- Introducción
- Conceptos
- Características de los Principios Generales de Derecho
- Funciones de los Principios
- Principios generales del Derecho Penal peruano
- Código Penal de 1991 vigente
Introducción
Uno de los temas más interesantes para la investigación y enseñanza del Derecho en el Perú esta relacionado con los "Principios Generales del Derecho" entre los países pertenecientes al sistema y familia Romanística de un lado y los países pertenecientes al Common Law de otro lado, dos familias que en la actualidad, son las más importantes, pues las demás con la globalización deben a una de las dos su marcada influencia.
Aquellos que están inmersos en el Common Law o angloparlantes , el tema no es importante ni necesario, porque no tienen un sistema legal y doctrina universal sino jurisprudencial e indudablemente individualista a decir de clásicos franceses del Derecho de gran autoridad académica.
PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
Conceptos
Los principios generales del Derecho son los enunciados normativos más generales que, sin perjuicio de no haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de procedimientos formales, se entienden forman parte de él, porque le sirven de fundamento a otros enunciados normativos particulares o recogen de manera abstracta el contenido de un grupo de ellos.
Estos principios son utilizados por los jueces, los legisladores, los creadores de doctrina y por los juristas en general, sea para integrar lagunas legales o para interpretar normas jurídicas cuya aplicación resulta dudosa.
Los principios generales del derecho es harto sugestivo y sobre él se han producido en abundante literatura la filosofía y la dogmatica jurídica; como que representa uno de los mas claros y fuertes vínculos de conexión y enlace entre una y otra disciplina.
Los principios generales de derecho en su mas alto y comprensivo sentido son materia propia del filosofo del Derecho; empero hallándose ellos en la raíz misma de las instituciones jurídicas particulares no pueden ser extraños al jurista profesional y a éste pertenecen desde luego y a su competencia están, cuando descienden de aquellas alturas para encarnar en la vida prestando espíritu, color y base a los preceptos de una legislación positiva. En él transito de una o otra esfera lo que ganan en concreción y acaso en intensidad, lo pierde en amplitud y extensión; al fin ese transito representa una mayor un acomodamiento en que la virtud del principio, antes generalísimo, se infunde en términos más particulares que a su modo la incitan y disminuyen, dividiendo principios ya menos generales y más limitados.
Los principios generales de Derecho son el aval de toda disquisición jurídica; ellos emparan los razonamientos jurídicos aunque estos tomen por base un precepto de ley o de costumbre, sirviéndoles de altísimo fundamento, cuyo caso son de fuente primaria difusa de solución jurídica que acompaña a todos los fallos expresa o tácitamente
DEL VECCHIO, estima que los principios generales del Derecho por el legislador son los de derecho romano o común o de derecho civil positivo rechaza la teoría llamada derecho libre iliberal a su entender, porque concede al juez un cierto poder legislativo contra la dogma constitucional de la división de los poderes y vuelve sus ojos aquellos otros principios altísimos, sumo, que están que están en la base del derecho romano y común y de él son presupuestos, que se han trasmitido entre los prácticos por antiquísima tradición y cuyas huellas se encuentran en los polvorientos tratados de Derecho natural. De las dos tendencias, filosóficas e historicista, que, respectivamente, domina las contestaciones A la pregunta cómo hayan de entenderse los principios generales del Derecho, invocados por el legislador italiano, DEL VECCHIO se sitúa dentro de la filosofía que describe al Derecho natural esa función supletoria e integradora de las reglas del Derecho Positivo.
Características de los Principios Generales de Derecho
Son enunciados normativos que expresan un juicio deontológico acerca de la conducta a seguir en cierta situación o sobre otras normas del ordenamiento jurídico. Cada uno de estos principios generales del Derecho, es un criterio que expresa un deber de conducta para los individuos, el principio o un estándar para el resto de las normas
Naturaleza y fundamento
Respecto a los principios generales del Derecho se ha desarrollado una polémica acerca de si ellos son extraños o externos al Derecho positivo, o si son una parte de él.
Según la posición de la escuela del Derecho natural racionalista, hoy ya superada, los principios generales, serían principios de un Derecho natural entendido como orden jurídico separado del Derecho positivo.
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