Importancia de la contratación estatal a través de los procesos de selección
Enviado por Fernando Calos Vinicio Valdivia Correa
- Análisis
- Elaboración y Ejecución del PAC
- Exceptuaciones a la contratación estatal a través de procesos de selección
- Responsabilidades funcionales
- Los Informes de Auditoría
- Sanciones administrativas
- Conclusiones
En el presente trabajo, analizaremos la importancia de la contratación estatal mediante los respectivos procesos de selección, con la finalidad que las Entidades Públicas se provean de bienes y servicios y/o ejecuten obras; así como las responsabilidades administrativas [1]de los funcionarios y servidores públicos en las comisiones de infracciones y sanciones por incumplimiento de la normatividad legal e infralegal respectiva.
Base Legal
Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.
Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, Reglamento de la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público.
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad.
Ley Nº 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.
Directiva Nº 005-2009-OSCE/CD, Plan Anual de Contrataciones.
Análisis
Obligatoriedad de contratar mediante procesos de selección
1) Con fecha 01 de febrero del año en curso [2]entró en vigencia la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante LCAE), y su Reglamento (en adelante Reglamento de la LCAE).
2) En tal sentido, se infiere que todas las Entidades Públicas se encuentran en la obligación de contratar a través de procesos de selección, con la finalidad de proveerse de bienes o servicios y/o de ejecutar obras [3]
Requisitos previos a la contratación estatal mediante procesos de selección
3) No obstante ello, para cumplir con estas contrataciones, previamente las Entidades deberán tener en consideración la aprobación de los siguientes instrumentos de gestión:
Plan Estratégico Institucional (PEI)[4].
Plan Operativo Institucional (POI)[5].
Plan de Trabajo Institucional (PTI)[6].
Presupuesto Institucional[7]
Cuadro Consolidado de Necesidades elaborado por la Oficina de Logística [8]en función de las metas presupuestarias y requerimientos de bienes, servicios y obras; las mismas que deben contar con certificación presupuestal.
Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (PAC).
Elaboración del Expediente de Contratación.
Designación del Comité Especial.
Elaboración de las Bases Administrativas.
Elaboración y Ejecución del PAC
4) Tal cual lo señalado Ut Supra, el PAC contiene la descripción de los bienes, servicios u obras a contratar durante el presente año fiscal, el valor estimado de cada uno de ellos, la fuente de financiamiento, la fecha prevista de convocatoria, así como el tipo de proceso y modalidad de selección: Licitaciones Públicas, Concursos Públicos, Adjudicaciones Directas Públicas, Adjudicaciones Directas Selectivas y Adjudicaciones de Menor Cuantía[9]
5) Por ende, solamente se podrá convocar y efectuar procesos de selección que hayan sido incluidas previamente en el PAC; caso contrario, dichos procesos serán declarados nulos de oficio, no pudiendo ser regularizados en ningún caso, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad o del funcionario a quién se le haya delegado la aprobación del PAC.
6) Por ello, la Oficina de Logística es el órgano encargado de gestionar oportunamente la aprobación de la realización de los procesos de selección conforme a la programación establecida en el PAC; así como de obtener la certificación presupuestal de recursos disponibles [10]incluyendo la fuente de financiamiento, para la ejecución de cada proceso de selección previsto en el PAC.
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