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Manual de funciones – CNSC (Colombia)


Partes: 1, 2

    1. ¿Cual es la evolución de la actual CNSC?
    2. ¿Cual es la función del decreto 2539 de 2005 y términos de la organización burocrática? ¿Que elementos mantiene?
    3. ¿Para que sirve la nomenclatura de empleos y que información debe contener?
    4. Diferencia existe entre la definición de las funciones esenciales del empleo y las contribuciones individuales
    5. Competencias del nivel directivo que debe tener un funcionario público. Defina la competencia y las conductas asociadas a esta y de un ejemplo de cargo público a la cual se aplica.
    6. Competencias que debe tener un administrador público
    7. Diferencias existen entre cargos del nivel directivo y a nivel asesor ¿que competencias los diferencian?
    8. ¿Bajo que condiciones en el estado colombiano se consideran las equivalencias entre estudios y experiencia para proveer cargos?

    ¿CUAL ES LA EVOLUCION DE LA ACTUAL CNSC?

    La primera norma de la carrera administrativa en el país se dio en 1938, desde entonces ha sido constante la conformación de un órgano colegiado encargado de la dirección y vigilancia de este subsistema de administración de personal. Primero fue el Consejo Nacional de Administración y DisciplinaLey 165 de 1938; luego la Comisión de Reclutamiento, Ascensos y Disciplina – Ley 19 de 1958; la Comisión Nacional del Servicio Civil – Decreto 1679 y 1732 de 1960 y el Consejo Superior del Servicio Civil – Decreto 728 de 1968, hasta su incorporación como Comisión Nacional del Servicio Civil en el texto constitucional en 1991. En la actualidad, según lo dispone el artículo 130 superior, la Comisión es la responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tenga carácter especial.

    Las atribuciones genéricas en materia de administración versan sobre la selección de candidatos para la provisión de los empleos de carrera, el sistema de información de carera y la fijación de los parámetros para la evaluación del desempeño laboral de los empleados de carrera. Por su parte, la vigilancia comprende la verificación y control de la gestión de los procesos de selección, los cuales se adelantarán por la CNSC a través de universidades e instituciones de educación superior; la atención de quejas y reclamaciones por violación o inaplicación de normas de carrera y propender por la correcta aplicación de los procedimientos para la evaluación del desempeño. La Comisión es, en últimas, la garante del mérito en el empleo público.

    La Ley 909 otorgó al Gobierno Nacional facultades extraordinarias en varias materias relacionadas con el empleo público y la carrera administrativa, las cuales fueron desarrolladas por los decretos 760, 765, 770, 775, 780, 785 y 790 de 2005. Esas disposiciones, junto con sus decretos reglamentarios 1227 y 1228 de 2005, conforman el actual conjunto regulatorio del sistema general de carrera administrativa en el país.

    ¿CUAL ES LA FUNCION DEL DECRETO 2539 DE 2005 Y TERMINOS DE LA ORGANIZACIÓN BUROCRATICA? ¿QUE ELEMENTOS MANTIENE?

    El Decreto 2539/05 establece las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos de las entidades, comunes a los empleados públicos y las generales de los distintos niveles jerárquicos Teniendo en cuenta la definición de competencias. competencias laborales que son definidas como la capacidad de una persona para desempeñar, en diferentes contextos y con base en los requerimientos de calidad y resultados esperados en el sector público, las funciones inherentes a un empleo; capacidad que está determinada por los conocimientos, destrezas, habilidades, valores, actitudes y aptitudes que debe poseer y demostrar el empleado público. Igualmente partiendo de las competencias laborales se determinarán con base en el contenido funcional de un empleo, e incluirán los siguientes aspectos:

    • Requisitos de estudio y experiencia del empleo,

    • Las competencias funcionales del empleo.

    • Las competencias comportamentales.

    Para la aplicación del Decreto se debe tener en cuenta el contenido funcional del empleo. Con el objeto de identificar las responsabilidades y competencias exigidas al titular de un empleo, deberá describirse el contenido funcional de este, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:

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