- Tipos de herederos
- Tipos o clases de sucesión
- Elementos de la sucesión
- Causas para excluir de la herencia a los herederos forzosos
- Petición de herencia
- Casos del sujeto pasivo en esta acción
- Características del testamento
- Capacidad
- Testamento en escritura pública (abierto)
- Testamento cerrado
- Testamento ológrafo
- Testamento militar
- Testamento marítimo
La sucesión es la transmisión de los bienes, derechos y obligaciones, que constituye la herencia, los cuales son heredados a los sucesores desde el momento de la muerte de una persona (a. 660).
Inter Vivos: es la transmisión patrimonial que se transmite en vida, Ej. Compra venta, permuta, etc.
Mortis Causa: relación muerte causante, que implica la transmisión de la masa hereditaria a los herederos.
TIPOS DE HEREDEROS
Herederos forzosos: son aquellos que necesariamente tienen que estar incluidos en la herencia, Ej. Hijos (por parentesco consanguíneo), cónyuge (por parentesco de afinidad).
Herederos voluntarios: son aquellos que no siempre están incluidos en la herencia, ya que es facultad del testador, hacerlos sus herederos, Ej. Hermanos, tíos, primos, sobrinos.
Legatarios: son las personas nombradas por el causante o testador para la administración de la masa hereditaria.
TIPOS O CLASES DE SUCESIÓN
Sucesión testamentaria: solo se puede dar por vía notarial.
Sucesión intestada: puede ser en vía notarial o judicial (el proceso para estas sucesiones es seguido por vía no contenciosa).
ELEMENTOS DE LA SUCESIÓN
Elementos necesarios: son.-
* Causante: es la persona fallecida es importante por que sin ella no hay transmisión sucesoria.
Elementos Personales: son los sucesores o herederos, que puede ser los llamados por ley (herederos forzosos), o aquellos que el causante ha designado antes de su muerte, a estos herederos se llama causas habientes, Ej. Hijos alimentista y conviviente.
Elementos reales: son aquellos que comprenden a los herederos y legatarios.
Elementos formales: están constituidos por.-
* La apertura de la sucesión.
* La vocación del sucesor.
* Aceptación por parte de los herederos.
Página siguiente |