- Factura
- Orden de compra
- Remito
- Recibos
- Nota de débito
- Nota de crédito
- Cheque
- Pagaré
- Nota de crédito bancaria o Boleta de depósito
Factura
Es un comprobante de compra escrita que el vendedor entrega al comprador detallando las mercancías que le ha vendido, indicando cantidades, naturaleza, precio y demás condiciones de la venta. La factura es el documento principal de la operación de compraventa con ella queda concretada y concluida la operación y es un documento de contabilidad y medio de prueba legal
Como mínimo la factura debe extenderse por duplicado. El original queda en poder del comprador y el duplicado queda para el vendedor y con el se contabiliza la venta y el cargo al comprador.
Las partes que intervienen en una factura son el Documentante y tercero titular de la mercadería.
Requisitos de la Factura:
Numeración progresiva, consecutiva
Nombre y apellido o Razón Social
Domicilio Comercial
Número de CUIT
Deberán estar identificadas por las letras A, B, C, ubicadas en el centro del espacio superior según corresponda en su relación al IVA
Nombre y CUIT de imprenta
Tipos de facturas
Las facturas pueden ser de tres tipos:
A: Ordinarias: documentan la operación comercial.
B: Rectificativas: documentan correcciones de una o más facturas anteriores, o bien devoluciones de productos, envases y embalajes o comisiones por volumen.
C: Recapitulativas: documentan agrupaciones de facturas de un período. Para que esta factura tenga validez fiscal se han de anular las anteriores.
Clases
Pueden ser:
Factura de Plaza: Es el documento que se extiende cuando las ventas se realizan en la localidad donde radica el vendedor.
Factura de Expedición: Es la factura que se extiende cuando la venta se realiza a compradores que radican en localidades diferentes a la del vendedor, ocasionando gastos de embalaje, transporte, otros.
Orden de compra
Es el comprobante que emite el comprador para pedir mercaderías al proveedor indicando condiciones de pago y forma de entrega. También es llamado nota de pedido.
En la Orden de Compra intervienen el comprador y el vendedor.
Deberán extenderse cómo mínimo dos ejemplares: uno que queda en poder del que lo suscribió (comprador) y otro, que es el que se entrega o envía al vendedor.
Requisitos
Lugar y fecha de emisión.
Nombre y número de orden del comprobante.
Nombre y domicilio del comprador y del vendedor.
Número de C.U.I.T.; ingresos brutos; fecha de inicio de actividades y condición frente al I.V.A. del emisor.
Número de C.U.I.T. y condición frente al I.V.A. del destinatario.
Detalle de las mercaderías solicitadas.
Condición de pago y entrega.
Firma del comprador o encargado de compras.
Datos de la empresa que imprime el documento, habilitación municipal, fecha de impresión y numeración de los documentos impresos.
Debe aclararse que es un documento no válido como factura y colocar la letra "X".
Tipos:
Pueden ser cerradas o abiertas. A su vez pueden ser de pedidos de materiales, de servicios o contratos. Esta
diferenciación se establece debido a que la información necesaria para la gestión de cada una de ellas puede
ser diferente.
Las órdenes de compra abiertas pueden definirse con un monto máximo y por un período de validez.
Remito
Se utiliza este comprobante para ejecutar la entrega o remisión de los bienes vendidos. En él, la persona que recibe esos bienes deja constancia de su conformidad, y con ello queda concretado el derecho del vendedor a cobrar y la obligación del comprador a pagar. Sirve de base para la preparación de la factura. Las partes intervinientes son el comprador y el vendedor.
El remito se extiende por triplicado: el original firmado por el vendedor se entrega al adquirente; el duplicado, con la conformidad del comprador por los efectos que los ha recibido, queda en poder del vendedor y se destina a la sección facturación para que proceda a la emisión de la factura. Por último el triplicado permanece en la sección depósito par constancia de las mercaderías salidas.
Página siguiente |