Aprender, saber, poder Interpretación tradicional: aprender representa adquirir una descripción precisa del mundo para luego aplicar tal descripción. 1º obtenemos un conocimiento teórico y luego lo ponemos en práctica. Esta definición es ineficaz: dificulta la generación de nuevas competencias prácticas y la adquisición de habilidades que hagan una diferencia positiva en la satisfacción de las necesidades de la persona o de la organización. Eduardo Molina Quiroga 1
Saber tradicional El "saber" tradicional valora la abstracción teórica en detrimento de las acciones en "el mundo real". Al concentrarse en la "verdad" se olvida de la "efectividad". "Sabio" es quien tiene información, no quien tiene la capacidad para alcanzar sus objetivos. El "saber" tradicional no alienta la creatividad y la invención. En su afán por expresar descripciones exactas, presenta al conocimiento como un producto terminado que los estudiantes deben aceptar, en lugar de verlo como un proceso de incorporación en el cual los estudiantes necesariamente deben participar. Eduardo Molina Quiroga 2
Eduardo Molina Quiroga 3 La concepción tradicional del "saber" quita poder a los estudiantes. En vez de buscar el saber-cómo (poder), los estudiantes quedan atrapados en la búsqueda del saber-qué (información). Este es el modelo de aprendizaje tipo "archivo" o "banco de datos“, donde la mente del estudiante es un vacío que debe ser llenado con datos. El maestro, que es "quien sabe", realiza "colocaciones" en la mente de los estudiantes transfiriendo parte de su conocimiento y despreocupándose por la aplicabilidad del mismo en la vida de quien está aprendiendo…… Roles de maestros y estudiantes
Nuestra reglas Solo se aprende queriendo hacerlo Con nosotros no basta estudiar, es imprescindible entender. La enseñanza es insuficiente sino va acompañada del aprendizaje. Si se limitan a escuchar, difícilmente aprendan, aunque nosotros enseñemos. Depende de TODOS, que esta experiencia tenga éxito, pero aprender es pura ganancia para Uds. Eduardo Molina Quiroga 4
Eduardo Molina Quiroga 5 Cómo vamos a trabajar?
Los trabajos prácticos Realizar un relato de los hechos, enumerar las normas en juego y cómo se falló. a. HECHOS: se pide que cuenten brevemente y con sus palabras qué fue lo que pasó antes de que las partes acudieran a la justicia. Básicamente deben responder: ¿por qué una parte demanda a la otra? No interesa aquí qué prueba se ofreció, ni cómo se resolvió el conflicto. Se evaluará la claridad y brevedad en la redacción, en tanto se busca ver si comprendieron o no el fallo. Eduardo Molina Quiroga 6
Detectar normas b. NORMAS EN JUEGO: deberán identificar qué artículos de la Constitución Nacional, del Código Civil o del Código Procesal (dependiendo del caso) fueron importantes para dirimir el conflicto. NO es necesario su transcripción. NO cumple la consigna la simple enumeración de todos los artículos que aparecen en el fallo: se exige la identificación de aquellos que fueron relevantes y relativos a la materia estudiada. Eduardo Molina Quiroga 7
Análisis de sentencia c. DECISORIOS: se deberá indicar, instancia por instancia, cómo falló el tribunal en cuestión. Por ejemplo: “En 1ª instancia el juez hizo lugar a la demanda. En 2º Instancia se confirmó la sentencia de 1ª instancia. La Corte Suprema revocó tal pronunciamiento”. NO es necesario enumerar los fundamentos. . Eduardo Molina Quiroga 8
Las consignas del TP 2. La segunda parte implica dar respuesta a las consignas que, fallo por fallo, se especifican más abajo. Cada trabajo práctico NO podrá extenderse por más de dos carillas (con excepción del relativo al fallo “Verardo c/ YPF”), el supuesto contrario se traducirá en una disminución en la calificación del mismo Eduardo Molina Quiroga 9
Entrega de los TPs. La entrega deberá efectuarse el día pautado, ya sea en soporte papel o bien a la casilla de [email protected]. Las correcciones las efectuará el tutor a cargo del alumno. En caso de enviarlos vía e-mail, en el asunto del mismo deberá indicarse el nombre del tutor, de lo contrario no será corregido. De optarse por la entrega en soporte papel, deberá también indicarse quién es el tutor a cargo. Eduardo Molina Quiroga 10
Valor de los TPs. Todos los trabajos tendrán calificación numérica. (1 a 10) Esta nota SE PROMEDIARÁ con la obtenida en los parciales. La entrega de los TP es condición de regularidad. NO SE PUEDE RENDIR EL PARCIAL SIN HABER CUMPLIDO CON LA ENTREGA DE LOS TPs Eduardo Molina Quiroga 11
Eduardo Molina Quiroga 12 De qué trata la materia DERECHOS REALES? Vamos a hablar de los derechos de las monarquías? O de los derechos que existen (vs. Los derechos virtuales)? Sabemos qué ley o leyes los regulan? Hagamos un ejercicio: Cada uno/a de Uds. Debe decir la primera palabra que les parezca tiene relación con “derechos reales? (y las anotaremos en la pizarra)
Patrimonio conjunto de derechos y obligaciones de una persona (2312: “conjunto de los bienes”) Derechos (bienes) podemos clasificarlos según: Oponibilidad Absolutos (oponibles a todo el mundo): derechos reales Relativos (sólo vinculan a las partes): derechos personales Contenido Patrimonial : Derechos reales y personales Extrapatrimonial: Derechos personalísimos (nota 2312) Eduardo Molina Quiroga 13
Elementos ds.reales los derechos reales están integrados por 2 elementos cosas (objetos materiales susceptibles apreciación económica) Posesión (relación de hecho con una cosa, como si fuera el dueño) 2351 Eduardo Molina Quiroga 14
Objeto Los derechos patrimoniales se pueden distinguir por su Objeto Derechos reales: Cosas Derechos personales: Hechos (conducta) Eduardo Molina Quiroga 15
Cosas (objeto ds. reales) Deben ser (2311) Objetos materiales estar en el comercio (2336/2337) particulares (vs. universalidad) Integra Determinada y actual (vs. Incierta y futura) Eduardo Molina Quiroga 16
Las cosas pueden clasificarse Según su posibilidad de sustitución Fungibles o no fungibles (2324) Según su resistencia al uso Consumibles o no consumibles (2325) Eduardo Molina Quiroga 17
Clasificación cosas Posibilidad división: Divisibles o indivisibles (2326) Relación con otras cosas: Principales (2327) o accesorias (2328/2332) Posibilidad de ser enajenadas: Dentro o fuera del comercio Desplazamiento o movilidad (2314): Muebles (2318/2319) o inmuebles (2313) Por naturaleza (2314)/ Por accesión (2315/2316)/ Por representación (2317) Eduardo Molina Quiroga 18
Diferencias ds.reales/pers. Eduardo Molina Quiroga 19
Conclusiones Los derechos reales integran el patrimonio de una persona. Se manifiestan en una relación directa del titular con la cosa Sólo pueden ser creados por ley Se ejercen (la mayoría) por la posesión Pueden ser sobre cosa propia o cosa ajena Eduardo Molina Quiroga 20