Algunos apuntes sobre declaraciones previas al nuevo sistema procesal penal
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Resúmen
Se dice que una declaración es “… la manifestación que se hace para comunicar un hecho o para establecer la verdad de alguna cosa o de algún suceso, discutido o no discutido…” Por consiguiente entiéndase como declaración previa, la manifestación brindada ante un funcionario fiscal o policial, realizada por una persona que conoce de algún hecho, directa o indirectamente, y que es de interés para los fines de una determinada investigación, acto que es dirigido por el Representante del Ministerio Publico. (En formato PDF)
Enviado por MAXIMO OSCAR CABRERA CABRERA
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