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Método analítico de auditoría tributaria (página 2)

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Partes: 1, 2

CASO PRÁCTICO Nº 01

La empresa comercial que no ha presentado declaración jurada por tanto ha sido requerida por la SUNAT para su fiscalización y el contribuyente presenta alguna documentación y el auditor presume que la información es inconsistente, por tanto decide aplicar el método analítico de auditoría, el auditor tributario cuenta con la siguiente información.

a)

VENTAS

282,368.00

Costo de Ventas

-234,996.00

UTILIDAD BRUTA

47,372.00

G. Administrativos

-3,830.00

G. de Ventas

-2,110.00

UTILIDAD OPERATIVA

41,432.00

OTROS INGRESOS Y GASTOS

Ingresos

11,940.00

Gastos

-500.00

UTILIDAD NETA

52,872.00

b)

CONCEPTO

A

B

C

Costo de Mercadería

210.00

150.00

350.00

Valor de venta

273.00

198.00

448.00

Compras del Ejercicio

19,800.00

50,300.00

63,700.00

Inventario Inicial

18,900.00

32,000.00

14,000.00

Inventario Final

8,200.00

6,900.00

8,700.00

Mermas

300.00

200.00

250.00

DETERMINACIÓN DE UTILIDAD SEGÚN AUDITORÍA

a) Margen de Utilidad

CONCEPTO

A

B

C

Costo de Mercadería

210.00

150.00

350.00

Valor de venta

273.00

198.00

448.00

Margen de Utilidad

30%

32%

28%

b) Calculo de las Ventas

Inventario Inicial

18,900.00

32,000.00

14,000.00

Compras del Ejercicio

79,800.00

50,300.00

63,700.00

Total Mercadería

98,700.00

82,300.00

77,700.00

(-) Inventario Final

-8,200.00

-6,900.00

-8,700.00

(-) Mermas

-300.00

-200.00

-250.00

Costo de Mercadería

90,200.00

30%

75,200.00

32%

68,750.00

28%

Margen de Utilidad

27,060.00

24,064.00

19,250.00

117,260.00

99,264.00

88,000.00

edu.red

CONCEPTO

VENTAS SEGÚN AUDITORÍA

VENTAS SEGÚN CONTRIBUYENTE

DIFERENCIAS

Mercadería A

38.51%

117,260.00

108,739.92

8,520.08

Mercadería B

32.60%

99,264.00

92,051.97

7,212.03

Mercadería C

28.89%

88,000.00

81,576.11

6,423.89

100%

304,524.00

282,368.00

22,156.00

c) Determinación de la Base Imponible

Impuesto a la Renta

Ventas Omitidas

22,156.00

x

30%

6,647.00

I. G. V.

Ventas Omitidas

22,156.00

x

19%

4,210.00

Impuesto por Regularizar

10,857.00

edu.red

CASO PRÁCTICO Nº 02

Ferretería "EL SOL" dedicado a la venta de materiales de construcción no presento declaración jurada del IMPUESTO A LA RENTA y al ser requerido por la SUNAT no presento los libros contables, solamente documentos relacionados con hechos tributarios por la cual el auditor tributario, tomó como muestra dos productos que representan el 50% de movimiento de la empresa, además recopilo la siguiente información.

VENTAS

6,965,000.00

Costo de Ventas

-6,088,000.00

UTILIDAD BRUTA

877,000.00

G. Administrativos

-400,000.00

G. de Ventas

-366,000.00

UTILIDAD OPERATIVA

111,000.00

OTROS INGRESOS Y GASTOS

Ingresos

220,000.00

Gastos

-284,000.00

UTILIDAD NETA

47,000.00

 

CONCEPTO

A

B

Existencia Inicial

418,300.00

166,600.00

Compras

1,750,000.00

3,708,300.00

(-) Inventario Final

500,000.00

300,000.00

(-) Mermas

66,000.00

33,000.00

Margen de Utilidad

35%

30%

 

Inventario Inicial

418,300.00

166,600.00

Compras del Ejercicio

1,750,000.00

3,708,300.00

Total Mercadería

2,168,300.00

3,874,900.00

(-) Inventario Final

-500,000.00

-300,000.00

(-) Mermas

-66,000.00

-33,000.00

Costo de Mercadería

1,602,300.00

3,541,900.00

edu.red

5,144,200.00

Margen de Utilidad

560,805.00

1,062,570.00

edu.red

1,623,375.00

VENTAS

2,163,105.00

4,604,470.00

6,767,575.00

DETERMINACIÓN DE LAS VENTAS

VENTAS

COSTO DE VENTAS

Según Contribuyente

6,965,000.00

6,088,000.00

Según Auditoría

6,767,575.00

5,144,200.00

197,425.00

943,800.00

edu.red

 

COSTO

VENTAS

Costo según auditoría

5,144,200.00

6,767,575.00

diferencia de costo de ventas

943,800.00

X

X

=

1,241,638.60

edu.red

Venta omitida

 

Impuesto a la Renta

1,241,638.60

x

30%

372,491.58

I. G. V.

1,241,638.60

x

19%

235,911.33

608,403.00

edu.red

CASO PRÁCTICO Nº 03

PRESUNCIÓN.- La empresa comercial "DON TOYO E.I.R.L." con RUC Nº 20406402576 se encuentra comprendido en el régimen general del Impuesto a la Renta, sus operaciones comerciales del 2007, el auditor tributario de la SUNAT examinó el registro de ventas, compras – ventas mensuales, declarada en el PDT 621 con sus respectivos impuestos y pagos.

El auditor tributario verifico el registro de ventas, determinó ventas omitidas lo cual distorsiona los pagos efectuados por el IGV e I.R., los ingresos omitidos fueron detectados con cruce de información con terceros debidamente comprobados, por lo cual cuenta con la siguiente información.

MESES

FECHA DE PAGO

INGRESO DECLARADO

INGRESO OMITIDO

Enero

13 feb. 2007

32,000.00

 

Febrero

14 mar. 2007

44,300.00

100.00

Marzo

18 abr. 2007

49,500.00

 

Abril

17 may. 2007

50,500.00

8,000.00

Mayo

19 jun. 2007

34,000.00

 

Junio

19 jul. 2007

57,000.00

7,500.00

Julio

21 ago. 2007

54,200.00

 

Agosto

22 set. 2007

43,700.00

 

Septiembre

10 oct. 2007

36,500.00

 

Octubre

13 nov. 2007

51,000.00

6,900.00

Noviembre

13 dic. 2007

49,000.00

3,650.00

Diciembre

15 ene. 2008

28,000.00

 

La empresa durante el año 2007, para pagos a cuenta del I.R. utilizó lo dispuesto por el art. 85 inciso b de la ley del I.R., y la declaración del I.R. del 2007 fue como sigue:

  • Renta Neta : 432 000.00

  • Impuesto pagado : 129 600.00

Con fecha 30 de abril del 2008 la Administración Tributaria emite resolución de determinación indicando la cuantía de los tributos con sus respectivos intereses de acuerdo establecido en el art. 77 del Código Tributario.

DETERMINACIÓN DE MAYORES OMICIONES EN 4 MESES (art. 66 Cod. Trib.)

edu.red

edu.red

RENTA DECLARADA

432,000.00

INGRESOS OMITIDOS

68,986.00

TOTAL

500,986.00

 

CALCULO DEL IMPUESTO 500,986.00 x 30%

=

150,296.00

IMPUESTO PAGADO

IMPUESTO OMITIDO

=

(129,600.00)

=

20,696.00

ACTUALIZACIÓN

Del 01-04-2008 al 30-04-2008 =

30días x 0.05%=1.5%

20,696.00 x 1.5%

=

310.00

=

21,006.00

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CASO PRÁCTICO Nº 04

La empresa durante el año 2007 aplicó para la determinación, para los pagos a cuenta lo establecido en al Art. 85 inc. b de la ley (el sistema del 2%),

La Renta Neta del 2007 fue de S/. 375 000.00 y el impuesto declarado al 28 de marzo del 2008 y pagado fue de S/. 112 500.00.

Se pide:

  • Determinar los ingresos omitidos para el caso del IGV

  • Determinar el Impuesto a la Renta omitido

  • Infracciones cometidas por el contribuyente

  • Fecha 19 de diciembre del 2008

edu.red

edu.red

edu.red

IMPUESTO DECLARADA

375,000.00

IMPUESTO OMITIDOS

4,970.00

TOTAL

379,970.00

edu.red

edu.red

 

 

 

Autor:

Hermer Cari

Partes: 1, 2
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