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Deber de Legislación

Enviado por Arturo Clery


Partes: 1, 2

    1. Derechos
    2. Régimen del buen vivir

     TÍTULO SEGUNDO

    DERECHOS

    CAPÍTULO SEGUNDO

    DERECHOS DEL BUEN VIVIR

    SECCIÓN QUINTA

    Educación

    Art.26.- La Educación es un derecho de las personas a lo largo de su vida y un deber ineludible e inexcusable del Estado. Constituye un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e inclusión social y condición indispensable para el buen vivir. Las personas, las familias y la sociedad tienen el derecho y la responsabilidad de participar en el proceso educativo.

    • EDUCACIÓN

    Es el proceso mediante el cual una persona desarrolla su capacidad física e intelectual.

    • PERSONAS

    Seres humanos masculino o femenino que tienen deberes y obligaciones que cumplir.

    • VIDA

    Existencia de los seres en el mundo

    • DEBER

    Son obligaciones que una persona tiene que cumplir; por leyes o normas sociales, laborales, religiosas, políticas, etc.

    • ESTADO

    Unidad política y jurídicamente organizada en un territorio determinado, clase o condición en que esta sujeta la vida de cada uno.

    • POLÍTICA

    Arte doctrino u opinión referente al gobierno de los estados, actividad que rigen o aspiran regir los asuntos Políticos para alcanzar un fin determinado.

    • GARANTÍAS

    En la seguridad y protección que se le da a un o un servicio realizado Ejm: reparación de accesos o hacer un crédito.

    • IGUALDAD

    Es la relación existente entre dos cosas iguales.

    • INCLUSIÓN SOCIAL

    Es incorporarse a un grupo social.

    • BUEN VIVIR

    Contar con las comodidades indispensables en el hogar Ejm: vivienda, salud, educación, agua, luz, trabajo, etc.

    • FAMILIA

    Grupo de personas emparentadas entre si que viven juntas.

    • SOCIEDAD

    Reunión mayor o menor de personas que puede ser pueblos o naciones.

    • PROCESO EDUCATIVO

    Son etapas del aprendizaje por Ejm: desde el 1ernivel hasta 3er nivel, escuela, universidad.

    Art.27.- La educación se centrará en el ser humano y garantizará su desarrollo holístico, en el marco del respeto a los derechos humanos, al medio ambiente sustentable y a la democracia; será participativa, obligatoria, intercultural, democrática, incluyente y diversa, de calidad y calidez; impulsara la equidad de genero, la justicia la solidaridad y la paz; estimulará el sentido crítico, el arte y la cultura física, la iniciativa individual y comunitaria, y el desarrollo de competencia y capacidades para  crear y trabajar.

    La educación es indispensable para el conocimiento, el ejercicio de los derechos y la construcción de un país soberano, y constituyente u eje estratégico para el desarrollo nacional.

    • EDUCACIÓN

    Es el proceso el cual una persona desarrolla su capacidad física e intelectual.

    • DERECHO

    Todas las personas son iguales y gozan de los mismos derechos, deberes y oportunidades.

    • DERECHOS HUMANOS

    Justicia propia que tiene a su favor cada persona y todas tenemos que respetar.

    • MEDIO AMBIENTE

    Condiciones o circunstancia que existen en el entorno o medio social que nos rodea.

    • DEMOCRACIA

    Sistema de Gobierno en la que la soberanía pertenece al pueblo, designando y controlando a sus gobernantes elegidos libremente.

    • JUSTICIA

    Ley que debe aplicarse con igual derecho para todas las personas sin parcialidades.

    • SOLIDARIDAD

    Es la reflexión activa del ser humano de hacer el bien y ayudar a los demás.

    • PAZ

    Sosiego y tranquilidad que debe existir en todo el mundo, especialmente en las familias.

    • CREAR TRABAJO
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