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Derecho financiero


Partes: 1, 2

    1. Autonomía del Derecho financiero
    2. Diferencia del Derecho financiero con el Derecho administrativo
    3. Fuentes del Derecho financiero
    4. Relación del Derecho financiero
    5. Conclusión
    6. Bibliografía

    Ámbito financiero

    Partiendo del término coloquial "finanzas", indaguemos qué significa. Según el "Diccionario de la Lengua Española" editado por la Real Academia, la palabra "finanzas" tiene dos usos:

    1) Caudales, bienes y

    2) Hacienda pública.

    De igual modo, el mismo diccionario desarrolla el adjetivo "financiero". Esta palabra proviene del francés financier, finances, como "lo perteneciente o relativo a la hacienda pública, a las cuestiones bancarias y bursátiles o a los grandes negocios mercantiles".

    El "Diccionario Ideológico de la Lengua Española" de Casares coincide con los significados del sustantivo finanzas. Sin embargo, el término "financiero" tiene uno más: "Hombre entendido en asuntos de hacienda pública o de banca".Podemos entonces, resumir las connotaciones de la palabra finanzas en lo siguiente: Negocios privados y hacienda pública, es decir, el ámbito privado y el ámbito público. Este es el sentido coloquial y corriente. Pero, ¿en qué sentido se emplea en el mundo jurídico? He aquí lo que nos interesa. Para ello, repasemos como es utilizada por los estudiosos del tema.

    Para Héctor B. Villegas "las finanzas en su concepción actual, tiene por objeto examinar cómo el Estado y demás entes públicos obtienen ingresos y cómo se efectúan concretamente sus gastos"

    El profesor Grizzioti, de la escuela de Pavía, dice que finanzas proviene del latín financia, que se refiere a los medios necesarios para los gastos públicos y la consecución de los fines del Estado.

    Por otro lado, el "Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual" de Cabanellas, indica que finanzas es una galicismo que se refería a la Hacienda pública, hacienda real, tesoro público, etc. pero que desde 1970, se admitió por la Academia como lo referido a caudales, bienes y hacienda pública. De igual forma, define el término financiero como "lo concerniente a la Hacienda pública, a las operaciones bursátiles, al tráfico bancario y a los grandes negocios industriales o mercantiles".

    Aceptando que jurídicamente el término finanzas, se refiere a los ingresos y gastos del Estado, así como lo relacionado con la actividad mercantil, ¿son las finanzas públicas o privadas o ambas objeto de estudio del derecho financiero?. Visto de otro modo, preguntémonos, ¿qué estudia entonces el derecho financiero? Es reconocida la importancia que tuvo Myrbach Rheinfeld, allá por 1910, al abordar esta cuestión sosteniendo que debe entenderse por Derecho Financiero lo referido a "las normas del derecho público positivo que tienen por objeto la reglamentación de las finanzas de las colectividades públicas".

    El conocido jurista Pugliese añadió en 1937 "…disciplina que tiene por objeto el estudio sistemático del conjunto de normas que regulan la recaudación, gestión y erogación de los medios económicos pertenecientes al Estado y a las demás entidades públicas, para el desarrollo de su actividad, y el estudio de las relaciones jurídicas entre los poderes y los órganos del Estado, entre los ciudadanos y el Estado y entre los ciudadanos mismos, derivados de la aplicación de tales normas".

    El profesor español Sainz de Bujanda definió al derecho financiero en los siguientes términos: "rama del derecho público interno que organiza los recursos constitutivos de la Hacienda del Estado y de las restantes entidades públicas, territoriales e institucionales y regula los procedimientos de percepción de los ingresos y de ordenación de los gastos y pagos que tales sujetos destinan al cumplimiento de sus fines".

    El Derecho Financiero es el conjunto de normas jurídicas que regulan la actividad financiera del Estado en sus diferentes aspectos, es la rama del Derecho que regula la actividad financiera del estado y de los entes públicos, tiene por objeto el estudio sistemático de las normas que regulan los recursos económicos, que el Estado y los demás entes públicos pueden emplear para el cumplimiento de sus fines, las necesidades públicas.

    La actividad financiera es el conjunto de actos que realiza el estado u otro ente público para obtener los ingresos y realizar los gastos necesarios para alcanzar sus fines. Estos son satisfacer las necesidades públicas. Es esta una actividad compleja que necesita estar regulada por normas de derecho.

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