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Educación vial

Enviado por DIANA SHEEN URIOL


Partes: 1, 2

  1. Concepto
  2. Cómo debe estar la educación vial
  3. Autoridades de tránsito
  4. Las vías
  5. Dispositivos de control de tránsito
  6. Semáforos
  7. De los vehículos
  8. Usuarios de las vías públicas
  9. Accidentes de tránsito
  10. Educación vial en Contumazá
  11. Soluciones posibles a los problemas propuestos
  12. Conclusiones
  13. Recomendaciones
  14. Bibliografía

Concepto

Educación vial es el conjunto de acciones encaminadas a enseñar el buen uso y conservación de los caminos terrestres, marítimas y aéreas por donde se circula o se transita.

Objetivos:

  • Lograr seguridad en el tránsito y la disminución de daños a personas y bienes.

  • Dar fluidez al tránsito, teniendo la óptima utilización de las vías públicas.

  • Educar y capacitar a los usuarios para el uso correcto de las vías de uso público.

  • Preservar el patrimonio vial y el parque automotor.

  • Disminuir la contaminación del medio ambiente por los vehículos auto motorizados.

Cómo debe estar la educación vial

Debe ser mas actualizado y de acuerdo al crecimiento del parque automotor, debe orientar a las personas desde las escuelas de lo que significa educación vial y cual es la importancia, enseñar cuales son y que significan los diversos dispositivos de señalización, así como respetar los reglamentos vigentes de tránsito y la vida humana.

Debe existir también, paralelamente un control mucho más estricto por parte de las autoridades respectivas, la educación vial debe buscar lograr la seguridad en el tránsito y así disminuir los daños a personas y bienes materiales, dar fluidez teniendo óptimas condiciones las vías especialmente públicas, preservar el patrimonio vial y el parque automotor, educar y capacitar al usuario para el uso correcto de la vía pública y otros, así como difundir la contaminación del medio ambiente por los vehículos motorizados.

Autoridades de tránsito

Es el órgano rector, a nivel Nacional, en material de utilización y señalización de las vías terrestres, correspondiéndoles, igualmente, observar las consultas que se someta el gobierno y presentar las iniciativas que juzgue conveniente.

  • Las Municipalidades Provinciales:

Regulan el tránsito en sus respectivas jurisdicciones, de acuerdo con sus propias características y necesidades, ciñéndolos a las disposiciones contenidas en este código, a sus reglamentos y la normatividad de orden general que dicte la autoridad correspondiente, así mismo absolverá las consultas que sean sometidas y le presentarán las iniciativas que juzguen convenientes sobre los asuntos de su competencia.

  • La Policía de Tránsito:

Ejerce las funciones de control, dirigiendo y vigilando el normal desarrollo del tránsito de las vías públicas. De igual manera denunciará ante las autoridades que correspondan las infracciones previstas en el código y accidentes que se suceda.

Las vías

  • Definición:

La vía es la superficie sobre la cual se desplazan los peatones y excepcionalmente los animales los que propician problemas en la conducción de los vehículos.

  • Tipos de vías:

  • a. Vía pública:

Es de propiedad del estado para el uso público sin limitaciones sobre el tránsito.

  • b. Vía privada:

Son de propiedad privada, estando sometidas a normas dictadas por su propietario, exclusivamente para el tránsito.

  • Clases de vías:

  • a. Autopista:

Se conoce la vía que tiene características de expresa, es decir sin interrupción ya sea física o de regulación vehicular.

  • b. Avenida:

Es la vía con varios canales de circulación y con uno o dos sentidos de transito.

  • c. Jirón:

Vía que abarca varias calles, sin llegar a constituir una venida.

  • d. Pasaje:

Vía angosta de una cuadra que puede ser exclusivo para peatones y en algunos casos de vehículos.

  • e. Alamedas:

Son jardines públicos recreativos colindantes por vías que pueden llevar o no su nombre.

  • f. Malecón:

Vía que bordea una muralla o terraplén, generalmente para defensa de las aguas.

  • g. Carretera:

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