Aplicación de las sanciones contenidas en la ley 136-03 en los casos de delincuencia juvenil (página 2)
Enviado por Ing.Licdo. Yunior Andrés Castillo Silverio
UNIVERSO O POBLACIÓN La Jueza de Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes de La Vega Abogados en ejercicio Muestra = 1 Muestra = 145
TÉCNICAS E INSTRUMENTOS DE RECOLECCIÓN DE DATOS En este estudio las técnicas que se utilizaron fueron la encuesta y la entrevista, las cuales buscan conocer los fenómenos estudiados a través de la aplicación de un cuestionario en forma escrita.
PRINCIPALES DATOS OBTENIDOS DE LOS CUESTIONARIOS APLICADOS
Tabla No. 6 Se ejecuta correctamente el procedimiento establecido en los casos de violación a la ley 136-03 El 68% de los encuestados asegura que siempre se ejecuta correctamente el procedimiento establecido en los casos de violación a la ley 136-03 y el 32% asegura que a veces.
Tabla No. 7 Casos de infracción a la ley 136-03 que han sido más comunes en el Tribunal de niños, niñas y adolescentes durante el período objeto de estudio El 45% de los encuestados asegura que el Robo es la infracción más común en el Tribunal de niños, niñas y adolescentes durante el período objeto de estudio, el 23% dice que son los golpes y heridas, el 17% asegura que es el homicidio, el 8% dice que es la violación de propiedad y el 7% que es las amenazas
Tabla No. 8 Sanciones que con mayor frecuencia se imponen a los menores que infringen la ley 136-03 en la jurisdicción de La Vega El 71% de los encuestados asegura que la presentación periódica como medida cautelar es la sanción que con mayor frecuencia se imponen a los menores que infringen la ley 136-03 en la Jurisdicción de La Vega, 17% asegura que es prisión y multa a la vez, mientras que el 12% dice que fue las multas.
Tabla No. 10 Hechos cometidos por los menores con mayores índices de reincidencias El 100% de los encuestados asegura que el robo es el hecho con mayores índices de reincidencias.
CONCLUSIONES
Con relación al objetivo específico no. 1: Verificar el tratamiento jurídico dado por el Tribunal de niños, niñas y adolescentes de la jurisdicción de La Vega a los casos de violación a la ley136-03 por parte de los menores, se concluye lo siguiente:
Según el resultado de la investigación, y de acuerdo con la opinión del Jueza y al 80% de los abogados encuestados, una vez recibida debidamente la querella, comienza una fase de investigación a fondo, de acuerdo al caso presentado, dicho proceso comprende: análisis a fondo del caso, deposito de la instancia correspondiente, pruebas correspondientes y citación de las partes actuantes.
Concluido esta fase, se comparece ante el tribunal, el cual de acuerdo a las investigaciones y las pruebas, procede a la aplicación de las penas y sanciones de acuerdo con cada caso o a desestimar el caso.
En este sentido se puede apreciar que se cumple con lo establecido en la ley 136-03, ya que la misma partir establece una serie de sanciones, de acuerdo al tipo de delito cometido. Así mismo, la mayoría de abogado, 68%, afirman que siempre se ejecuta correctamente el procedimiento establecido en los casos de violación a la ley 136-03.
Con relación al objetivo específico no. 2: Determinar los casos de infracción a la ley 136-03 que han sido más comunes en el Tribunal de niños, niñas y adolescentes durante el período objeto de estudio, se concluye lo siguiente:
Según la opinión de la Jueza, el robo es el caso de infracción a la ley 136-03 más comente presentante por ante el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de la Vega.
En este sentido, el 45% de los encuestados asegura que el Robo es la infracción más común entre los menores envueltos en casos presentados en el Tribunal de niños, niñas y adolescentes, de su lado el 23% de los abogados dice que son los golpes y heridas, el 17% asegura que es el homicidio, el 8% dice que es la violación de propiedad y el 7% que es las amenazas.
Con relación al objetivo específico no. 3. Comprobar las sanciones que con mayor frecuencia se imponen a los menores que infringen la ley 136-03 en la jurisdicción de La Vega, se concluye lo siguiente:
Según la opinión de la jueza y el 71% de los abogados encuestados, una de las sanciones que con mayor frecuencia se imponen a los menores que infringen la ley es la presentación periódica como medida cautelar. Además, los abogados encuestados expresaron en este sentido, que la finalidad de la sanción es la educación, rehabilitación e inserción social de las personas adolescentes en conflicto con la ley penal, y es deber del juez encargado de la ejecución de la sanción velar porque el cumplimiento de toda sanción satisfaga dicha finalidad.
Con relación al objetivo específico no. 4: Determinar el nivel de reincidencia de los adolescentes en conflicto con la ley penal que han sido sancionados en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes, se concluye lo siguiente:
Según el resultado de la investigación, tanto la Jueza como el 100% de los abogados encuestados coinciden en que es alto nivel de reincidencia de los adolescentes en conflicto con la ley penal que han sido sancionados en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes. Así mismo, tanto la Jueza como el 100% de los abogados consideran que el caso que mayor índices de reincidencia presentan son los de robo.
Con relación al objetivo específico no. 5: Verificar el nivel de correspondencia de las decisiones tomadas en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes con lo establecido en la ley 136-03 en los procesos seguidos en contra de menores en conflicto con la ley penal en el período de estudio, se concluye lo siguiente:
Según los resultados de la investigación, en cuanto al nivel de correspondencia de las decisiones tomadas en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes con lo establecido en la ley 136-03 en los procesos seguidos en contra de menores en conflicto con la ley penal en el período de estudio, la Jueza considera que es alto, ya que en todo momento el tribunal actúa según lo establecido.
En este sentido, el 72% de los abogados encuestados establecen que siempre existe relación entre las decisiones tomadas en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes con lo establecido en la ley 136-03. Así mismo, el 68% de los encuestados asegura que existe coherencia entre las decisiones tomadas en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes con lo establecido en la ley 136-03. El 78% de los encuestados asegura que es suficiente la equivalencia entre las decisiones tomadas en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes con lo establecido en la ley 136-03.
Con relación al objetivo general: Determinar el nivel de aplicación de las sanciones contenidas en la ley 136-03 en los casos de delincuencia juvenil presentados en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial se concluye lo siguiente:
Según los datos arrojados por la investigación y las consideraciones de los encuestados, existe un alto nivel en cuanto a la aplicación de la Ley 136-03 en los casos de delincuencia juvenil presentados en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial.
Esta afirmación se fundamenta en la percepción que tienen los abogados acerca de la actuación d Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial, cuya percepción es positiva, ya que los mismos consideran que: existe relación entre las decisiones tomadas en el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes con lo establecido en la ley 136-03, existe coherencia entre las decisiones tomadas en dicho Tribunal con lo establecido en la ley, y existe equivalencia entre las decisiones tomadas en el Tribunal con lo establecido en el texto legal.
RECOMENDACIONES
A las Instituciones encargadas de legislar a favor de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Judicial de La Vega, se le recomienda implementar planes de estratégicos de prevención y educación a la población, a fin de reducir las crecientes cifras de casos de violación a la ley 136-03 y los niveles de reincidencias en delitos que se registran en la provincia de la Vega. Dentro de dichos planes deben involucrase a las diferentes instituciones sociales, ya que es un problema que afecta gravemente a la sociedad.
A las Autoridades Municipales e Instituciones Educativas, se les recomienda diseñar y/o ejecutar planes de formación para adolescentes, con el fin de crear conciencia en la población acerca de la problemática planteada y buscar todos juntos soluciones efectivas al problema.
Se recomienda la creación de centros especiales para rehabilitación de menores dotada de personal entrenados y con las medidas de seguridad adecuadas.
A los legisladores, hacer un análisis y revisión profunda del actual código del menor a fin de que se puedan integrar y modificar los artículos necesarios para aplicar las penas y que las mismas surtan el efecto deseado.
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