Descargar

El abandono definitivo del territorio nacional como causa de incapacidad en el Derecho hereditario cubano


Partes: 1, 2

    1. Resumen
    2. Introducción
    3. Conclusiones
    4. Bibliografía

    RESUMEN

    En el presente trabajo pretendo desarrollar características generales, tipos y capacidad requerida a tener en cuenta en la sucesión intestada.

    Tiene como problema fundamental determinar si es acertado conforme a los principios del Derecho hereditario implantar el abandono del país como causa de incapacidad para heredar, utilizando para ello  el método de revisión, análisis lógico referativo, histórico y exegético.

    Consta de un Capítulo como desarrollo del trabajo, Conclusiones y bibliografía.

    INTRODUCCIÓN

    La sucesión hereditaria es una vía para canalizar las relaciones patrimoniales y no patrimoniales que quedan sin titular al devenir el fallecimiento de quienes hasta entonces eran sus regentes, encontrando su fundamento en la existencia de las relaciones familiares y la propiedad personal las que condicionan su razón de ser. Influye activamente en la vida jurídica y económica, existiendo su círculo de acción a las relaciones entre particulares, el Estado y el elemento extranjero.

    La sucesión hereditaria pude ser, desde el punto de vista de su eficacia: Mortis causa, o inter vivos. En esta intervienen como sujetos de la relación el causante (testador), el causahabiente, y/o legatario.

    La apertura de la sucesión es consecuencia inevitable del acontecimiento muerte, probado con la certificación de defunción expedida por el Registro del Estado Civil que corresponda o la certificación de la resolución judicial que declara la presunción de muerte, dictada en proceso ordinario ante Tribunal Municipal Popular.

    La capacidad para suceder es un término que se define por exclusión en el Código Civil. Toda persona es apta para adquirir las relaciones jurídicas transmisibles mortis causa, salvo que se encuentre incursa en alguna de las incapacidades establecidas ex lege, que constituyen prohibiciones restrictivas de la capacidad de iure (artículos 469, 470 y 480.2 del Código Civil).

    Es por ello que el problema que aborda esta investigación se refiere a si es acertado conforme a los principios del Derecho hereditario implantar que el abandono del país como causa de incapacidad para heredar

    El objetivo general del trabajo consiste realizar un estudio del derecho hereditario y la regulación en el ordenamiento legal cubano.

    El método utilizado es de revisión y análisis de documentos, análisis lógico referativo, histórico y exegético.

    Partes: 1, 2
    Página siguiente