Soberanía y TLC: enfoque integral
Enviado por Guillermo Quiros Alvarez
- La zona económica exclusiva y el futuro energético
- El territorio en el TLC
- Soberanía y territorio
- El territorio de Estados Unidos
- Ejercicio soberano
- Normas complementarias dentro del articulado principal del TLC, que favorecen la explotación de los grandes recursos marinos
- Nuevo argumento del SI vs sector pesquero artesanal (25.000 familias de la costa)
- Conclusión
Ante la excesiva preocupación del SI en los asuntos marinos al haber errado en la negociación, han tratado de poner una débil cortina de humo para confundir a nuestro pueblo. Por ello reitero la certeza de que nuestra soberanía se afecta a través de la toma estratégica de los más valiosos recursos naturales, por encima de la consideración de cualquier video.
Por el bien suyo, de su familia y de nuestra Patria, analice los razonamientos siguientes en la tranquilidad de su hogar y compare con manifestaciones surgidas al calor de un ataque del momento.
1. La zona económica exclusiva y el futuro energético
La distribución de riqueza mineral en los fondos marinos del Planeta no se halla por igual en los fondos marinos. Acentúa su concentración en áreas cercanas a la costa, esto es, en un radio de tan solo cientos de millas náuticas fuera de la costa. En su mayoría estos ricos territorios se encuentran en la zona económica exclusiva (ZEE) de los países ribereños. Por otro lado las grandes praderas oceánicas en los fondos internacionales han sido declarados patrimonio de la humanidad, por lo que apropiarse de ellos no es fácil, pues se hallan protegidos por una autoridad superior de N.U. La estrecha faja de 12 millas náuticas o mar territorial por otro lado, es soberana en todo el Planeta. Así que solo les queda a los países poderosos echarle la mano a la ZEE en aquellos países cuya protección nacional es débil, como en el caso de muchos países latinoamericanos incluyendo Costa Rica. En particular la crisis de energía que se acentuará en el Mundo en pocos años, hará que los valiosos recursos del suelo y subsuelo sean garantía de desarrollo y bienestar para los pueblos que posean derechos sobre ellos. Por tal motivo la ZEE se convertirá en un área cada día más estratégica.
Diferentes regiones marinas. El mar territorial se extiende fundamentalmente hasta la plataforma continental (color celeste claro, pegada a la costa). Observe que para nuestro país esta región es pequeña. La Zona Económica Exclusiva, llega hasta 200 millas náuticas mar adentro. Se marca con líneas azules. Las aguas internacionales más allá del límite anterior. (los colores en el continente no indican nada especial)
2. El territorio en el TLC
Los Tratados Comerciales celebrados por Costa Rica en las últimas dos décadas abordan en su articulado sustantivo el tema de territorio. Sin embargo en este TLC por primera vez el concepto y ámbito territorial de las Partes y sus alcances no viene inserto dentro de este texto y no reproduce ni refiere el contenido de las normas constitucionales.
Por ejemplo el Tratado de Libre Comercio entre Costa Rica y Canadá: "…el territorio y el espacio aéreo y las áreas marítimas incluyendo el subsuelo y fondo marino adyacente al límite exterior del mar territorial, sobre el cual ejerce derechos soberanos de acuerdo con la legislación internacional y su derecho interno, con respecto a los recursos naturales de estas áreas…". Son los textos constitucionales los que definen alcances y contenidos del concepto territorio y no un simple anexo.
Los alcances y el concepto del territorio dentro del TLC es definido en un texto "Anexo", valga decir de tercer orden. En su contenido la definición no se ajusta en forma absoluta con los contenidos normativos de los artículos 5 y 6 de la Constitución Política, a los cuales tampoco refiere puntualmente. Por ello genera dudas su viabilidad en relación con el orden constitucional y su jerarquía, la cual contradice y modifica. Más conlleva una profunda inseguridad jurídica sobre el territorio y el ejercicio de la soberanía del Estado en su doble aspecto interno y externo, en aquellas relaciones que de dicho Tratado derivan.
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