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Educación Cooperativa


Partes: 1, 2

    1. Teoría y práctica
    2. Metodologías posibles de implementación
    3. Conclusiones
    4. Propuestas

    I

    Teoría y práctica

    Como dijera don Miguel de Unamuno, el sistema educativo, la universidad o la educación cooperativa en nuestro caso, +

    si no son útiles y beneficiosas a la sociedad, no son nada.

    La Educación Cooperativa consiste básicamente en la adquisición del hábito, de la pericia y la pertinacia de pensar, ver, juzgar, actuar, proyectar y evaluar de acuerdo y conforme con los principios cooperativos y su marco axiológico.

    La nueva Ley de Educación 26.206 ha dispuesto en su artículo 90 que el Estado promoverá la incorporación de los valores y principios del cooperativismo en los programas de enseñanza aprendizaje y la capacitación docente correspondiente promoviendo además el cooperativismo escolar.

    Es regla de oro y principio básico de la cooperación y del movimiento cooperativo, La Educación: la educación en general y la educación cooperativa de modo particular.

    Cuando éstas, una y otra, se proponen y debaten desde la Atalaya de eventos como el presente Congreso, las mismas se multiplican trascendentemente en sus efectos, hasta potenciar al máximo aquello que ya fue, es y será principio básico y regla de oro, la educación cooperativa, para los 28 pioneros de Rochdale, en 1844.

    Tratemos este Congreso como una Misión mancomunada para estimular, promover, desarrollar y proyectar duraderamente el ethos cultural del sector cooperativo argentino y del Mercosur a partir de su propia resiliencia e implementando todas las tensegridades inclusivas posibles para aliviar y promover el desarrollo humano de todo el tejido social con dignidad, ética y equidad ..!!!!

    Este encuentro multiplica nuestras posibilidades, despierta, amplía, renueva y dispara nuestros conocimientos, alentando y reconfortando el espíritu y los principios cooperativos, principios que sin dudas, en algunos de sus rasgos deberán integrarse y adaptarse proactiva y eficientemente en este contexto de globalización con sus nuevos escenarios, con sus nuevas realidades y exigencias conservando la institucionalidad cooperativa y su pensamiento propio.

    Por cierto, la tarea propuesta no parece fácil. Es verdad y reconozco que abordarla responsable e integralmente requiere de vuestros espíritus altruistas e inquietudes cooperativas a prueba de fracasos.

    La educación nos revela nuestras posibilidades y nuestros limites!!

    Hace 123 años la Ley 1.420 estableció la educación cooperativa para todos los institutos y establecimientos de enseñanza, docencia de todos los niveles de la pirámide educativa argentina.

    Hace 81 años la única Ley "democrática" para la regulación cooperativa que tuvo y tiene Argentina -Ley Nº 11.388- implementó obligatoria e imperativamente otro tato hacia el interior de cada cooperativa argentina.

    Hace 70 años la ACI establecía la educación cooperativa como principio liminar, regla de oro y puente de platino con las consecuentes recomendaciones para todos los actores involucrados …en miras a desarrollar, transformar y expandir la opción cooperativa, singularmente, para la promoción e inclusión de los mas necesitados de la tierra

    Hace 40 años, la Ley 16. 583 …estableció como obligatoria la enseñanza del cooperativismo y el mutualismo en todos los establecimientos educativos argentinos.

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