- Concepto
- Evolución del conocimiento de embarque
- Clases de Bill of Lading "Conocimiento de embarque"
- Legislación nacional
- Diccionario términos del Bill of Lading
- Pronunciamientos vinculantes
- Conclusiones
- Bibliografía
Introducción
Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora. Pueden ser de contenido crediticio, corporativos o de participación, y de tradición o representativos de mercancías.
En este caso lo que originariamente se concibió como un documento de recibo que acredite la propiedad de las mercancías transportadas a grandes distancias y que se efectúan por vía marítima esencialmente, denominado "Conocimiento de embarque", evoluciona y se hace necesario que adquiera características esenciales de título valor, como su negociabilidad.
Sin embargo no sólo se requiere su convertibilidad o negocio, sino también que sea seguro y garantice al propietario de la mercancía su entrega al destinatario correcto y también para el porteador o transportador que es responsable de su tránsito, la entrega al consignatario adecuado.
Estas y otras necesidades modifican el Conocimiento de embarque o en términos internacionales llamado "Bill of lading"a que se disgregue en documentos que asumen diversas situaciones, como al portador, no negociable, contra entrega previo documento y otros que permiten diversificar el ámbito de acción de este documento que crece y se convierte en un título valor de alcance internacional.
La necesidad de tener una legislación uniforme que reglamente el comercio internacional, obliga a las Naciones Unidas a expresar el Convenio de Hamburgo, donde se hace precisiones sobre el Conocimiento de embarque y su aceptación por diversos países, comprometiéndose a incluir dichos requerimientos en sus legislaciones internas.
EL CONOCIMIENTO DE EMBARQUE
Concepto
"El Conocimiento de embarque es el recibo que prueba el embarque de la mercancía. Sin este título no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino. De acuerdo al medio de transporte toma el nombre específico (Conocimiento de embarque marítimo o "Bill of Lading" o conocimiento de embarque aéreo "Airwail", guía aérea, si es por vía aérea)".
El "conocimiento de embarque" es el documento por medio del cual se instrumenta el contrato de transporte de mercaderías por agua. Es el equivalente a la "carta de porte" en el transporte aéreo o terrestre.
El "conocimiento" debe ser entregado por el transportador, capitán o agente marítimo, al cargador, contra la devolución de los recibos provisionales.
Evolución del conocimiento de embarque
La evolución tecnológica que afecta aquellas prácticas, y en particular los distintos mecanismos de elaboración de los contratos de transporte, financiero y de compraventa de mercaderías a distancia, sumados a la transformación que se observa en el transporte y comercialización, motivan la aparición de nuevos documentos y de una mecánica innovadora en su emisión, a requerimiento de las partes, importadores y exportadores del comercio exterior.
Es así que la aparición de una nueva documentaciónpara el transporte de mercaderías por agua y la difusión de los llamados "sea way bills", se inscribe en las llamadas 'nuevas tendencias" del Derecho de la Navegación.
En este caso, innovación en la forma de documentar el embarque y la propiedad de la carga transportada por vía marítima. Si en apretada síntesis se repasa sobre la evolución de la documentación señalada, se advierte que, culminando un proceso histórico en pos de lograr seguridad instrumental en la certificación de los embarques en los buques y en la del contrato de transporte, aparece el conocimiento de embarque, documento que, a poco andar, en el siglo pasado sobrepasa su primitiva y sencilla redacción, propia de un simple 'recibo", para terminar siendo considerado como un verdadero "título valor", representativo de las mercaderías en él consignadas y, por lo tanto, útil y reconocido para su circulación jurídica y la comercialización de las mismas.
Esa historia conocida, fue consolidando y afirmando en sus funciones al "conocimiento de embarque", aportando la seguridad jurídica que las partes originarias (transportador-cargador) y otros sujetos al contrato de transporte de mercaderías por agua (consignatario, comprador de la mercadería, bancos, etc.) requieren.
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