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Derecho cooperativo. Legislación cooperativa. Autoridad de aplicación

Enviado por Fredy Ariel Duarte


Partes: 1, 2

    1. Derecho Cooperativo y Legislación Cooperativa
    2. Autoridad de Aplicación de La Ley de Cooperativas
    3. Conclusión

    Introducción

    El hombre en su afán de mejorar sus condiciones de vida, creó una nueva forma de coactuar basada en la solidaridad, democracia, honestidad, educación, entre otros, lo que posteriormente se denominaría "Cooperativismo".

    Este pensamiento se extendió por todo el mundo con la misión de ayudar a la sociedad principalmente en el sector económico.

    Nuestro país no fue la excepción. A partir de las primeras décadas del Siglo XX, ya existían las primeras manifestaciones del espíritu cooperativo y en consecuencia dando origen a las primeras cooperativas.

    Más tarde, el Estado intervendría para legalizar las Instituciones cooperativas adoptando las primeras leyes como medida para regular este fenómeno social creado por el hombre para facilitar y hacer más efectivas sus actividades encaminadas a la producción, prestación de servicios, créditos, etc.

    Seminario

    Derecho Cooperativo

    Derecho Cooperativo y Legislación Cooperativa

    • a) Introducción al sistema legal en el Paraguay

    El nacimiento del fenómeno cooperativo, que emerge de las entrañas del capitalismo en auge a fin de cuentas no es más que el cumplimiento de la contradictoria ley dialéctica del desarrollo social, al determinar toda la etapa de su evolución, da lugar a una formación nueva. Para los socialistas de la escuela evolucionista como Owen- Simón – Fourrier y otras que son los precursores del cooperativismo, este en cambio de lo viejo a lo nuevo, se produce por vía de la evolución pacifica, ordenada no violenta siendo así que el cooperativismo en su máxima expresión y resultado.

    Sea la razón que fuere, ya por comodidad o por insuficiencia del desarrollo de nuestra cultura jurídica de la época, a pocos años de la terminación de la guerra del 70 en el Paraguay adopto e incorporo a su legislación positiva con muy escasas modificaciones en el código civil y de comercio de la republica Argentina.

    El código de comercio argentino de 1889 (resultado de la reforma del código de comercio de 1859-62) incorporo la figura de la sociedad cooperativa reduciendo el tratamiento de la materia o solamente tres artículos: 392 -393 -394 de los diez que contemplaba el proyecto de la reforma de Lisandro Segovia.

    De esta manera el derecho positivo recogía el hecho cooperativo como parte integrante de la legislación común, estableciendo los requisitos indispensables para la formación de la sociedad. El artículo 392 disponía que las cooperativas están obligadas a adoptar algunas de las formas contenidas en la norma legal, exigencia que es una palmaria negación de la autonomía del derecho cooperativo.

    • Ley 13635/42

    El decreto ley Nª 13635 fue dictado el 18 de julio de 1942. Fue el primer régimen legal en materia de cooperativa en Paraguay. Este decreto – ley permitió legalizar el funcionamiento de las mismas y el nacimiento de otras entidades al amparo de esta ley.

    Si bien es cierto que se contaba con un régimen legal el mismo limito el crecimiento del sector cooperativo nacional ya que solamente hablaba de las cooperativas agropecuarias e industriales rurales quedando fuera este régimen legal todas aquellas cooperativas que no eran de producción agropecuaria tales como; el ahorro, créditos, consumo etc.

    Este decreto-ley tuvo vigencia por casi treinta años. A la promulgación de la ley 349/72 había en Paraguay 190 cooperativas en su mayoría del sector agropecuario.

    • Ley 349/72

    Esta fue la segunda ley que regulaba las actividades de las cooperativas del país, entro en vigencia en enero de 1972, la misma consta de 113 artículos y su decreto reglamentario Nª 27384 de 83 artículos esta ley permitió una mayor apertura del sector y el fomento de nuevas organizaciones cooperativas, si bien su crecimiento no fue significativo, se logro la creación de federación y centrales que aglutinaron varias cooperativas dentro de su entorno; hay que tomar en cuenta la época en la cual tuvo vigencia esta ley donde las cooperativas no eran muy vistas, considerando que cualquier asociación de personas eran miradas como subversivos fue derogada en octubre de 1994 tras 22 años de aplicación.

    • La ley actual de cooperativas 438/94

    La nueva ley 438/94 entro a regir a partir de octubre de 1994 y consta de 132 artículos.

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