Protección legal del software: tutela jurídica en Cuba

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Resúmen

La protección jurídica de los programas de computación y las bases de datos es un hecho en el ordenamiento jurídico cubano. La norma especial para la protección de estos productos tecnológicos, ofrece la visión del carácter tuitivo que ofrece esta norma en nuestro país y las prerrogativas de protección referente a normas que la complementan.

Es maravilloso el hecho de que a cada momento podamos enterarnos de un nuevo avance tecnológico que nos acerca, cada día a poder alcanzar lo que hasta ayer podíamos haber concebido como un imposible. Los avances de la teleinformática desde mediados del siglo pasado fueron, significativamente, relevantes y han marcado pautas de conducta universal que condicionan nuevas concepciones a nivel global, ofreciendo una clara visión de los derroteros a seguir en el comienzo de este milenio.

Sin embargo lo que es, significativamente, alentador para el avance vertiginoso de ramas de la ciencia, como la informática y las telecomunicaciones, en ocasiones, es tremendamente traumático para ramas como el Derecho, pues cada triunfo tecnológico, lleva consigo nuevos desafíos para la ciencia jurídica a la que se le ha hecho imposible, poder regular, en ocasiones, las nuevas relaciones devenidas de la sociedad de la información, con las clásicas instituciones del Derecho.

El proceso de digitalización que se diversificó con la aparición de la Sociedad de la Información, entrañó la aparición de una nueva categoría de obras que se debían insertar, de una forma u otra, en las concepciones de los Derechos de Propiedad Intelectual, pues aparecían bienes intangibles con una naturaleza diferente a los ya conocidos por los autoralistas: Se vislumbró como de las marcas aparecían los nombres de dominio; como aparecían los productos multimedia, los circuitos integrados, las bases de datos electrónicas y los programas de computación de los cuales pretendemos realizar un pequeño análisis en este trabajo.

 

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Enviado por Edel Bencomo Yarine

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