplimentada no se frustre su visión de cumplimiento futuro o resultado mismo de aquella, pues la misma o puede ser incumplida o defectuosamente cumplida perjudicando a ese acreedor e iniciando un período de responsabilidad en que es efectivamente exigible la satisfacción o interposición de la pretensión para obtener la condena judicial y se conmine al pago o cumplimiento debido. Todo lo cual implica además un aspecto procesal en aras de la adecuada usanza en vía jurisdiccional de las reglas de las cuales puede valerse ese acreedor que avizora un peligro en el cumplimiento referido o sobre el cual subyace el resultado de un notorio incumplimiento o cumplimiento defectuoso.

    Toda la problemática obligacional[2]delimitaciones de construcción teórica de la expectativa de ese acreedor o medios de tutela preventiva generales o especiales doctrinales, judiciales, exigencia de la pretensión de cumplimiento, medidas de ejecución o ejecución forzosa, queda perfectamente deslindada y lo trascendental e inherente al fondo del asunto se traduce en la merecida protección que el derecho conjuga en ese plano procesal para evitar la lesión al interés del acreedor aún y cuando pueda referirse al objeto de una controversia o litis dentro de un proceso principal, y que se atente contra ese objeto sobre el cual versa aquel. Así, sirva este pequeño artículo de análisis del embargo preventivo de bienes en la teoría y normas cubanas como un necesario mecanismo de tutela judicial susceptible igualmente de perfección para el consiguiente mejoramiento de la protección formal y material.

    DESARROLLO

    El embargo de bienes incidental: Mecanismo de Tutela Judicial. Defensa jurídica del derecho de crédito. Presupuestos procesales

    Partes: 1, 2
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