Esquema de la tentativa

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Resúmen

El siguiente es un trabajo sencillo que está destinado sobre todo a los estudiantes, regulares o libres, de la asignatura Derecho Penal -Parte General-; a los fines de aportar nuestro pequeño grano de arena que les permita afrontar en los exámenes esa “compleja bolilla” que es nada más y nada menos que la que comprende a la tentativa. Estructuramos este escrito con un breve desarrollo histórico de la institución el cual, dicho sea de paso, no pretende abarcar en lo absoluto el devenir de la tentativa, puesto que se saltean en el mismo muchas etapas del desarrollo de su teoría, hasta llegar a la redacción actual del art. 42 C.P. . Considero que es útil, para entender una institución el saber de donde viene y como fue que llegó a nuestras manos. La exposición histórica es, por así decirlo, como la biografía de un instituto, que ayuda a “comprender” el mismo en el real sentido de la palabra y, como tal no puede ser obviada en ningún caso. Seguidamente, abordaremos el concepto del instituto, apartado en el cual se citan distintas definiciones que aportan diversos enfoques de la tentativa que, unidas entre sí, nos permite adquirir el “principio general” del cual deriva toda la teoría de la institución. El concepto de la tentativa, más que la definición en sí misma, oficia como una verdadera hoja de ruta que, en muchos casos, nos permitirá no sólo conocer, sino también anticipar, por así decirlo, las respuestas que propone la doctrina a los intricados problemas que plantea esta milenaria construcción jurídica. Una vez clarificado el concepto, podremos entrar en la etapa del “iter criminis” a los fines de ubicar temporal y metodológicamente a la tentativa, individualizando en modo específico el segmento de tiempo que la constituye. La definición de “iter criminis” o su conceptualización y la ubicación de la tentativa dentro del mismo suele ser frecuente pregunta de examen por parte de los profesores. Posteriormente ingresaremos en una de las partes más difíciles, que es donde se presentan los mayores problemas -no sólo para los alumnos en los exámenes, sino que también para los profesionales, jueces y juristas- que son los llamados “elementos constitutivos de la tentativa”. Al tratar este punto se verá que hago más hincapié en la exposición de las elaboraciones doctrinarias principales respecto al “comienzo” de la tentativa criminal. Me extiendo un poco más en este punto porque estoy convencido de su naturaleza medular, el cual, una vez comprendido, permitirá entender en modo más acabado los fundamentos de su castigo. Fundamento de la punibilidad de la tentativa y comienzo de ejecución del delito son dos puntos que interactúan en modo recíproco, con esto quiero decir que, de acuerdo a cual sea para un autor el fundamento del castigo de la tentativa, el comienzo de ejecución estará señalado en un momento determinado y, de acuerdo a cuando considere este autor que tiene origen la conducta punible a título de intento criminal, se podrá comprender cuales serán las bases que éste señale como justificadoras del castigo del mismo. (En formato PDF)

 

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Enviado por Diego Alejandro Peretti Ávila

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